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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de noviembre de 2007 357747 Vistos, los Informes Nºs 038 y 045-2007-MINCETUR/ COPESCO-DE, de la Directora Ejecutiva del Plan COPESCO Nacional; CONSIDERANDO:Que, el artículo 12º de la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, establece que los ingresos provenientes de la recaudación del mencionado impuesto, luego de deducido el porcentaje que conforme a Ley corresponda a la SUNAT, serán transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para que los utilice a través de la Comisión de Promoción del Perú para la exportación y el turismo – PROMPERÚ y el Plan COPESCO Nacional (antes, Proyecto Especial Plan COPESCO), exclusivamente en el desarrollo de las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional; Que, el numeral 3.1 del artículo 3º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2006-MINCETUR, dispone que el Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, es un patrimonio bajo la administración y gestión del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, para financiar exclusivamente las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional, contenidos en el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional aprobado por el MINCETUR; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 409- 2006-MINCETUR/DM, se aprobó el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2007, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs 072 y 124-2007-MINCETUR/DM el cual incluye el proyecto de “Rehabilitación y Acondicionamiento Turístico del Muelle Pimentel, distrito de Pimentel, Chiclayo – Lambayeque”, en el rubro Desarrollo Turístico de Lambayeque; Que, según el Informe Nº 038-2007-MINCETUR/ COPESCO-DE, de fecha 11 de octubre de 2007, dicho proyecto se encuentra aprobado a nivel perfi l, con código SNIP Nº 59947, fue declarado viable por la Ofi cina de Programación e Inversiones – OPI de la Municipalidad Distrital de Pimentel; Que, para efectos de la ejecución del citado proyecto y de conformidad con el literal g) del artículo 5º de la Ley 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, el proyecto Plan COPESCO Nacional ha suscrito con la Municipalidad Distrital de Pimentel un Convenio de Cooperación Interinstitucional, habiéndose comprometido el Plan COPESCO a transferir los recursos para su fi nanciamiento, ascendentes a S/. 600,000.00 (seiscientos mil y 00/100 Nuevos Soles) provenientes del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional; Que, conforme al artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto son transferencias fi nancieras los traslados de fondos públicos que se realizan entre entidades del sector público sin contraprestación, para el cumplimiento de actividades y proyectos aprobados en los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino, y se aprueban mediante Decreto Supremo; Que, el literal k) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, incluido mediante la Séptima Disposición Final de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año fi scal 2007, autoriza a aprobar por resolución del Titular del Pliego, transferencias fi nancieras del Plan COPESCO Nacional a favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales, para la realización de proyectos de inversión que permitan el desarrollo de la actividad turística nacional; De conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modifi catorias, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979 y; la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003- MINCETUR, y la Ley 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Transferencia Financiera Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional), a favor de la Municipalidad Distrital de Pimentel, hasta por el monto de S/. 600,000.00 (seiscientos mil y 00/100 nuevos soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinados a la ejecución del proyecto “Rehabilitación y Acondicionamiento del Muelle Pimentel, distrito de Pimentel, Chiclayo – Lambayeque”; incluido en el vigente Plan de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, según el siguiente detalle: TRANSFERENCIA FINANCIERA 2007 ITEM PROYECTO SNIPMONT O TOTAL (Nuevos Soles)ENTIDAD DE DESTINOCRONOGRAMA DE DESEMBOLSO 1Proyecto “Rehabilitación y Acondicionamiento Turístico del Muelle Pimentel, distrito de Pimentel, Chiclayo – Lambayeque”59947 600,000.00MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PIMENTEL NOVIEMBRE DE 2007 TOTAL 600,000.00 Artículo 2º.- Autorización del Giro Autorizar a la Ofi cina General de Administración del MINCETUR a girar a nombre de la Municipalidad Distrital de Pimentel el monto autorizado en la presente Resolución Ministerial, en función a los calendarios de compromisos que autorice la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 133153-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Ecuador, Chile, Colombia y EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1213-2007-DE/SG Lima, 15 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DGS) Nº 1463, 1464, 1465 de fechas 08 y 09 de noviembre de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de las Repúblicas de Ecuador, Chile y Colombia, sin armas de guerra; Que, en el marco de los compromisos operacionales asumidos con las diferentes Marinas, se tiene programado para el año 2008, la realización del Ejercicio Multinacional UNITAS 49-08 Fase Pacífi co, con la participación de Unidades de Superfi cie, Aeronavales, Submarinas, Infantería de Marina y Operaciones Especiales, para lo cual se realizarán actividades de planeamiento para su ejecución; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a