Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2007 (18/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

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denominado Rinconada de Pamplona Alta en el cual la Municipalidad Distrital, en coordinacion con las Juntas Vecinales del Sector y los propietarios de predios, deberan formular Estudios Ambientales, de Seguridad Fisica y de Saneamiento Fisico- legal de la propiedad, asi como el Planeamiento Integral que defina los usos urbanos ( productivos y no productivos), la localizacion de equipamientos urbanos y precise y senale los trazos de las vias locales y las vias metropolitanas, en concordancia con la estructura de propiedad del suelo y la configuracion vial actual. Dicha propuesta, con la opinion favorable de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores y del Instituto Metropolitano de Planificacion, sera presentada a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su aprobacion por Ordenanza Metropolitana. Articulo 11º.- MORDAZA de Reglamentacion Especial de MORDAZA MORDAZA del Triunfo Establecer como MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE) los sectores ubicados en la MORDAZA alta del Asentamiento Poblacional MORDAZA MORDAZA Mariategui y la MORDAZA colindante con el Cementerio Virgen de MORDAZA, del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo que se senalan en el Plano que se aprueba, en los cuales la Municipalidad Distrital, en coordinacion con las Juntas Vecinales de los Sectores y los propietarios de predios, debera formular Estudios Ambientales, de Seguridad Fisica y Saneamiento FisicoLegal de la propiedad, asi como el Planeamiento Integral que defina los usos urbanos (productivos y no productivos), la localizacion de equipamientos urbanos y precise y senale los trazos de las vias locales y las vias metropolitanas, en concordancia con la estructura de propiedad del suelo y la configuracion vial actual. Dicha propuesta, con la opinion favorable de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo y del Instituto Metropolitano de Planificacion, sera presentada a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su aprobacion por Ordenanza Metropolitana. Articulo 12º.- Area Concesionada para Extraccion Minera Establecer como MORDAZA de Proteccion y Tratamiento Especial (PTE) el area ubicada en el Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo que se senala en el Plano de Zonificacion que se aprueba por la presente Ordenanza, area que se encuentra concesionada para la extraccion de minerales, en la que se permite dicha extraccion, en la que se debe cumplir con los dispositivos legales sectoriales vigentes sobre seguridad y proteccion del medio ambiente. Area que cuenta con una franja de amortiguamiento, indicada en el Plano de Zonificacion que se aprueba. No se permitira el uso residencial. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Dispongase que todos los Expedientes en tramite relacionados a los Cambios Especificos de Zonificacion de los Distritos de San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA MORDAZA del Triunfo cuya zonificacion se aprueba por la presente Ordenanza, que se encuentren en las diferentes Unidades Organicas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, MORDAZA remitidos a la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura, en el estado en que se encuentren, a fin de ser resueltos en base a lo aprobado en la presente Ordenanza. Segunda.- Dispongase que en un plazo de 180 dias calendario la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores en coordinacion con las juntas vecinales y los propietarios de predios, elaboren un estudio con el proposito de resolver el problema ambiental, de salubridad y seguridad fisica del sector calificado como MORDAZA de Reglamentacion Especial denominado Rinconada de Pamplona Alta y formule un planeamiento integral del area definiendo los usos del suelo, equipamiento urbanos y los trazos de vias locales y metropolitanas, los que seran presentados a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su aprobacion mediante Ordenanza. Tercera.- Dispongase que en un plazo de 180 dias calendario la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo en coordinacion con las juntas vecinales y los propietarios de predios, elaboren un estudio con el proposito de resolver el problema ambiental, de salubridad y seguridad fisica de los sectores calificados como MORDAZA de Reglamentacion Especial localizados en la MORDAZA alta del Asentamiento MORDAZA MORDAZA Mariategui y

la MORDAZA colindante al Cementerio Virgen de MORDAZA, y formulen un planeamiento integral del area definiendo los usos del suelo, equipamiento urbanos y los trazos de vias locales y metropolitanas, los que seran presentados a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su aprobacion mediante Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Garanticese la estabilidad y vigencia del Plano, Normas de Zonificacion e Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas de los Distritos que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiendose que los mismos, dentro de dos anos, MORDAZA evaluados conjuntamente por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales de San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA MORDAZA del Triunfo, pudiendo ser reajustado en lo pertinente. Durante dicho periodo, se suspenden los Cambios Especificos de Zonificacion, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversion que se califiquen de Interes Local por el Concejo Distrital respectivo o de Interes Metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para lo cual, se seguira el MORDAZA que se precisa en la MORDAZA Disposicion Final. Las Ordenanzas Metropolitanas sobre Cambios Especificos de Zonificacion, promulgadas con anterioridad a la presente Ordenanza tienen plena vigencia hasta el Plazo establecido en el Primer Parrafo del presente Disposicion. Segunda.- Establezcase un regimen excepcional de Cambios Especificos de Zonificacion que promueva la inversion publica o privada, debidamente sustentados y declarados de interes local por las Municipalidad Distritales San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA MORDAZA del Triunfo, cuando corresponda, y de interes metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para lo cual debera cumplirse el siguiente proceso: 1º Los interesados presentaran sus iniciativas a la Municipalidad Distrital correspondiente. 2º La Municipalidad Distrital, evaluando tecnicamente el comportamiento de la Zonificacion en el area MORDAZA y tomando en cuenta la opinion de los vecinos directamente afectados (ubicados en ambos frentes de la via en donde se localiza la MORDAZA materia del cambio y, opcionalmente, en el predio posterior y en las manzanas circundantes), estudiara la factibilidad del Cambio Especifico de Zonificacion. El organo competente de las Municipalidades Distritales formulara el Informe Tecnico correspondiente. 3º La Municipalidad Distrital, mediante Acuerdo de Concejo declarara de Interes Local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion, elevandolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima. 4º La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, evaluara la propuesta y emitira opinion tecnica a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, del Instituto Metropolitano de Planificacion y, de ser el caso, de otros organos especializados en la materia. 5º El Concejo Metropolitano de MORDAZA, de considerarlo conveniente, aprobara el Cambio Especifico de Zonificacion mediante Ordenanza. 6º En el caso de una propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion de importancia metropolitana, que se caracterice por constituir un planteamiento que tenga efectos de orden vial, ambiental, operacional o de densidad residencial, que impacten a un sector MORDAZA mayor que el estrictamente vecinal, la Municipalidad Distrital emitira opinion sobre el pedido y lo elevara a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su decision. Tercera.- Dispongase que en los Distritos de San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA MORDAZA del Triunfo, no sea de aplicacion el Articulo 34.2 de la Ordenanza Nº 620-MML de fecha 4 de MORDAZA del 2004 y el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 738-MML de fecha 18 de diciembre del 2004. Cuarta.- Ratifiquese que los Aportes resultantes de los procesos de las Habilitaciones Urbanas, son inalienables, inembargables e imprescriptibles y, en ningun caso, pueden ser transferidos a particulares y modificarse el uso para el que fueron destinados. Teniendo en cuenta el objeto social del Servicio de Parques de MORDAZA ­ SERPAR MORDAZA y el Fondo Municipal de Renovacion MORDAZA ­ FOMUR y el Ministerio de Educacion, estos podran enajenar los bienes que

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