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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de noviembre de 2007 358454 2007 emitida por el Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Memorando Nº 024-2007-DVMPEMPE/CP-OPP de fecha 17 de agosto de 2007 y el Informe Nº 039-2007-DVMPEMPE/CP-OPP de fecha 26 de octubre de 2007, del Administrador de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Nº 061-2007-DVMPEMPE/CP-OAF de fecha 29 de octubre de 2007, del Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Legal Nº 109-2007-DVMPEMPE/CP-OAL de fecha 05 de noviembre de 2007, de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Legal del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y el Ofi cio Nº 266-2007-MTPE/3/14.120 de fecha 06 de noviembre de 2007, del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29035, Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y Dicta otras medidas, establece en su Vigésima Cuarta Disposiciones Complementarias Disposiciones Finales, que el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano” creado mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001 como unidad ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal, siendo su objetivo la generación de ingresos temporales y el desarrollo de capacidades para la población desempleada de las áreas urbanos y rurales, favoreciendo prioritariamente a aquellas con menores niveles de ingreso económico, en situación de pobreza y extrema pobreza; y en adelante, de conformidad con su ámbito y alcance, se denominará Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” (En adelante el PROGRAMA); Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto de Urgencia Nº 130-2001, los objetivos del PROGRAMA se lograrán a través del financiamiento de proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra, el cual será aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo conforme a los criterios de focalización y selección que el Sector establezca; Que, según lo mencionado precedentemente, el PROGRAMA efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos ejecutores que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra aprobados; Que, el Artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año 2006, establece en el literal c) del numeral 75.4 que las Transferencias Financieras entre pliegos presupuestarios (entre los que se encuentra el PROGRAMA), se aprueban por Resolución del Titular del pliego, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Informe Nº 041-2007-DVMPEMPE/ CP-OAF-UT de fecha 30 de agosto de 2007, la Jefa de la Unidad de Tesorería, pone en conocimiento del Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas, entre otros, el requerimiento de reprogramación de desembolsos realizados por el Jefe de la Ofi cina Zonal de Amazonas, por un monto ascendente a S/. 16 673,23 (Dieciséis mil seiscientos setenta y tres con 23/100 nuevos soles), cuyas afectaciones presupuestales se efectuaron en el ejercicio presupuestal 2006; Que, mediante Memorando Nº 024-2007-DVMPEMPE/ CP-OPP de fecha 17 de agosto de 2007, el Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del PROGRAMA, indica que en el presente ejercicio, se cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal, para atender, entre otros, el requerimiento de reprogramación de desembolsos solicitado por el Jefe de la Ofi cina Zonal de Amazonas; Que, el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 017- 84-PCM, Reglamento del procedimiento para el reconocimiento y abono de créditos internos y devengados a cargo del Estado, establece que el organismo deudor, previos los informes técnicos y jurídico internos, con indicación de la conformidad del cumplimiento de la obligación en los casos de adquisiciones y contratos, y de las causales por las que no se ha abonado en el presupuesto correspondiente, resolverá denegando o reconociendo el crédito y ordenando su abono con cargo al presupuesto del ejercicio vigente; Que, en mérito a lo expuesto, mediante Informe Legal Nº 041-2007-DVMPEMPE/CP-OAF-UT de la Unidad de Tesorería de la Ofi cina de Administración y Finanzas y el Memorando Nº 024-2007-DVMPEMPE/CP-OPP del Administrador de Planifi cación y Presupuesto del PROGRAMA, se da sustento a la emisión de la Resolución Jefatural Nº 007-2007-DVMPEMPE/CP-OAF, de fecha 26 de setiembre de 2007, donde se reconoce a favor de diversos organismos ejecutores las deudas pendientes de pago, entre los que se encuentra la Municipalidad Distrital de Namballe, orientado al pago de Rubro de “Otros” correspondientes a los Proyectos de Reconstrucción de Aulas del Colegio Carlos Mariátegui Namballe y Construcción de Cunetas de prevención de las Avenidas Namballe C. 10,11 y 12 y Binacional C. 9,10,11 y 12 por una suma ascendente a S/. 16 673,23 (Dieciséis mil seiscientos setenta y tres con 23/100 nuevos soles), como consecuencia de la suscripción de los Convenios Nºs. 30-0601-PEII y 30-0602-PEII; Que, asimismo, mediante Informe Nº 039-2007- DVMPEMPE/CP-OPP de fecha 26 de octubre de 2007, del Administrador de Planifi cación y Presupuesto, el Informe Nº 061-2007-DVMPEMPE/CP-OAF de fecha 29 de octubre de 2007, del Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas y el Informe Legal Nº 109-2007-DVMPEMPE/CP-OAL de fecha 05 de noviembre de 2007, de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Legal del PROGRAMA, se solicita la expedición de una Resolución Ministerial, que apruebe la transferencia fi nanciera a la Municipalidad Distrital de Namballe por un monto ascendente a S/. 16 673,23 (Dieciséis mil seiscientos setenta y tres con 23/100 nuevos soles); Que, por lo anteriormente expuesto, es necesario emitir el acto administrativo que apruebe la transferencia fi nanciera solicitada; Con las visaciones del Director Nacional, del Secretario Ejecutivo, del Jefe del Área de Planifi cación y Presupuesto y Administración del PROGRAMA, y del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 017-84-PCM, Reglamento del procedimiento para el reconocimiento y abono de créditos internos y devengados a cargo del Estado; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, por un monto total de S/. 16 673,23 (Dieciséis mil seiscientos setenta y tres con 23/100 nuevos soles), a favor de la Municipalidad Distrital de Namballe. Artículo 2°.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el trámite de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y proceda a dar cuenta al Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 137525-1