Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2007 (30/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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GOB.REG-PIURA/DIREPE-DR, consignada en el literal B) del Anexo I, de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE, podra operar hasta que la embarcacion objeto de la presente autorizacion de incremento de flota se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca; para lo cual, previo al otorgamiento del permiso de pesca de la nueva embarcacion, debera procederse al desguace de la embarcacion sustituida, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE. Articulo 8º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 138036-6

la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 482-2007PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en ABANDONO la solicitud presentada por la empresa NAUTILUS EXPORT S.A.C. para emitir un Certificado de Procedencia por la cantidad de 4,200 especimenes hidrobiologicos provenientes del medio natural y controlado, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 138036-7

Declaran en abandono solicitud presentada por Nautilus Export S.A.C. para emitir Certificado de Procedencia
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 485-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 7 de noviembre de 2007 Visto el expediente de registro Nº 00045315 de fecha 12 de MORDAZA del 2006, presentado por la empresa NAUTILUS EXPORT S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 191º de la Ley N º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta (30) dias, la autoridad de Oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Que mediante el escrito del visto, la empresa recurrente solicito Certificado de Procedencia para 4,200 especimenes hidrobiologicos provenientes de medio natural y controlado, acogiendose al Procedimiento Nº 21 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado mediante la Resolucion Ministerial Nº 3412005-PRODUCE; Que de la evaluacion efectuada a la solicitud presentada se determino que para emitir el Certificado de Procedencia en lo concerniente a las especies hidrobiologicas reproducidas en medio controlado, el recurrente debe contar con autorizacion para el cultivo de peces ornamentales emitido por la Direccion General de Acuicultura del Ministerio de la Produccion, siendo necesario que adjunte dicho documento, o reformule su solicitud en lo concerniente a la emision del Certificado de Procedencia de las especies hidrobiologicas obtenidas del medio natural; situacion que fue notificada mediante los Oficios Nºs 2993-2006-PRODUCE/DGEPP-Dch del 8 de agosto del 2006 y 4315-2006-PRODUCE/DGEPPDch del 28 de noviembre del 2006, para que absuelva la observacion descrita; accion que hasta la fecha no fue resuelta, incumpliendo con la notificacion efectuada por esta Direccion General; Que de la evaluacion efectuada a los antecedentes que obran en el presente expediente, se ha determinado que a la fecha NAUTILUS EXPORT S.A.C., no ha cumplido con el requerimiento formulado, por lo que habiendose paralizado la tramitacion de la solicitud mencionada en el MORDAZA considerando por mas de treinta (30) dias, corresponde que la autoridad administrativa declare el abandono de dicho procedimiento administrativo, de conformidad con lo establecido en el articulo 191º de

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomatico a Uruguay para participar en la 50º Reunion del Foro de Consulta y Concertacion Politica del MERCOSUR y Estados Asociados (FCCP)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1362/RE MORDAZA, 27 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Politica Exterior del Peru promover los intereses del MORDAZA, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su MORDAZA de insercion a nivel global; Que, en este MORDAZA, el Peru fue incorporado oficialmente como Estado Asociado a dicho bloque, mediante la Decision 39/03, de 15 de diciembre de 2003, que establece los mecanismos y modalidades de la participacion de nuestro MORDAZA como Estado Asociado en las reuniones de la estructura institucional del mismo; Que, la participacion del Peru como Estado Asociado al MERCOSUR responde a una opcion estrategica que trasciende lo estrictamente comercial, pues reconoce el gran potencial complementario que existe con los paises miembros de dicho bloque en los ambitos fronterizo, economico, de seguridad, politico y de vision estrategica del espacio sudamericano; Que, el Foro de Consulta y Concertacion Politica (FCCP), es el mecanismo institucional del MERCOSUR que permite canalizar el dialogo politico entre los paises miembros, resultado de la profundizacion del MORDAZA de integracion, y de sistematizar la cooperacion politica, la cual MORDAZA todos los MORDAZA que no forman parte de la agenda economica y comercial; Que, los dias 03 y 04 de diciembre de 2007, tendra lugar en la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, la 50º Reunion del Foro de Consulta y Concertacion Politica del MERCOSUR y Estados Asociados (FCCP); Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del funcionario que participara en la 50º Reunion del Foro de Consulta y Concertacion Politica (FCCP);

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