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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (28/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de noviembre de 2007 358448 Arquitectura Gubernamental en Materia de Gestión del Territorio. b. Establecer en un plazo de 60 (sesenta) días calendario contados a partir de su instalación, una primera versión de los mecanismos de aprobación y seguimiento de los resultados de la implementación de la Estrategia de Implementación de la Arquitectura Gubernamental en Materia de Gestión del Territorio. c. Coordinar y supervisar la ejecución de la Estrategia de Implementación de la Arquitectura Gubernamental en Materia de Gestión del Territorio. El Equipo Directivo de Coordinación deberá instalarse al día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 3°.- Gastos El funcionamiento del Equipo Directivo de Coordinación no irrogará gastos al Tesoro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 137236-3 AGRICULTURA Disponen la rectificación del nombre de Caina por el nombre de “Comunidad Campesina de Cayna” en la Región de Huánuco RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 038-2007-AG Lima, 27 de noviembre de 2007VISTO:El Ofi cio Nº 1729-2007-GR-DRA-HCO/OAJ, del 13 de agosto de 2007, del Director Regional de Agricultura de Huánuco; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema s/n del 22 de noviembre de 1946 se reconoció la existencia legal y personería jurídica de la Comunidad de “CAINA” del distrito de su nombre, de la provincia de Ambo, departamento de Huánuco, ordenándose su inscripción en el Registro Ofi cial de la Dirección General de Asuntos Indígenas del Ministerio de Justicia y Trabajo; Que, el Presidente de la Comunidad Campesina de Cayna por escrito presentado el 09 de enero de 2006, solicita se rectifi que la Resolución Suprema de fecha 22 de noviembre de 1946, de reconocimiento e inscripción de la Comunidad que representa, al haberse consignado “CAINA”, debiendo ser “CAYNA”, presentando con fecha 07 de agosto de 2007, copia certifi cada de la inscripción de la Directiva Comunal período del 01 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2008, Partida Nº 11010727 de la Ofi cina Registral Huánuco correspondiente a la Comunidad Campesina de Cayna y Certifi cado de Vigencia de Poder correspondiente a la referida persona jurídica, inscrito en el Libro de Comunidades de la citada Ofi cina Registral; Que, las funciones y actividades comprendidas en la Ley General de Comunidades Campesinas Ley Nº 24656, por Decreto Ley Nº 25891 fueron transferidas a las Direcciones Regionales Agrarias y Unidad Departamental Lima-Callao, quedando el Ministerio de Agricultura facultado para dictar las disposiciones que se requieran para el cabal cumplimiento de esa norma; Que, el Art. 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, señala que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, siendo, por ello, procedente aprobar la rectifi cación del nombre de la Comunidad Campesina de Caina a “Comunidad Campesina de Cayna”; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 – Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo Único.- Disponer la rectifi cación del nombre de Caina señalada en la Resolución Suprema de 22 de noviembre de 1946, por el nombre de “Comunidad Campesina de Cayna”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, debiéndose remitir lo actuado a la Dirección Regional de Agricultura Huánuco, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 137805-6 Rectifican resolución y disponen rectificación de nombre de la Comunidad Campesina de “Yunguy” en el Registro Nacional de Comunidades Campesinas y en la partida correspondiente de los Registros Públicos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2007-AG Lima, 27 de noviembre de 2007VISTA:La solicitud presentada por el señor Rubino Romero Chamorro, Presidente de la Comunidad Campesina de Yungui, solicitando la rectifi cación del nombre por su representada por el de Comunidad Campesina de Yunguy y el Informe Nº 733-2007-AG-OGAJ del 06 de noviembre de 2007; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Suprema de fecha 04 de diciembre de 1933, se reconoció ofi cialmente a la Comunidad de Indígenas de “Yungui”, ubicada en el Ihuarí, provincia de Huaral, departamento de Lima y, se dispuso su inscripción en el Registro Ofi cial de la Sección de Asuntos Indígenas del Ministerio de Fomento; Que, la citada Comunidad se encuentra inscrita en el Asiento 10, folio 150, Tomo I del Registro Nacional de Comunidades Campesinas y en la Ficha Nº 9015 del Libro de Comunidades Campesinas del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Huaral, trasladada a la Partida Electrónica Nº 20012628; con la denominación de Comunidad Campesina de “Yungui”; Que, por escrito presentado el 19 de marzo de 2007, el señor Rubino Romero Chamorro, Presidente de la Comunidad Campesina de “Yungui”, ha solicitado la rectifi cación del nombre de la Comunidad que representa, por el de Comunidad Campesina de “Yunguy”, habiendo acompañado copia certifi cada por Notario Público del Libro de Actas Nº 73, correspondiente a la Sesión del 04 de marzo de 2007, con la que acredita que la Comunidad en pleno acordó por unanimidad corregir la denominación de “Yungui” por la de “Yunguy”, ante el Ministerio de Agricultura; Que, siendo una decisión autónoma de la Comunidad Campesina recurrente, solicitar la rectifi cación de su denominación de “Yungui” por la de “Yunguy”, resulta procedente acceder a lo solicitado; por cuanto ha acreditado con el Acta de fecha 01 de setiembre de 1936, sobre Conciliación celebrada entre las Comunidades de Lampián,