Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2007 (30/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

358611

En cumplimiento de mandato judicial, dejan sin efecto la R.D. Nº 228-2007PRODUCE/DGEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 478-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 29 de octubre del 2007 Visto el Oficio Nº 821-2007-PRODUCE/PP, del 1 de octubre del 2007, de la Procuraduria Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion y la Resolucion Nº TRECE, del 25 de junio del 2007, emitida por el MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Miraflores de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en los seguidos por MORDAZA LOCONI SECLEN respecto a la embarcacion MORDAZA MORDAZA II. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 054-2003PRODUCE/OGA, del 26 de marzo del 2003 se resolvio declarar infundado en todos sus extremos la Contradiccion planteada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Oficio Nº 014-2002-PRODUCE/OGA-Otd, del 24 de enero del 2003, el cual comunico a la recurrente que su solicitud se dio por no presentada, sobre permiso de pesca para operar la embarcacion MORDAZA MORDAZA II, para la extraccion de anchoveta y sardina para el consumo humano directo e indirecto, comprendida en el MORDAZA de la Ley 26920, Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE y Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE; Que por Resolucion Ministerial Nº 196-2003-PRODUCE, del 02 de junio del 2003, se declaro improcedente por extemporaneo el recurso de reconsideracion, calificado como uno de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 054-2003-PRODUCE/OGA, quedando agotada la via administrativa; Que mediante el Oficio Nº 727-2006-MC/2do.JM-SJM, con Reg. Nº 00076870 del 27 de noviembre del 2006, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Miraflores, de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, adjunta la Resolucion Numero UNO, del 24 de noviembre del 2006, que resuelve dictar MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA a favor de MORDAZA LOCONI SECLEN, disponiendo se le autorice de manera provisional los derechos de operacion de pesca de la embarcacion "DONA MORDAZA II", de Matricula Nº CO8757 (posteriormente CO-8364), con una capacidad de bodega de 110 Toneladas Metricas, dedicada a la extraccion de anchoveta con destino al consumo humano indirecto y sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo; al haber adquirido dicha embarcacion mediante Contrato de Compra Venta de Derechos de Operaciones y Pesca del 26 de MORDAZA de 1973, conforme lo indica en su tercer y MORDAZA considerando de la referida resolucion. Asimismo, la precitada resolucion ordena a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas se regularice y/o se reinscriba la mencionada embarcacion a efecto se expida el Certificado de Matricula correspondiente; Que por Resoluciones CINCO, SIETE y NUEVE del 17 de enero, 13 de marzo y 17 de MORDAZA del 2007 respectivamente, el referido Juzgado persistio en ordenar se otorgue el permiso de pesca mencionado en el numeral precedente, a pesar que con Oficios Nº 45432006-PRODUCE/DGEPP y Nº 162-2007- PRODUCE/ DVP, del 14 de diciembre del 2006 y del 22 de febrero del 2007 respectivamente, se le hizo de conocimiento que la embarcacion en cuestion no cuenta ni MORDAZA MORDAZA con derecho alguno de permiso de pesca otorgado por la administracion a sus anteriores duenos, por lo que la orden judicial estaria contraviniendo en forma flagrante la normatividad pesquera vigente y en especial el Articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que por lo tanto, mediante Resolucion Directoral Nº 228-2007-PRODUCE/DGEPP, del 27 de MORDAZA del 2007, en estricto cumplimiento de la Medida Cautelar y bajo responsabilidad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Miraflores de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, segun lo ordenado en las Resoluciones Numero UNO,

CINCO, SIETE y NUEVE, se resolvio otorgar a favor de MORDAZA LOCONI SECLEN permiso de pesca provisional para operar la embarcacion "DONA MORDAZA II" de 110 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso anchoveta para el consumo humano indirecto y sardina, jurel y caballa para el consumo humano directo; Que mediante el Oficio Nº 821-2007-PRODUCE/ PP, del 1 de octubre del 2007, la Procuradora Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, alcanzo a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero la Resolucion Nº TRECE indicada en el visto, la que declaro NULO la Resolucion Numero UNO, del 24 de noviembre del 2007, solo en el extremo que ordena se expida la resolucion de permiso de pesca a favor de MORDAZA LOCONI SECLEN para operar la embarcacion MORDAZA MORDAZA II, y precisa por lo tanto se anule la Resolucion que otorgo el referido permiso de pesca; Que por lo tanto, en virtud a la Resolucion Nº TRECE del visto, que en su MORDAZA Articulo precisa se anule la resolucion que otorgo el permiso de pesca referido en el MORDAZA considerando de la presente resolucion, y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial que establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales emanadas de autoridad competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley senala, asimismo, que ninguna autoridad cualquiera sea su rango o denominacion, fuera de la organizacion jerarquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de las causas pendientes ante el organo jurisdiccional, no pudiendo dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite, bajo responsabilidad politica, administrativa, civil y penal que la ley determine en cada caso; por lo que corresponde dejar sin efecto todos los alcances de la Resolucion Directoral Nº 228-2007-PRODUCE/DGEPP. Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 536 -2007PRODUCE/DGEPP-Dchi, del 4 de octubre del 2007 y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En estricto cumplimiento con lo ordenado en la Resolucion Nº TRECE emitida por el MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Miraflores de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la cual precisa se anule la precitada resolucion que otorgo el permiso de pesca, toda vez que declaro nulo la Resolucion Numero UNO del 24 de noviembre del 2006, solo en el extremo que ordena la expedicion de la resolucion de permiso de pesca; dejar sin efecto de pleno derecho y en todos sus extremos la Resolucion Directoral Nº 228-2007PRODUCE/DGEPP. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Procuraduria Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, al MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Miraflores de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignese en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 138036-3

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