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NORMAS LEGALESEl Peruano Lima, viernes 19 de octubre de 2007 355653 la baja en los inventarios de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General, por la causal de obsolescencia técnica, de un (1) cargador frontal, marca Caterpillar , modelo 930, número de chasis 41K-2559, año 1972; Que, mediante Informe Técnico-Legal Nº 033-2007- MTC/CGP e Informe Nº 044-2007-MTC/CGP, el Comité de Gestión Patrimonial recomendó efectuar la transferencia en la modalidad de donación del cargador frontal, marca Caterpillar , modelo 930, número de chasis 41K-2559, año 1972, dado de baja mediante Resolución Directoral Nº 074-2007-MTC/10, a favor de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de La Libertad; Que, el artículo 173º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF , en concordancia con lo establecido en el numeral 2.1.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN: “Procedimiento para la Donación de Bienes Muebles dados de Baja por las Entidades Públicas y para la Aceptación de la Donación de Bienes Muebles a favor del Estado”, aprobada mediante Resolución Nº 031-2002-SBN, establece que la donación de bienes muebles dados de baja, de una entidad pública a favor de otra entidad pública, debe aprobarse mediante Resolución del titular de la entidad pública donante. Asimismo, el artículo 175º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF indica que dicha Resolución deberá ser transcrita, sin excepción alguna, a la Superintendencia de Bienes Nacionales – SBN, dentro de los veinte (20) días siguientes a su emisión; Que, según los numerales 1.4.1, 1.4.2 y 2.1.3 de dicha Directiva, la potestad decisoria de impulsar el trámite de donación queda reservada, según sea el caso, a la entidad propietaria y a la Superintendencia de Bienes Nacionales, respecto de los bienes muebles dados de baja que se encuentren en el ámbito de su administración. Además, dispone que la donación de bienes muebles dados de baja por las entidades públicas se rige por las disposiciones contenidas en ella, según la cual se requiere de un informe favorable del Comité de Gestión Patrimonial, señalando igualmente, que las resoluciones deberán aprobar la donación bajo el término de “T ransferencia en la Modalidad de Donación” y especifi car las características y el valor de los bienes muebles objeto de donación; Que, dado que se cuenta con la opinión favorable del Comité de Gestión Patrimonial, sobre la disponibilidad del cargador frontal, marca Caterpillar , modelo 930, número de chasis 41K-2559, año 1972, siendo que en el presente caso, dicho Comité ha señalado que la solicitud de donación formulada es viable, resulta procedente emitir el resolutivo que apruebe la donación del referido bien mueble, a favor de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de La Libertad; Que, de conformidad con la Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 009-2002/SBN, aprobada mediante Resolución Nº 031-2002-SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donación, a favor de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de La Libertad, del bien mueble, cuyas características se describen a continuación: Denominación : Cargador Frontal. Código Patrimonial : 67360626000188. DETALLE TÉCNICO Marca : Caterpillar. Modelo : 930. Número de Chasis : 41K-2559. Número de Motor : No ubicado. Año de Fabricación : 1972. Estado de Conservación : Regular. Valor Actual : S/. 13 029.64. Valor Depreciado : S/. 13 028.64. Valor Neto : S/. 1.00. Causal de Baja : Obsolescencia Técnica. Artículo 2º.- Disponer que el Comité de Gestión Patrimonial de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones proceda a la formalización de la entrega física del bie n materia de tran sferencia en la modalidad de donación con la entidad benefi ciaria. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 175º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modifi catorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZA VALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 121373-1 Amplían área de concesión otorgada mediante R.M. Nº 798-2002-MTC/03 a persona natural para prestar servicio de distribución de radiodifusión por cable RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 615-2007 MTC/03 Lima, 16 de octubre de 2007 VISTA, la solicitud formulada por don ÁNGEL ENRIQUE BALBÍN HUAMÁN con Expediente Nº 2007- 011329, de fecha 12 de abril de 2007 sobre modifi cación del contrato de concesión por ampliación del área de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 798-2002- MTC/03, de fecha 13 de diciembre de 2002, se otorgó a don MIGUEL ÁNGEL CHOQUE LLERENA, concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico en el distrito de Cieneguilla, de la provincia y departamento de Lima; habiéndose suscrito el respectivo contrato de concesión con fecha 17 de enero de 2003; Que, con Resolución V iceministerial Nº 344-2003- MTC/03, de fecha 5 de diciembre de 2003, se aprobó la transferencia de la concesión, otorgada a don MIGUEL ÁNGEL CHOQUE LLERENA p or Resolución Mi nisterial Nº 798-2002-MTC/0 3 para la presta ción del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, a favor de don ÁNGEL ENRIQUE BALBÍN HUAMÁN; habiéndose suscrito la adenda correspondiente con fecha 16 de enero de 2004; Q ue, con Resolución Minist erial Nº 886-2005-MTC/03 de fecha 29 de noviembre de 2005, se modifi có el ár ea de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico otorgada mediante Resol ución Ministerial Nº 798- 2002-MTC/03 y adquirida por don ÁNGEL ENRIQUE BALBÍN HUAMÁN mediante Resolución V iceministerial Nº 344- 2003-MTC/03; incluyéndose el distrito de Pachacamac, de la provincia y departa mento de Lima; habiéndose suscrit o la adenda correspondiente con fecha 22 de febrero de 2006; Que, con expediente de la VISTA, el concesionario solicita la modifi cación de su contrato de concesión con la fi nalidad de ampliar el área de la concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 798-2002-MTC/03, incluyendo los distritos de La Molina, Ate, Santa Anita, El Agustino y San Juan de Lurigancho, de la provincia y departamento de Lima; Que, la Cláusula Décimo Sexta del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 798- 2002-MTC/03 establece que las partes podrán acordar , por escrito, la modifi cación o cambio del mencionado Contrato sujetándose a las leyes y reglamentos vigentes; Que, el artículo 124° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC/03, establece que la suscripción del contrato de concesión se