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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (17/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de noviembre de 2007 357777 el recibo N° 0003330165, pagado en la Subgerencia de Tesorería de esta Corporación Municipal. Que, mediante Resolución de Subgerencia de Planifi cación Urbana y Catastro N°0130 de fecha 11 de Agosto de 2006, se otorga la Visación del Plano Perimétrico signado con el N° 083-2006-SGPUC-GDU/MDA y Memoria Descriptiva para fi nes notariales seguido por don Luis Aquise Valenzuela, correspondiente al terreno de 4,615.29 m2 ubicado frente a la altura Km. 15.500 de la Av. Nicolás Ayllón (Carretera Central ) s/n, constituido por la Parcela N°10573 del Predio rústico La Gloria Alta, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Que, mediante Informe Legal N°3351-2005-GAJ/MDA de fecha 29 de Diciembre de 2005, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el cual señala que para estos casos, se deberá presentar una Declaración Jurada suscrita por el profesional responsable y los intervinientes en el procedimiento, mediante el cual se haga presente que las medidas perimétricas y linderos del terreno correspondiente tomadas en campo coinciden con las medidas contenidas en los planos y memorias descriptivas presentados, responsabilizándose además por posibles observaciones que puedan ser formuladas por la Superintendecia Nacional de los Registro Públicos (SUNARP) en futuro en virtud de la inscripción registral en el registro predial. Que, mediante Ofi cio N° 054-2004/MML/IMP el Instituto Metropolitano de Planifi cación recomienda que en el proceso de diseño de Habilitación Urbana o Expediente de Ingeniería del sector se debe proponer un diseño en transición de 30.00m. a 22.00 m. con las consideraciones descritas de mantener los carriles de circulación vehicular y peatonal, asimismo el ancho de la vía donde se ubica el predio en cuestión podrá comenzar en 22.00 m. y progresivamente llegar a los 30.00 m. normativos; cumpliéndose en el presente proyecto con las recomendaciones de la mencionada institución. Que, en el Artículo sétimo de la Ordenanza N°341- MML, se establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, el mantenimiento, rehabilitación, remodelación, señalización horizontal, vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del sistema vial metropolitano, de los intercambios viales y de todas las vías del Cercado de Lima. Que, mediante el Informe Técnico Nº 244-2007-AHU- SGPUC-GDU/MDA de fecha 26 de Junio de 2007, se concluye que el presente trámite es Procedente; indicando asimismo que el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos y cancelar los derechos administrativos estipulados por el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente. Que, con el visto bueno de la Subgerencia de Planifi cación Urbana y Catastro, y; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, Decreto De Alcaldía N° 079/MDA, Ordenanza N° 836-MML y por el Reglamento Nacional de Construcciones. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el N° 024-2007-SGPUC-GDU/MDA la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada denominada Lotización Residencial “San Luis de Gloria Alta I ”; para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” y Comercio Especializado “CE”, del terreno de 4, 615.29 m2 constituido por la Parcela N° 10573 del Predio Rústico Gloria Alta, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a don LUIS AQUISE VALENZUELA para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución las obras faltantes de Habilitación Urbana teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: DISEÑO Área Bruta Total 4, 615.29 m2Área Bruta “R-4” 4, 389.04 m2Área Bruta “C-E” 226.25 m2Área Útil Total 3, 166.79 m2- Vivienda 3, 012.28 m2- Comercio 154.51 m2Área de Vías 1, 448.50 m2AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO:Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el proyecto aprobado de SEDAPAL; debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos por dicha empresa; comunicándole a SEDAPAL sobre la fecha de inicio y término de las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primarias y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. TELEFONÍA: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones Telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que la ejecución de las vías Metropolitanas califi cadas como colectoras y arterial que circundan el terreno en cuestión será de exclusiva responsabilidad de la Municipalidad Metropolitana de Lima de conformidad con el artículo sétimo de la Ordenanza N° 341-MML. Artículo Cuarto.- DISPONER, que los lotes 15, 16 y 17 de la manzana “A” queden en garantía de pago en efectivo del défi cit de los aportes del Ministerio de Educación con 87.78 m2; Renovación Urbana con 6.79 m2 y 43.89 m2; Parques Zonales con 11.31 m2 y 87.78 m2 respectivamente; los mismos que deberán ser cancelados antes de la ejecución total de las obras de habilitación urbana. Artículo Quinto.- DISPONER que las obras de canalización de la acequia de regadío, se ejecutarán de conformidad con la Resolución Administrativa que apruebe el Ministerio de Agricultura, previo a la culminación total de las Obras de la Habilitación Urbana. Artículo Sexto.- DISPONER que la inscripción en los Registros Públicos de la presente resolución, procederá cuando el propietario de la Habilitación Urbana que se aprueba, consigne previamente la inscripción del plano y memoria descriptiva visadas mediante Resolución de Sub Gerencia N° 130 de fecha 11 de agosto de 2006 otorgada por la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro de la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo Séptimo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano en el plazo de treinta (30) días contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Octavo.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia; a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de la Inscripción, al Ministerio de Educación, al Serpar-Lima, a Emilima, a la Sub Gerencia de Fiscalización de esta Corporación Municipal y a los interesados para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIO FERNANDO CASTRO VASQUEZ Gerente de Desarrollo Urbano 132484-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Modifican Acuerdos de Concejo relativos a la aprobación y rectificación del Presupuesto Institucional de Apertura 2007 y aprueban porcentajes de distribución del FONCOMUN para Gastos Corrientes y de Inversiones ACUERDO DE CONCEJO Nº 309-2007/MDB Breña, 10 de setiembre del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA