Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2007 (18/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

357802
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA 009 001 03 006 0019 : GOBIERNO CENTRAL : : : : :

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de noviembre de 2007

Ministerio de Economia y Finanzas Administracion General Administracion y Planeamiento Planeamiento Gubernamental Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles)

CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia TOTAL A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO : GOBIERNO CENTRAL 001 : Presidencia del Consejo de Ministros 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) 10 000 000,00 10 000 000,00 ===========

CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 4. Otros Gastos Corrientes TOTAL 10 000 000,00 10 000 000,00 ===========

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel de Unidad Ejecutora, funcion, programa, subprograma, actividad y/o proyecto, fuente de financiamiento y grupo generico de gasto, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de noviembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 133781-2

Que, mediante Ley N° 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley N° 28929 -Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, senala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 000 000,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Ano Fiscal 2007, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico, declarado por el organismo publico tecnico-cientifico competente, asi como rehabilitar la infraestructura publica recuperando los niveles que los servicios basicos tenian MORDAZA de la ocurrencia del desastre y aquellas necesarias para atender a la poblacion y recuperar la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere el considerando precedente y el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, dicta los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de los recursos a que se refiere la Ley en mencion; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 7° numeral 7.2, de la Directiva N° 001-2007-EF/68.01 la Direccion General de Programacion Multianual, determina la elegibilidad de los proyectos de inversion publica de emergencia, aprobados por la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de DesastresCMPAD, como requisito previo a la solicitud por parte del INDECI de los recursos a que hace referencia la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley N° 28929 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto de Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, conforme a lo dispuesto por el articulo 7° numeral 7.1 de la Directiva N° 001-2007-EF/68.01, y mediante Oficio N° 5535-2007INDECI/4.0, ha determinado que es procedente solicitar la incorporacion de recursos orientados a la ejecucion de los Proyectos de Emergencia en el departamento de Ica, a ser ejecutados por el Ministerio de Educacion, por disposicion de la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres- CMPAD; Que, es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el MORDAZA, a fin de moderar los efectos contraproducentes tanto en la poblacion como en la economia nacional, incorporando para el efecto parte de los citados recursos por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 418 177,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, y de acuerdo a su propuesta, en cumplimiento de la Directiva N° 001-2007-EF/68.01, aprobada por Resolucion Ministerial N° 008-2007EF/15; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28929, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y el articulo 45° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA Articulo 1°.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, hasta por la cantidad de DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 418 177,00) destinados a la ejecucion de los proyectos de emergencia a traves del Ministerio de Educacion en el ambito del Departamento de lca, de acuerdo al siguiente detalle:

Autorizan una transferencia de partidas a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO N° 178-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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