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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de noviembre de 2007 357776 sistema vial metropolitano, de los intercambios viales y de todas las vías del Cercado de Lima. Que, mediante el Informe Técnico Nº 247-2007-AHU- SGPUC-GDU/MDA de fecha 26 de Junio de 2007, se concluye que el presente trámite es Procedente; indicando asimismo que el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos y cancelar los derechos administrativos estipulados por el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente. Que, con el visto bueno de la Subgerencia de Planifi cación Urbana y Catastro, y; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del artículo 79° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, Decreto de Alcaldía N° 079/MDA, Ordenanza N° 836-MML y por el Reglamento Nacional de Edifi caciones. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el N° 025-2007-SGPUC-GDU/MDA la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada denominada Lotización Residencial “San Luis de Gloria Alta II ”; para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 1, 274.74 m2 constituido por la Parcela N° 10574 del Predio Rústico Gloria Alta, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a don LUIS AQUISE VALENZUELA para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución las obras faltantes de Habilitación Urbana teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: DISEÑO ÁREA BRUTA: 1, 274.74 m2 ÁREA ÚTIL: 544.41 m2 ÁREA DE VÍAS: 730.33 m2 AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el proyecto aprobado de SEDAPAL; debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos por dicha empresa; comunicándole a SEDAPAL sobre la fecha de inicio y término de las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primarias y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. TELEFONÍA: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones Telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que la ejecución de las vías Metropolitanas califi cadas como colectoras que circundan el terreno en cuestión será de exclusiva responsabilidad de la Municipalidad Metropolitana de Lima de conformidad con el artículo sétimo de la Ordenanza N° 341-MML. Artículo Cuarto.- DISPONER, que los lotes 01, 02 y 03 de la manzana “A” queden en garantía de pago en efectivo del défi cit de los aportes del Ministerio de Educación con 25.49 m2; Renovación Urbana con 12.75 m2; y Parques Zonales con 25.49 m2 respectivamente; los mismos que deberán ser cancelados antes de la ejecución total de las obras de habilitación urbana. Artículo Quinto.- DISPONER que las obras de canalización de la acequia de regadío, se ejecutarán de conformidad con la Resolución Administrativa que apruebe el Ministerio de Agricultura, previo a la culminación total de las Obras de la Habilitación Urbana. Artículo Sexto.- DISPONER que la inscripción en los Registros Públicos de la presente resolución, procederá cuando el propietario de la Habilitación Urbana que se aprueba, consigne la inscripción del plano y memoria descriptiva visadas mediante Resolución de Sub Gerencia N°0129 de fecha 11 de agosto de 2006 otorgada por la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro de la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo Séptimo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano en el plazo de treinta (30) días contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Octavo.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia; a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de la Inscripción, al Ministerio de Educación, al Serpar-Lima, a Emilima, a la Sub Gerencia de Fiscalización de esta Corporación Municipal y a los interesados para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIO FERNANDO CASTRO VASQUEZ Gerente de Desarrollo Urbano 132485-1 RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 00041 Ate, 9 de julio de 2007 EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO:El Expediente N° 33615-2005 seguido por don LUIS AQUISE VALENZUELA; por el que solicita se apruebe la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de la denominada Lotización Residencial “San Luis de Gloria Alta I” para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” y Comercio Especializado “CE”, del terreno de 4, 615.29 m2 constituido por la Parcela N° 10573 del Predio Rustico Gloria Alta, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitación Urbana, mediante el Acuerdo N° 02, tomado en Sesión N°12-06-CTDHU/MDA, de fecha 6 de Diciembre de 2006, dictaminó FAVORABLE el proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” y Comercio Especializado “CE”, del terreno de 4, 615.29 m2 constituido por la Parcela N° 10573 del Predio Rústico Gloria Alta, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; estableciéndose en concordancia con el Artículo 10° de la Ordenanza N° 836-MML, la redención en dinero del défi cit de los siguientes aportes correspondiente al Uso Residencial de Densidad Media “R-4”: Recreación Pública con 307.23 m2; Renovación Urbana con 43.89 m2; Parques Zonales, Ministerio de Educación y Servicios Públicos Complementarios - Otros Fines con 87.78 m2 cada uno; y los que corresponden a la zonifi cación de Comercio Especializado “CE” son: Parques Zonales con 11.31 m2, Renovación Urbana con 6.79 m2 y Servicios Públicos Complementarios - Otros Fines con 4.52 m2. Que, mediante Informe N° 514-2006-AHU-SGPUC- GDU/MDA de fecha 07 de Noviembre del 2006, indica que realizada la inspección ocular al predio se constató que el terreno cuenta con el servicio de energía eléctrica domiciliario y alumbrado publico otorgado por la empresa Luz del Sur, restándole los servicios de agua potable y pavimentación de calles y veredas, asimismo se verifi có que la lotización propuesta presenta una consolidación mayor del 70 % de los lotes propuestos, por lo que el presente trámite procede adecuarse a una Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada. Que, mediante la Valorización Nº 09-2007-SGPUC- GDU/MDA del 23 de Abril de 2007 se calculó el défi cit de aportes de Recreación Pública un área de 307.23 m2 y de servicios Públicos Complementarios - Otros Fines un área de 87.78 m2 y de 4.52 m2 correspondiente a las zonifi caciones “R-4” y “C-E” respectivamente, los cuales ascienden a la suma de S/.6,527.40 y de conformidad con el Art. 14° del D.A: N° 079-MML los Proyectos y Control de Obra asciende a S/.2,139.93, resultando un total de S/.8,667.33 el cual fue debidamente cancelado mediante