Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2007 (30/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado servidor debera presentar al Titular del Sector, con MORDAZA a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con la correspondiente rendicion de cuentas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion

Que, de conformidad con la Ley Nº 27789 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y el Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Prorrogar el plazo para que concluya el MORDAZA de Fusion por Absorcion del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP PAITA con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; asi como, el plazo para la adecuacion de los instrumentos de gestion de la entidad incorporante, a los que se refieren los articulos 2º y 4º del Decreto Supremo Nº 009-2007- PRODUCE y el articulo unico de la Resolucion Ministerial Nº 299-2007PRODUCE; hasta el 31 de diciembre del ano 2007. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion

138420-1

138679-11

Prorrogan plazo para que concluya el MORDAZA de fusion por absorcion del CEP PAITA con el FONDEPES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 361-2007-PRODUCE
MORDAZA, 28 de noviembre del 2007 VISTO: El Informe Tecnico Nº 004-2007-COM.TRANSF/ PC de la Comision de Transferencia a que se refiere el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE se aprobo la Fusion del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP PAITA con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendole al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES la calidad de entidad incorporante; Que, el articulo 2º del mencionado Decreto Supremo establecio un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la MORDAZA citada, para que concluya el MORDAZA de fusion aprobado; Que, asimismo, el articulo 4º del Decreto Supremo de fusion, dispuso que el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, adecue sus instrumentos de gestion conforme a lo establecido en el mismo, teniendo en cuenta la finalidad, acciones y criterios de la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, debiendo en un plazo no mayor de de sesenta (60) dias, elevar al Ministerio de la Produccion un proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, los plazos MORDAZA referidos, fueron prorrogados mediante Resolucion Ministerial Nº 147-2007-PRODUCE hasta el 15 de MORDAZA de 2007, mediante Resolucion Ministerial Nº 192-2007-PRODUCE hasta el 30 de setiembre de 2007, y mediante Resolucion Ministerial Nº 299-2007-PRODUCE hasta el 30 de noviembre de 2007; de conformidad con lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE, el mismo que faculta al Ministerio de la Produccion a dictar, de ser necesario y mediante Resolucion Ministerial, las normas complementarias necesarias para la mejor aplicacion del referido Decreto Supremo; asi como, para prorrogar los plazos dispuestos en sus articulos 2º y 4º; Que, de acuerdo a lo informado por el Presidente de la Comision de Transferencia mediante el documento de vistos, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros no ha concluido la evaluacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del FONDEPES, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Decreto Supremo que aprobo los Lineamientos para la Elaboracion del Reglamento de Organizacion y Funciones de las entidades de la Administracion Publica; situacion que impide la culminacion del MORDAZA de fusion; por lo que, resulta necesario ampliar nuevamente los plazos previstos en los articulos 2º y 4º del Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE;

Otorgan autorizacion a Pesquera Hayduk S.A. para instalar planta de curado de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 476-2007-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 29 de octubre del 2007 Visto los escritos con Registro N° 00012847 de fechas 16 de febrero, 23 y 25 de MORDAZA, 02 de agosto, 05 de octubre del 2007 y escrito de Registro N° 00060111 de fecha 28 de agosto del 2007, presentados por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43° incisos b) del numeral 4, d), y 44° y 46° del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la autorizacion de instalacion de establecimientos industriales y para la operacion de plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos se requiere de la autorizacion y licencia correspondiente, las que constituyen derechos que el Ministerio de la Produccion, otorga a nivel nacional; Que el Articulo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento Que mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. solicita se le otorgue la autorizacion para la instalacion de la planta de curado de productos hidrobiologicos via regularizacion y licencia para la operacion respectiva, con destino al consumo humano directo, en su establecimiento industrial ubicado en la MORDAZA Industrial I -Complejo Pesquero, Playa Seca s/n, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, mediante la MORDAZA de Verificacion N° 0242007-PRODUCE/DIGAAP del 18 de junio del 2007, senala que la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion presentadas en su Estudio de Impacto Ambiental para su planta de curado de productos hidrobiologicos; Que el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru- ITP mediante Protocolo Sanitario N° PSL-012-07-CU-SANIPES del 24 de MORDAZA del 2007, precisa que la citada planta de curado, al momento de la auditoria/inspeccion efectuada, se encuentra en adecuacion a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento, establecido en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por el Decreto Supremo N° 040-2001-PE; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos N°s. 26 y 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003PRODUCE, por lo que resulta procedente lo solicitado;

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