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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (17/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de noviembre de 2007 357771 Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización en su literal c) preceptúa que es competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales aprobar su organización interna, en ese sentido el Proyecto Especial Regional Plan MERISS Inka, constituye un órgano desconcentrado del Gobierno Regional del Cusco; Que, mediante Decreto Supremo Nº 162-2006-EF, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo, por un monto de seis millones de Euros, así como de un Aporte Financiero no Reembolsable por quinientos mil Euros a ser otorgada a la República del Perú por el Kreditanstalt fur Wiederaufbau- KfW, de la República Federal de Alemania, para el fi nanciamiento del Programa de Riego Zona Andina Sur IV, que permitirá ejecutar proyectos de riego en las provincias altas del Cusco entre los años 2007 al 2012 a cargo del Proyecto Especial Regional Plan MERISS Inka del Gobierno Regional Cusco; Que, en atención al Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 162-2006-EF, el 3 de noviembre del 2006, se suscribió el Contrato de Préstamo y de Aporte Financiero entre KfW, Frankfurt am Main (“KfW”) y la República del Perú; así mismo con fecha 3 de noviembre del 2006, se suscribe el Acuerdo Separado al Contrato de Préstamo y Aporte Financiero, en cuyo Ítem II, numeral 1.2 , se establece que con la fi nalidad de garantizar el adecuado desarrollo del Programa de Riego Zona Andina Sur IV, el Gobierno Regional Cusco, constituirá el Consejo Consultivo del Proyecto Especial Regional Plan MERISS Inka; por lo que se hace necesario implementar los términos del Acuerdo Separado, debiendo constituirse el Consejo Consultivo correspondiente; Con las visaciones de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y conformidad de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional del Cusco, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Artículos 21°, inciso d) y 41°, inciso a) de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley N° 27902; RESUELVE :Artículo Primero.- CONSTITUIR, el Consejo Consultivo del Proyecto Especial Regional Plan MERISS Inka del Gobierno Regional Cusco, como órgano de opinión consultivo, de coordinación y concertación interinstitucional, cuyo propósito es recomendar los lineamientos y estrategias que permitan garantizar el adecuado desarrollo del Programa de Riego Zona Andina Sur IV, en el marco de los objetivos institucionales concordantes con las políticas nacionales, sectoriales, regionales y locales. Artículo Segundo.- EL CONSEJO CONSULTIVO, del Proyecto Especial Regional Plan MERISS Inka del Gobierno Regional Cusco, estará conformado por los siguientes miembros: a) El Presidente del Gobierno Regional Cusco, quien lo convoca y preside. b) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas. c) Un representante del Ministerio de Agricultura.d) Un representante de los usuarios de riego de los ámbitos de intervención del Programa. e) Un representante de los Gobiernos Locales que se encuentren en los ámbitos de intervención del Programa. f) Un representante del sector privado vinculado a la agroindustria regional. g) El Director Ejecutivo del PER Plan MERISS Inka, quien actuará como Secretario Técnico permanente del Consejo Consultivo. Los representantes antes mencionados serán designados por los Titulares de los Sectores o Instituciones correspondientes, dentro del plazo de quince días hábiles a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Son funciones del Consejo Consultivo: a) Formular y Aprobar el Plan Operativo del Programa. b) Velar por el cumplimiento de los objetivos del Programa. c) Verifi car la idoneidad del personal clave en el manejo del Programa.d) Aprobar su Reglamento Interno de Funcionamiento, previa conformidad del banco KfW. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Proyecto Especial Regional Plan MERISS Inka, la elaboración de la propuesta del Reglamento Interno del Consejo Consultivo, en un plazo que no exceda de treinta (30) días calendario a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo Quinto.- DISPONER, al Proyecto Especial Regional Plan MERISS Inka, modifi car su Reglamento de Organización y Funciones, debiendo incluir al Consejo Consultivo como Órgano Consultivo y de Coordinación, así como las funciones correspondientes. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución Ejecutiva Regional al Proyecto Especial Regional Plan MERISS Inka, al banco KfW de Alemania, a los órganos técnico administrativos de la Sede del Gobierno Regional Cusco y a los representantes de los sectores y entidades que conforman el Consejo Consultivo del Proyecto Especial Regional Plan MERISS Inka. Regístrese y comuníquese.HUGO EULOGIO GONZALES SAYAN Presidente Regional 132493-1 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Designan Procuradora Adjunta del Gobierno Regional de Loreto RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 1643-2007-GRL-P Villa Belén, 9 de noviembre del 2007 Visto, el Informe Nº 001-2007-GOREL-CE, de fecha 18 de octubre de 2007, remitido por la Comisión de Evaluación para la Conducción del Concurso Público de Méritos para designar al Procurador Adjunto del Gobierno Regional de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, se aprobó Reglamento de la Representación y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a Nivel del Gobierno Regional, en cuyos artículos 3º y 10º, se establecen que, las Procuradurías Públicas Regionales están a cargo de los Procuradores Públicos Regionales y cuentan con un Procurador Adjunto Regional, este último, colaborará y reemplazarán al primero con las mismas atribuciones en los casos de vacaciones, ausencia, enfermedad, licencia o cualquier otro tipo de impedimento de éstos, bastando la fi rma de los Procuradores Adjuntos Regionales en los escritos que presenten y/o documentos que suscriban, para acreditar el impedimento de los Procuradores Públicos Regionales; Que, el artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en su inciso c), las atribuciones del Presidente del Gobierno Regional, entre otras: Designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar a los funcionarios de confi anza; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1265-2007-GRL-P, de fecha 13 de agosto de 2007, se designa la Comisión Evaluadora que se hará cargo de la conducción del Concurso Público de Méritos, para designar al Procurador Adjunto del Gobierno Regional de Loreto; Comisión que deberá elaborar las Bases Administrativas correspondientes, la misma que estará integrada por los siguientes funcionarios: Roy Ernesto Meza Meza, Gerente General Regional, Presidente; Abog. Lira Reátegui Pinedo, Gerente Regional de Recaudación, Miembro; y, Abog. Thamer López Macedo, Director de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, Miembro; Que, mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 1398-2007-GRL-P, de fecha 12 de setiembre de 2007, se aprobó las Bases de la Convocatoria del Concurso