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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2007 358606 d) Eliminación de derechos de tramitación del procedimiento: - Solicitud de Traslado a Pedido del Interno. e) Reducción de plazos de los procedimientos y servicios: Procedimientos: - Autorización para Asistencia Religiosa.- Renovación de Autorización de Asistencia Religiosa.- Trámite para Otorgamiento de la Gracia del Indulto.- Benefi cio de la Visita Íntima.- Renovación del Benefi cio de la Visita Íntima. Servicios: - Expedición de Constancia del Liberado f) Reducción de plazos, requisitos y de derechos de tramitación del servicio: - Expedición de Certifi cado de Antecedentes Judiciales para Usuarios. g) Reducción de requisitos del servicio: - Expedición de Constancia de Notas y Constancia de Estudios del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios. Artículo 2º.- Aprobar el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, el cual contiene el detalle de la modifi cación de los procedimientos y servicios del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2004-JUS, con la nueva asignación de numeración correlativa de los procedimientos y servicios. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 138666-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Autorizan transferencias financieras a favor de diversas Municipalidades Distritales para el financiamiento de proyectos de infraestructura social y productiva RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 579-2007-MIMDES Lima, 28 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial No. 909-2006- MIMDES de fecha 27 de Diciembre del 2006 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2007 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, la Ley No. 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en su Undécima Disposición Transitoria, establece que “Los fondos públicos correspondientes a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales son distribuidos por el Ministerio de Economía y Finanzas a los Gobiernos Locales a través de la Dirección Nacional del Tesoro Público, de acuerdo a lo que dispongan las directivas que, para tal efecto, emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público a propuesta del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (...)”; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo No. 068-2006- PCM, señala que el 31 de diciembre de 2007 deben culminar las transferencias programadas en el Plan de Mediano Plazo 2006-2010, de los Fondos, Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Inversión en Infraestructura Productiva de alcance Regional, a los Gobiernos Regionales o Locales, según corresponda, en el marco del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales regulado por la Ley No. 28273 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 080-2004-PCM; Que, la Ley No. 28927 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, en su Segunda Disposición Complementaria y Transitoria autoriza al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social a efectuar, mediante Resolución del Titular del Pliego, las Transferencias Financieras a favor de los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, en el marco de las Bases para la Estrategia de Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas para los Pobres y de sus Planes de Desarrollo Municipal Concertado, que se realizan conforme a los Convenios que para tal efecto suscriba el MIMDES con los respectivos Gobiernos Locales que hayan culminado el proceso de acreditación, de acuerdo a lo establecido en la Ley No. 28273; Que, por Decreto Supremo No. 008-2007-EF, se aprobaron los “Lineamientos para la Distribución y Ejecución de los Fondos Públicos de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios”, en cuyo numeral 7.2 del Artículo 7, se establece que los fondos públicos a ser transferidos por la Dirección Nacional del Tesoro Público a las Municipalidades Verifi cadas, a propuesta del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, constituyen transferencias programáticas destinadas exclusivamente al fi nanciamiento de los Programas y Proyectos Sociales a cargo del MIMDES, entre ellos, los Proyectos de Infraestructura Social y Productiva; asimismo, en el numeral 7.4 del Artículo 7, se precisa que los Gobiernos Locales Verifi cados podrán disponer hasta el 10% de los fondos públicos transferidos, para ser destinados a fi nanciar los gastos de gestión, entendiéndose como tales a los gastos necesarios para la efi ciente y efi caz ejecución de los programas transferidos; Que, a través de la Resolución Ministerial No. 111- 2007-PCM, se aprobaron las “Normas Específi cas para la transferencia de los recursos presupuestales destinados a la ejecución de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, pertenecientes al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a los Gobiernos Locales Distritales”, cuyo numeral 3.7 establece que la transferencia efectiva de los recursos a Gobiernos Locales que hayan cumplido los Mecanismos de Verifi cación se realizará a partir del mes de agosto de 2007, previa suscripción de los Convenios de Gestión y la aprobación de la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera respectiva; Que, mediante Decreto Supremo No. 036-2007-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, el cual establece que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, efectuará la transferencia de recursos en el año 2007 para el fi nanciamiento, entre otros, de los Proyectos de Infraestructura Social y Productiva, a cargo de FONCODES, a las Municipalidades Distritales Verifi cadas en el año 2007, previa suscripción del Convenio de Gestión respectivo; Que, por Decreto Supremo No. 003-2007-MIMDES, se aprobó la fusión de FONCODES en el Ministerio de Agricultura y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, estableciéndose que el proceso de fusión comprende, entre otros aspectos, la transferencia de activos, recursos, personal y acervo documentario a las entidades absorbentes; Que, asimismo, mediante Resolución de Secretaria General No. 043-2007-MIMDES/SG, de fecha 30 de junio de 2007, se aprobaron las modifi caciones presupuestales en el nivel funcional programático del Presupuesto Institucional del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, por las cuales se transfi eren, entre otros, de la Unidad Ejecutora 004: FONCODES a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, la cantidad de S/. 102’281,141.00 (Ciento Dos Millones Doscientos Ochenta y Un Mil Ciento Cuarenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles), correspondientes al Proyecto 2.018273: Infraestructura Social y Productiva – Gobiernos Locales No Acreditados; Que, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización No. 35-2007-PCM/SD, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 07 de noviembre de 2007, se declararon a un total de 53 Gobiernos Locales Distritales aptos para acceder a la transferencia de los recursos presupuestales destinados a la ejecución de los Proyectos de Infraestructura Social y Productiva a cargo del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, incluidos en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, aprobado por Decreto Supremo No. 036-2007-PCM;