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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2007 358612 Declaran improcedente solicitud presentada por Mediterráneo Fish S.A.C. sobre cambio de titular de licencia de operación para operar establecimiento industrial pesquero RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 480-2007-PRODUCE/DGEPP Lima, 30 de octubre del 2007 Visto los escritos de Registro Nº 00061224 de fechas 20 de septiembre, 29 de noviembre del 2006, 19 de abril, 21 y 31 de mayo de 2007 presentados por MEDITERRANEO FISH S.A.C., escrito de Registro Nº 00049587, del 12 de julio de 2007 de la DIREPRO ICA, escrito Nº 00061224 de 26 de octubre, 3 de noviembre de 2006 y Nº 00067365 del 1 de octubre de 2007 presentados por ORDENAMIENTO Y DESARROLLO EMPRESARIAL – ORDEM S.A.C. en representación de PESQUERA MARIA MILAGROS SR. EN LIQUIDACIÓN CONSIDERANDO : Que a través de Resolución Directoral Nº 020- 2000-PE/DNPP, de fecha 15 de febrero de 2000, se aprobó el cambio de titular de la licencia de operación otorgada a la Empresa Nacional Pesquera S.A. – PESCA PERU, mediante Resolución Ministerial Nº 380-95-PE, a favor de Pesca Perú Tambo de Mora Norte S.A., para que se dedique al procesamiento de recursos hidrobiológicos a fi n de elaborar harina de pescado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica; Que el artículo 51° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por D. S. Nº 012-2001-PE, indica que durante la vigencia de la licencia de operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que por escrito de Registro Nº 00061224 de fecha 20 de setiembre de 2006, Mediterráneo Fish S.A.C., solicita a su favor el cambio de titular de la licencia de operación de la planta de harina de pescado, otorgado por Resolución Directoral Nº 020-2000-PE/DNPP del 15 de febrero de 2000, sustentando su pedido en un Contrato de Perfeccionamiento Tecnológico, Gestión y Explotación de la Unidad Pesquera y Resoluciones Nºs. Cuatro y Cinco del 14 y 26 de enero de 2005 respectivamente, emitidos en el proceso de ejecución de Laudo Arbitral de fecha 14 de junio del 2004, seguido ante el 35° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima; Que por escritos de Registro Nº 00061224 de fechas 26 de octubre y 3 de noviembre de 2006, Ordenamiento y Desarrollo Empresarial – ORDEM S.A.C., en representación de Pesquera María Milagros S.R.L. En Liquidación, presenta oposición a la solicitud de cambio de titular de licencia de operación a favor de Mediterráneo Fish S.A.C. o terceros, suspensión de trámites y acciones dirigidas a este fi n, poniendo en conocimiento de la administración los procesos judiciales relacionados con la posesión de la planta pesquera; Que mediante escrito de Registro Nº 00067365 de fecha 1 de octubre de 2007, Pesquera María Milagros S.R.L En Liquidación representada por ORDEM S.A.C., pone en conocimiento de la administración la Sentencia expedida en el proceso de anulación de laudo arbitral tramitado ante la Segunda Sala Mixta de Chincha, la que habría adquirido la calidad de cosa juzgada toda vez que en fecha 11 de julio de 2007, la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, ha declarado infundado el recurso de casación interpuesto por la empresa Mediterráneo Fish S.A.C., que sustenta su petición de cambio de titular de la licencia de operación, por lo que solicitan se desestime y/o se declare Infundado y se disponga el archivo defi nitivo de la solicitud de Mediterráneo Fish S.A.C.; Que de la evaluación a los documentos del expediente se desprende que encontrándose en trámite la solicitud de cambio de titular de licencia, presentado por la empresa Mediterráneo Fish S.A.C., se interpone oposición al citado pedido por parte de Pesquera María Milagros S.R.L en Liquidación representada por ORDEM S.A.C., en tal sentido la administración solicitó información sobre el proceso al 35° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, a la Segunda Sala Mixta de Chincha y a la Sala Civil de la Corte Suprema de Lima, Judicaturas donde se estaría tramitando las cuestiones litigiosas referidas a la titularidad de la licencia de operación otorgado a Pesca P erú Tambo de Mora Norte, por Resolución Directoral Nº 020- 2000-PE/DNPP, de 15 de octubre de 2000; asimismo, este Despacho ha tomado conocimiento de la Casación 4582-06-ICA, sobre Anulación de Laudo Arbitral, la que habría adquirido la calidad de cosa juzgada toda vez que, en fecha 11 de julio de 2007, la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, ha declarado Infundado el recurso de casación interpuesto por Mediterráneo Fish S.A.C, documento certifi cado por la Sala Civil Transitoria, con lo que dicha empresa carecería del documento legal que acredite el cambio de titular de la licencia de operación, consecuentemente se incumple con el requisito señalado en el numeral 9 del Procedimiento Nº 29 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción; por lo que dicha solicitud deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nº 398-2006-PRODUCE/DGEPP-Dchi y Nº 548-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, de fecha 03 de mayo del 2006; SE RESUELVE : Artículo 1°.- Declarar improcedente la solicitud presentada por Mediterráneo Fish S.A.C., sobre cambio de titular de la licencia de operación otorgada a favor de Pesca Perú Tambo de Mora Norte S.A., a través de la Resolución Directoral Nº 020-2000-PE/DNPP del 15 de febrero de 2000, para que opere en el establecimiento industrial pesquero ubicado en el distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Regional de la Producción de Ica, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción:www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese, JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 138036-4 Aprueban cambio de titular de licencia de operación otorgada mediante R.D. Nº 060-98-PE/DNPP , a favor de la empresa PESCATUN S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 483-2007-PRODUCE/DGEPP Lima, 31 de octubre del 2007 Visto, los escritos con Registro Nº 00057871 de fechas 8 de setiembre del 2006, 14 de setiembre y 23 de octubre del 2007, presentados por la empresa PESCATUN S.A.C.;