Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2007 (18/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

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ANEXO Nº 02 ESPECIFICACIONES NORMATIVAS DE LA ZONIFICACION CORRESPONDIENTES AL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO II DE MORDAZA METROPOLITANA A. RELACIONADAS CON LOS PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS A.1 Las alturas maximas que se indican en los MORDAZA Resumen de Zonificacion, seran de aplicacion en lotes iguales o mayores al normativo. A.2 La subdivision de lotes solo se permitira cuando los lotes resultantes (area y frente), MORDAZA iguales o mayores al minimo normativo senalado en los MORDAZA Resumen de Zonificacion. A.3 Las areas de Aportes, producto de los procesos de Habilitacion MORDAZA, mantienen la finalidad con que fueron aprobadas, independientemente de la calificacion senalada en el Plano de Zonificacion. A.4 En las Zonas de Comercio Vecinal (CV) y Comercio Zonal (CZ), no sera obligatorio destinar parte o la totalidad del predio a Uso Comercial, pudiendo destinarse el mismo integramente al Uso Residencial. A.5 En las Zonas de Comercio Vecinal (CV) se permitira hasta 7 pisos de altura en lotes mayores de 200 m2 ubicados frente a avenidas con ancho mayor a 25 ml. y hasta 6 pisos de altura en lotes mayores de 200 m2 con frente a avenidas con ancho entre 20 ml y 25 ml. Lo MORDAZA senalado se aplicara siempre y cuando se combine con el uso residencial o se destine exclusivamente a uso residencial. A.6 En zonas Residenciales de Densidad Alta RDA, en lotes iguales o mayores a 450 m2 ubicados frente a vias locales, se podra construir hasta una altura MORDAZA de 10 pisos. A.7 En Zonas Residenciales de Densidad Alta en lotes iguales o mayores de 450 m2 ubicados frente a avenidas con ancho mayor de 20 ml. se podra aplicar la formula h = 1.5 (a+r) para definir la altura de edificacion (h = Altura MORDAZA de Edificacion en metros; a = Ancho de Via; r = Retiro Municipal establecido para ambos lados de la via). A.8 En la MORDAZA calificada como Comercio Metropolitano CM comprendida entre la Av. Mexico, Av. San MORDAZA, Av. 28 de MORDAZA y Av. Parinacochas se permitira una altura MORDAZA de edificacion resultante de la aplicacion de la formula h = 1.5 (a+r) hasta un MORDAZA de 12 pisos (36 metros) A.9 En Zonas Residenciales de Densidad Alta en lotes iguales o mayores de 450 m2 ubicados frente a parques, se podra construir hasta una altura MORDAZA de 15 pisos. A.10 La altura MORDAZA de piso a piso de los departamentos en edificios multifamiliares sera de 3.00 ml. A.11 Los requerimientos de estacionamiento para los usos no contemplados en las normas anteriores seran los que se indican en el Cuadro siguiente. La Municipalidad Distrital podra proponer las modificaciones que considere necesarias, las que deberan ser evaluadas y aprobadas por Ordenanza Metropolitana. UN ESTACIONAMIENTO POR CADA 100 m2 de area de venta 100 m2 de area de venta 25 puestos 20 butacas

B.- RELACIONADAS CON LAS COMPATIBILIDADES DE USO B.1 Cuando concluyan sus actividades educativas o de salud, los predios zonificados con Uso Educativo (E1, E2) o de Salud (H1, H2) podran optar por el uso residencial que corresponda a la MORDAZA, sin requerir de Cambio Especifico de Zonificacion cuando concluyan sus actividades educativas o de salud. B.2 En las Zonas Residenciales de Densidad Media o Alta (RDM o RDA), como uso complementario a la vivienda, se permitiran en el primer piso de edificaciones unifamiliares, oficinas administrativas y actividades artesanales a pequena escala, que ocupen hasta un MORDAZA del 35% del area del lote y con las actividades especificas compatibles senaladas en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas. B.3 En Zonas RDM y RDA ubicadas con frente a avenidas, se permitiran actividades comerciales y oficinas administrativas en el primer piso de edificaciones multifamiliares, siempre y cuando estas cuenten con ambientes especialmente disenados para tal fin y tengan acceso independiente desde la calle. B.4 Las viviendas unifamiliares existentes en Zonas Residenciales de Densidad Alta (RDA) con frente a vias metropolitanas o avenidas con separador central, podran destinar el 100% de la edificacion al funcionamiento de actividades administrativas o comerciales compatibles que se senalan en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas. B.5 En zonas calificadas como Vivienda Taller, se permitira el uso mixto de vivienda con otras actividades que se senalen en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas, en lotes existentes con area igual o mayor de 120 m2. En nuevas habilitaciones se exigira el lote minimo de 180 m2. B.6 En las zonas Vivienda Taller se aceptara la permanencia de aquellos establecimientos exclusivamente industriales que actualmente existen, los cuales deberan adecuarse a las condiciones de funcionamiento y plazos que defina la MML a traves del Organo competente, en coordinacion con el Municipio Distrital. No se permitira la localizacion de nuevos establecimientos industriales. B.7 Los predios con calificacion Residencial, ubicados con frente a un Centro Comercial en funcionamiento y separados por calles locales, son compatibles con actividades comerciales, artesanales a pequena escala y oficinas administrativas, segun el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas correspondiente al nivel de Comercio Vecinal CV. 120556-1

Aprueban actualizacion del Sistema Vial Metropolitano, correspondiente a los distritos de Carabayllo y MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 1083 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11 de octubre de 2007, el Dictamen Nº 185-2007-MMLCMDUVN de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACION DEL SISTEMA VIAL METROPOLITANO, CORRESPONDIENTE A LOS DISTRITOS DE CARABAYLLO Y MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar la Actualizacion del Sistema Vial Metropolitano correspondiente a los distritos de Carabayllo y MORDAZA MORDAZA, contenida en los siguientes planos: Plano P-1 ­ Plano del Sistema Vial, Plano P-2 ­ Secciones Viales

ACTIVIDADES - Supermercados - Tiendas de Autoservicio - Mercados - Cines, teatros y locales de Espectaculos - Locales Culturales, Clube e Instituciones y Similares - Locales de Culto

75 m2 de area techada

30 m2 de area de culto

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