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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de noviembre de 2007 357775 propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y en uso de las facultades establecidas en el artículo 6º del Edicto N° 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la exoneración, por la causal de servicios personalísimos prevista en el literal f) del artículo 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del proceso de selección Adjudicación de Menor Cuantía incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT del ejercicio 2007, para la contratación de los servicios de difusión de publicidad en medios escritos que se prestarán por las siguientes empresas: 1. Empresa Editora El Comercio S.A: Diario El Trome y El Comercio. 2. Empresa Periodística Nacional, EPENSA S.A.: Diario Correo, Diario El Bocón y Diario Ajá. Artículo Segundo.- El valor referencial total para la contratación indicada en el artículo precedente asciende a la suma de S/. 14,096.76 (catorce mil noventa y seis con 76100 Nuevos Soles), incluidos tributos y todo concepto aplicable. Artículo Tercero.- La contratación aprobada mediante la presente Resolución será fi nanciada con recursos directamente recaudados, encontrándose dicho gasto debidamente presupuestado. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia de Administración proceda a la contratación indicada mediante acciones inmediatas, de acuerdo a lo previsto en las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Asimismo, para realizar las contrataciones exoneradas de proceso de selección, la Gerencia de Administración tendrá en cuenta el cronograma de publicaciones que confi rme el área usuaria para cada uno de los medios a contratar; conforme al valor referencial señalado en el artículo segundo de la presente resolución Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Administración efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión y también que se publique en el SEACE; asimismo, encargarle que remita una copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo 147° de su Reglamento. Regístrese, comuníquese y cúmplase.OSCAR LOZÁN LUYO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 132867-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban regularizaciones de habilita- ciones urbanas de terrenos ubicados en el distrito RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 00040 Ate, 9 de julio de 2007 EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO:El Expediente N° 35179-2006 seguido por don LUIS AQUISE VALENZUELA; por el que solicita se apruebe la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de la denominada Lotización Residencial “San Luis de Gloria Alta II ”, para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 1, 274.74 m2 constituido por la Parcela N° 10574 del Predio Rustico Gloria Alta, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO:Que, la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitación Urbana, mediante el Acuerdo N° 01, tomado en Sesión N°12-06-CTDHU/MDA, de fecha 6 de diciembre de 2006, dictaminó FAVORABLE el proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 1, 274.74 m2 constituido por la Parcela N° 10574 del Predio Rustico Gloria Alta, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; estableciéndose en concordancia con el artículo 10° de la Ordenanza N° 836-MML, la redención en dinero del défi cit de los siguientes aportes: Recreación Pública con 89.23 m2; Renovación Urbana con 12.75 m2; Parques Zonales, Ministerio de Educación y Servicios Públicos Complementarios - Otros Fines con 25.49 m2 cada uno. Que, mediante Informe N° 515-2006-AHU-SGPUC- GDU/MDA de fecha 7 de noviembre del 2006, indica que realizada la inspección ocular al predio se constató que el terreno cuenta con el servicio de energía eléctrica domiciliario y alumbrado público otorgado por la empresa Luz del Sur, restándole los servicios de agua potable y pavimentación de calles y veredas, asimismo se verifi có que la lotización propuesta presenta una consolidación mayor del 70 % de los lotes propuestos, por lo que el presente trámite procede adecuarse a una Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada. Que, mediante la Valorización Nº 039-06-SGPUC- GDU/MDA del 12 de diciembre de 2006 se calculó el défi cit de aportes de Recreación Pública un área de 89.23 m2 y de servicios Públicos Complementarios -Otros Fines un área de 25.49 m2, los cuales ascienden a la suma de S/.1,491.36 y de conformidad con el Art. 14° del D.A: N° 079-MML los Proyectos y Control de Obra ascienden a S/.354.36, resultando un total de S/.1,845.72 el cual fue debidamente cancelado mediante el Recibo N° 0002878341, pagado en la Subgerencia de Tesorería de esta Corporación Municipal. Que, mediante Resolución de Subgerencia de Planifi cación Urbana y Catastro N°0129 de fecha 11 de agosto de 2006, se otorga la Visación del Plano Perimétrico signado con el N° 082-2006-SGPUC-GDU/MDA y Memoria Descriptiva para fi nes notariales seguido por don Luis Aquise Valenzuela, correspondiente al terreno de 1, 274.74 m2 ubicado frente a la Av. Colectora (camino de servidumbre carrozable) s/n, constituido por la Parcela N°10574 del Predio rústico La Gloria Alta, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Que, mediante Informe Legal N°3351-2005-GAJ/MDA de fecha 29 de diciembre de 2005, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos el cual señala que para estos casos, se deberá presentar una Declaración Jurada suscrita por el profesional responsable y los intervinientes en el procedimiento, mediante el cual se haga presente que las medidas perimétricas y linderos del terreno correspondiente tomadas en campo coinciden con las medidas contenidas en los planos y memorias descriptivas presentados, responsabilizándose además por posibles observaciones que puedan ser formuladas por la Superintendecia Nacional de los Registro Públicos (SUNARP) en futuro en virtud de la inscripción registral en el registro predial. Que, mediante Ofi cio N° 054-2004/MML/IMP el Instituto Metropolitano de Planifi cación recomienda que en el proceso de diseño de Habilitación Urbana o Expediente de Ingeniería del sector se debe proponer un diseño en transición de 30.00m. a 22.00 m. con las consideraciones descritas de mantener los carriles de circulación vehicular y peatonal, asimismo el ancho de la vía donde se ubica el predio en cuestión podrá comenzar en 22.00 m. y progresivamente llegar a los 30.00 m. normativos; cumpliéndose en el presente proyecto con las recomendaciones de la mencionada institución. Que, en el artículo sétimo de la Ordenanza N°341- MML, se establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, el mantenimiento, rehabilitación, remodelación, señalización horizontal, vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del