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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de noviembre de 2007 358184 bienes de uso público o bienes de dominio privado, y que carezcan de la autorización, tendrán un plazo de treinta (30) días hábiles, para solicitar la respectiva regularización. Durante este plazo queda en suspenso la aplicación por las infracciones establecidas en la presente Ordenanza. Segunda.- Solicitudes de Autorización en Trámite.- Las solicitudes de autorización que se encuentren en trámite, cualquiera sea su estado, se adecuarán a las disposiciones de esta Ordenanza, siempre que ello no implique contravención a las normas del procedimiento administrativo. Tercera.- Modifi cación del Procedimiento Administrativo en el TUPA.- El presente procedimiento administrativo sustituye el procedimiento de aprobación de autorización de instalación de elementos de publicidad exterior establecidos conforme a la Ordenanza Nº 894, del 02 de enero de 2006 en el Texto Único de Procedimiento Administrativos – TUPA Nº 24 “Autorización para instalación de elementos de publicidad exterior o renovación de autorización, monto, califi cación de derecho, y autoridad que aprueba conforme se sistematiza y compendia en el Anexo Nº 1 adjunto que es parte de la presente Ordenanza. Cuarta.- Vías Expresas Principales.- Los anuncios, avisos o elementos publicitarios ubicados en la Panamericana Norte, Panamericana Sur, antigua Panamericana Sur, Ramiro Prialé y la Carretera Central, deberán adecuarse por su propietario o titular a lo dispuesto en la letra c, numeral 2 del Art. 54 de la presente Ordenanza en el plazo improrrogable y máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Sin que le sea aplicable lo que se dispone en la Quinta Disposición Transitoria de la presente Ordenanza. Quinta.- Adecuación de Anuncios y Avisos Publicitarios.- Los propietarios o titulares de los anuncios o avisos publicitarios que cuenten con autorización municipal con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, deberán adecuarlos a las disposiciones establecidas en la misma, teniendo como plazo hasta el 31 de diciembre de 2008. Sexta.- Retiro de Anuncios y Avisos Publicitarios.- Los propietarios o titulares de los anuncios o avisos publicitarios que no cuenten con autorización municipal y no puedan cumplir con las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza, deberán retirarlos a partir de la entrada en vigencia de la presente. CAPÍTULO II DISPOSICIONES FINALES Primera.- Derogación de Normas Municipales.- Deróguense la Ordenanza Nº 210 Reglamento que regula la publicidad exterior en la Provincia de Lima del 29 de diciembre de 1998 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 4 de marzo de 1999. Asimismo el literal b) del artículo 18º de la Ordenanza Nº 525 en lo que se oponga a la presente Ordenanza. Segunda.- Incompatibilidad con Otras Normas.- Declárese que las normas que se opongan a la presente Ordenanza no tienen aplicación en la Provincia de Lima, sobre la que ejerce jurisdicción exclusiva la Municipalidad Metropolitana de Lima en los asuntos de competencia municipal. Tercera.- Centro Histórico de Lima y Barrio Chino.- Las normas técnicas referente a los anuncios y avisos publicitarios ubicados en el Centro Histórico de Lima se regirá por la Ordenanza Nº 062 y los ubicados en el Barrio Chino se regirán por la Ordenanza Nº 230.Cuarta.- Normas Complementarias y Reglamentarias.- Facúltese al Alcalde Metropolitano de Lima, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias y reglamentarias de la presente Ordenanza. Quinta.- Delegación de Competencias.- Disponer que podrá delegarse las competencias y funciones específicas exclusivas de la Municipalidad Metropolitana de Lima establecidas en la presente Ordenanza en favor de las Municipalidades Distritales, en virtud del artículo 76º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Sexta.- Infracciones y Sanciones.- Incorpórese a la Ordenanza Nº 984 y su modificatoria Ordenanza Nº 1014 que aprueba el Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la Función Fiscalizadora, el cuadro que establece la tipificación y escala de multas aplicables dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima de sanciones, que como Anexo 2 forma parte de la presente Ordenanza. Sétima.- Aprobación de Formatos de solicitud.- Aprobar el formato de solicitud de autorización contenido en el Anexo 3 que forma parte de la presente Ordenanza. Octava.- Gratuidad en la Obtención de Formato de Solicitud.- El formato solicitud exigido para la tramitación de los procedimientos regulados en la presente Ordenanza, son de libre reproducción y distribución gratuita. Toda reproducción para ser considerada válida, deberá respetar la calidad y dimensiones del original, debiendo ser copia fi dedigna del mismo. Los Módulos de Atención y Trámite (MAT) podrán rechazar la admisión de formatos que no cumplan lo dispuesto en este párrafo. Los formatos, así como los modelos de llenado de uso más frecuente, deberán estar disposición del público usuario en los Módulos de Atención y Trámite (MAT) y a través del portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (http:/www.munlima.gob.pe). Novena.- Procedimientos Iniciados Antes de la Entrada en Vigencia de la Presente Ordenanza.- Estos procedimientos deberán someterse a la normatividad vigente en aplicación de los principios de irretroactividad de la ley y de la seguridad jurídica. Décima.- Texto Integrado.- Esta Ordenanza contiene el texto integrado de la Ordenanza Nº 1092, aprobada en la Sesión Ordinaria de Concejo Nº 44 del jueves 8 de noviembre de 2007, que no será publicada, y las modifi caciones incorporadas en la Sesión Ordinaria de Concejo Nº 45 del jueves 15 de noviembre de 2007 que en este texto integrado están contenidas. Toda referencia a la regulación de anuncios y avisos publicitarios en la Provincia de Lima, se hará en función de la presente Ordenanza. Décima Primera.- Puesta en Vigencia de la Ordenanza.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. En Lima a los 19 días del mes de noviembre del año dos mil siete. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima