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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (16/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de octubre de 2007 355460 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Pedro Eduardo Pérez Gratelly, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Loreto, en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Mixta de Maynas; materia de la Resolución N°812-2006-MP-FN, de fecha 27 de junio del 2006. Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Pedro Eduardo Pérez Gratelly, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Loreto, designándolo en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Mixta de Maynas. Artículo Tercero.- Nombrar al doctor Alexander Elías Morales Alva, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Loreto, designándolo en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Mixta de Maynas. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Loreto, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLIVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 119732-3 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1222-2007-MP-FN Lima, 15 de octubre de 2007 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Claudia Velásquez Morveli, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Piura, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Prevención de Delito de Piura. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Piura, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 119732-4 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE Declaran Emergencia Ambiental en áreas de influencia de las actividades de minería informal en la cuenca del río Ramis RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 171-2007-CONAM/PCD Lima, 15 de octubre de 2007Vistos, el Informe Técnico Legal Nº 007-2007-CONAM/ DICAREN-OAJ, de fecha 20 de septiembre de 2007, y demás antecedentes; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28804 - Ley que regula la declaratoria de Emergencia Ambiental, se aprobó el procedimiento para declarar en Emergencia Ambiental una determinada área geográ fi ca en caso de ocurrencia del algún daño ambiental súbito y signi fi cativo ocasionado por causas naturales, humanas o tecnológicas que deteriore el ambiente, ocasionando un problema de salud pública como consecuencia de la contaminación del aire, el agua o el suelo; que amerite la acción inmediata sectorial a nivel local o regional; Que, la mencionada Ley establece que el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, de o fi cio o a pedido de parte, es la autoridad competente que declara la Emergencia Ambiental, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional que corresponda u otras entidades que tienen competencia ambiental; Que, como consecuencia del desarrollo de actividades mineras informales en el ámbito de la cuenca del río Ramis, que involucra parte de los distritos de Ananea, en la provincia de San Antonio de Putina, Asillo, San Antón y Potoni, en la provincia de Azángaro y el distrito de Crucero, en la provincia de Sandia, en el departamento de Puno, se viene afectando signi fi cativamente al medio ambiente, principalmente a los suelos y cursos de agua y a las actividades económicas y de sustento que se desarrollan en la zona. Que, el desarrollo de las citadas actividades mineras vienen causando grave deterioro al ambiente, ocasionando en consecuencia, un problema de salud pública debido a la contaminación del agua y del suelo, que ameritan que se tomen las acciones inmediatas que permitan superar dicha situación, tanto a nivel local como regional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 374-2006- PCM, se constituye la Comisión Multisectorial encargada de proponer un Plan de Acción dirigido a lograr la recuperación de la Cuenca del río Ramis, la misma que se encuentra adscrita al Ministerio de Energía y Minas. Mediante Decreto Supremo Nº 034-2007-EM se aprueba el “Plan de Acción dirigido a lograr la recuperación de la cuenca río Ramis”, propuesto por la Comisión Multisectorial. Que, tomando en consideración lo expresado a través de los informes técnicos Nº 2315-2007/DEPA-APRHI/DIGESA de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud y Nº 083-2007-AG-SENASA-PUNO/UL MACUSANI del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura; así como los remitidos a través de los O fi cios Nº 270- 2007-GR-PUNO/GRRNMA y Nº 1826-2007-DRAP de la Gerencia de Recursos Naturales y Medio ambiente - Subgerencia de Defensa Civil y de la Dirección Regional Agraria de Puno, respectivamente, del Gobierno Regional de Puno y las coordinaciones con el Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI, el CONAM emitió el Informe Técnico-Legal Nº 007-2007-CONAM/DICAREN-OAJ, que recomienda entre otras acciones la declaratoria de emergencia ambiental en la cuenca del río Ramis-Puno. Que, dada la situación descrita en los considerandos precedentes resulta necesario declarar la emergencia ambiental en las zonas antes mencionadas, con la fi nalidad de llevar a cabo la recuperación de la Cuenca del río Ramis; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26410, Ley de creación del CONAM; y, la Ley Nº 28804, Ley que regula la declaratoria de Emergencia Ambiental y el Decreto Supremo Nº 034-2007-EM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar la Emergencia Ambiental, por un período de noventa (90) días calendario a partir de la