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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (30/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2007 358607 Que, mediante el Ofi cio No. 1705-2007-FONCODES/ DE de fecha 08 de noviembre de 2007, el Director Ejecutivo (e) de FONCODES, remite el Informe No. 149-2007-FONCODES/UPR de fecha 07 de noviembre de 2007 de la Unidad de Planeamiento y Resultados, a través del cual se recomienda autorizar la transferencia de recursos del Presupuesto Institucional del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a los Pliegos de los 53 Gobiernos Locales Distritales Verifi cados, hasta por un monto total de S/. 7’977,337.00 (Siete Millones Novecientos Setenta y Siete Mil Trescientos Treinta y Siete y 00/100 Nuevos Soles), los cuales han sido declarados aptos para acceder a la transferencia de los recursos, conforme a la Resolución de Secretaría de Descentralización No. 35-2007-PCM/SD; Que, mediante el Memorando No. 390-2007-MIMDES/ OGPP de fecha 13 de noviembre de 2007, la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, remite el Informe No. 354-2007-MIMDES-OGPP/OPPI de la Ofi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones, a través del cual recomienda la aprobación de las transferencias fi nancieras de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a los Pliegos de 53 Gobiernos Locales Distritales Verifi cados, hasta por un monto total de S/. 7’977,337.00 (Siete Millones Novecientos Setenta y Siete Mil Trescientos Treinta y Siete y 00/100 Nuevos Soles), de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, la Ley No. 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley No. 28927 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por el Decreto Supremo No. 011-2004-MIMDES y modifi cado por Decreto Supremo No. 006-2007-MIMDES, los Decretos Supremos Nos. 068-2006-PCM, 036-2007-PCM y 008-2007-EF, así como en la Resolución de Secretaría de Descentralización No. 35-2007-PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar las Transferencias Financieras del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, a favor de los Pliegos de las Municipalidades Distritales que se detallan en el Anexo 1, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución, hasta por un monto de SIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.7’977,337.00) de la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, los cuales serán destinados exclusivamente para el fi nanciamiento de los Proyectos de Infraestructura Social y Productiva – Gobiernos Locales No Acreditados. Los Gobiernos Locales señalados en el referido Anexo 1 podrán disponer hasta el 10% del total de los recursos que se transfi eran, para ser destinados a fi nanciar los gastos de gestión, entendiéndose como tales a los gastos necesarios para su efi ciente y efi caz ejecución. Artículo 2.- El egreso que origine lo dispuesto en el Artículo 1, se fi nanciará con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo 3.- Los desembolsos de las mencionadas transferencias fi nancieras se efectuarán con cargo a los correspondientes calendarios de compromiso que autorice la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4.- Las transferencias de recursos se realizarán conforme a los Convenios de Gestión que para tal efecto suscriba el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social con los respectivos Gobiernos Locales. Artículo 5.- Encargar a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 6.- Remitir copia de la presente Resolución a los Organismos señalados en el Artículo 23º, numeral 23.2 de la Ley No. 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dentro de los cinco (05) días hábiles de aprobada. Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 138490-1Aprueban el Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio, correspon-diente al Año Fiscal 2007 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 580-2007-MIMDES Lima, 28 de noviembre de 2007 Vistos, la Nota Nº 203-2007-MIMDES-OGPP, de la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, y el Informe No. 193-2007-MIMDES-OGPP/ OP, de la Jefa de la Ofi cina de Planifi cación de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en su artículo 7º, numeral 7.1, establece que el Ministro como Titular del Sector y de su respectivo Pliego Presupuestal fi ja los objetivos del Ministerio, aprueba los planes de actuación y asigna los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, asimismo el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, modifi cado por Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES, establece en su artículo 15º, literal b), que es función del Ministro aprobar los documentos de gestión institucional; Que, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en su artículo 71º, numeral 71.3, establece que los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fi scal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante el artículo 1º de la Resolución Ministerial No. 194-2007-MIMDES de fecha 13 de abril de 2007, se aprobó el Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, correspondiente al año fi scal 2007; asimismo, el artículo 4º de la citada Resolución Ministerial, establece que el Plan Operativo Institucional podrá ser modifi cado y/o reformulado durante el proceso de su ejecución, a propuesta de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, realizado sobre la base de los resultados y evaluación del mismo; Que, por Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES, se aprobó la fusión por absorción del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS y del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA al MIMDES; asimismo, como resultado del citado proceso de fusión, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES se modifi có el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del MIMDES, disponiéndose la incorporación en la estructura orgánica del MIMDES a la Dirección General de la Persona con Discapacidad y la Dirección General de Pueblos Originarios y Afroperuanos, así como de sus respectivas Unidades Orgánicas; Que, posteriormente mediante el Decreto Supremo Nº 003-2007-MIMDES, se dispuso la fusión del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, en el MIMDES y el Ministerio de Agricultura. Que, asimismo por Decreto Supremo Nº 005-2007- MIMDES, se dispuso crear como órgano de línea dependiente del Despacho Viceministerial de la Mujer del MIMDES, la Dirección General de Protección Social, sobre la base de las competencias y funciones del Programa Nacional Wawa Wasi, el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual y la Unidad Gerencial de Desarrollo Integral de la Familia y Promoción del Voluntariado del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, los mismos que son absorbidos por el MIMDES. Asimismo, se dispuso adscribir la Unidad Gerencial de Investigación Tutelar del INABIF a la Secretaria Nacional de Adopciones del MIMDES; Que, mediante el Informe Nº 193-2007-MIMDES-OGPP/ OP, de la Ofi cina de Planifi cación de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del MIMDES, se sustenta la necesidad de reformular el Plan Operativo Institucional del MIMDES correspondiente al año fi scal 2007, teniendo en