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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de noviembre de 2007 357770 el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, Nº SBS-DIR-ADM-085-09; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Dante Renato Raffo Regis, Analista del Departamento de Análisis de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile del 18 al 23 de noviembre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 573,36 Viáticos US$ 1 200,00Tarifa CORPAC US$ 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 133265-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Autorizan creación, apertura y funcionamiento de la Oficina Registral Receptora, ubicada en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, bajo jurisdicción de la Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 301-2007-SUNARP/SN Lima, 16 de noviembre de 2007 VISTO el Ofi cio N° 857-2007/Z.R.N°XII–JEF, mediante el cual el Jefe de la Zona Registral N°XII – Sede Arequipa, solicita la autorización correspondiente para la creación, apertura y funcionamiento de la Ofi cina Registral Receptora ubicada en el Distrito de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 26366, se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-SUNARP, Organismo Público Descentralizado del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar las políticas y normas técnicos administrativas de los Registros Públicos; Que, siendo concordante con la política de descentralización impartida por el Gobierno Central, y a efectos de facilitar el acceso a los servicios registrales a la población de menores recursos y sectores más alejados de la población, se ha previsto la implementación de ofi cinas receptoras en el interior del país; Que, esta Superintendencia considera pertinente la creación de la Ofi cina Receptora ubicada en el Distrito de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Arequipa; Que, mediante los Informes N° 285-2006-SUNARP/GPD y N° 230-2007-SUNARP-GL, elaborados respectivamente por la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo y Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP, se emitieron opiniones favorables para la creación de la indicada Ofi cina Registral Receptora; Que, la indicada Ofi cina, contará con las condiciones materiales y personales necesarias para que los usuarios puedan solicitar los servicios registrales que correspondan y recibirlos en forma adecuada; Que, conforme al acuerdo adoptado en la Sesión de Directorio N° 214 del 30 de octubre de 2006 y en uso de la atribución conferida por el literal v) del artículo 7° del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar, la creación, apertura y funcionamiento de la Ofi cina Registral Receptora, ubicada en el Distrito de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Arequipa, bajo jurisdicción de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa. Artículo Segundo.- La Jefatura de la Zona Registral N°XII - Sede Arequipa, emitirá una resolución, especifi cando los servicios que brindará la indicada Ofi cina Registral Receptora, así como el ámbito de su competencia territorial. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Públicos 133227-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Constituyen el Consejo Consultivo del Proyecto Especial Regional Plan MERISS Inka del Gobierno Regional Cusco RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 1160-2007-GR CUSCO/PR Cusco, 25 de octubre de 2007 EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO Visto el Ofi cio Nº 446/2007-GR CUSCO-PERPM/ DE, procedente del Proyecto Especial Regional Plan de Mejoramiento de Riego en la Sierra y Selva - PER Plan MERISS Inka, del Gobierno Regional Cusco y el Informe Nº 160 -2007-GR CUSCO/GRPPAT-SGDI; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 192º de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales son competentes entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, así mismo el Artículo 35º de la