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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (17/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de noviembre de 2007 357748 las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de las Repúblicas de Ecuador, Chile y Colombia, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, entre el 25 de noviembre y el 01 de diciembre de 2007, para participar en la Conferencia Inicial de Planeamiento del Ejercicio Multinacional UNITAS 49-08 Fase Pacífi co con personal de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 133261-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1218-2007-DE/SG Lima, 16 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1451 de fecha 06 de noviembre de 2007, respectivamente, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Comando Sur de los Estados Unidos de América cada año fi scal auspicia algunos ejercicios de ingeniería y de entrenamiento Combinado Conjunto de Acción Cívica Humanitaria denominados “Nuevos Horizontes”, tanto en América del Sur, América Central y en el Caribe; Que, personal militar de los Estados Unidos de América requiere realizar una visita previa de estudio del lugar donde se realizará el Ejercicio de Capacitación Médica – MEDRETE que forma parte del Ejercicio Combinado de Entrenamiento Conjunto y de Acción Cívica Humanitaria denominado “Nuevos Horizontes 2008”, que se llevará a cabo en Ayacucho; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República del personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 25 de noviembre al 01 de diciembre de 2007, para realizar una visita de estudio previo del lugar donde se realizará el Ejercicio de Capacitación Médica – MEDRETE que forma parte del Ejercicio Combinado de Entrenamiento Conjunto y de Acción Cívica Humanitaria denominado “Nuevos Horizontes 2008”, que se llevará a cabo en Ayacucho. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 133261-2 EDUCACION Aprueban Normas para Conservación, Custodia y Seguridad de Módulos de Material Manipulativo y de Equipos Audiovisuales de Educación Secundaria RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0476-2007-ED Lima, 6 de noviembre de 2007Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Educación Básica Regular; CONSIDERANDO:Que, en el marco del Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Educación Secundaria, el Ministerio de Educación continúa dotando de recursos y materiales educativos a las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular-Nivel Secundaria de gestión pública a nivel nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nro. 0176 –2007-ED, se aprueba las “Normas para la Distribución, Recepción, Conservación y Seguridad de Material Educativo de Educación Secundaria” para su utilización por estudiantes y docentes, como parte de la implementación del Centro de Recursos Educativos; Que, para garantizar la óptima utilización, conservación, custodia y seguridad de los Módulos de Material Manipulativo y Equipos Audiovisuales, la Dirección General de Educación Básica Regular, a través de la Dirección de Educación Secundaria, ha propuesto las “Normas para Conservación, Custodia y Seguridad de Módulos de Material Manipulativo y de Equipos Audiovisuales de Educación Secundaria”, las mismas que resulta necesario aprobar mediante la expedición de la resolución correspondiente; Estando a lo informado por la Dirección de Educación