Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2007 (19/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de octubre de 2007

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Oficializan el "Reglamento de Nombramiento de Magistrados Suplentes" de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA NORTE CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 014-2007-CED-CSJLN/PJ MORDAZA, 4 de octubre del 2007. VISTO: La propuesta de Reglamento de Nombramiento de Magistrados Suplentes, presentado por el Doctor MORDAZA MORDAZA Escalante; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 239º, de la Ley Organica del Poder Judicial en su ultimo parrafo, dispone que los Consejos Ejecutivos Distritales reglamentan el nombramiento de los magistrados suplentes. Que, en atencion al citado articulo el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, presento el Proyecto de Reglamento de Nombramiento de Magistrados Suplentes con la finalidad de regular la convocatoria, la formacion de la comision, las pautas de evaluacion y juramentacion de los abogados aptos para desempenarse como magistrados suplentes. Que, en sesion de fecha 23 de agosto ultimo, se ha tratado como punto de agenda el citado reglamento, el cual ha sido sometido a debate articulo por articulo y luego de las modificaciones respectivas, se aprobo por unanimidad. Que, siendo ello asi resulta necesario declarar oficial el reglamento de nombramiento de Magistrados Suplentes con la finalidad de dotarle de la formalidad que requiere para su aplicacion. En uso de las facultades conferidas por el Articulo 96º de la Ley Organica del Poder Judicial; el Consejo Ejecutivo Distrital de MORDAZA Norte, por unanimidad; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR OFICIAL EL "REGLAMENTO DE NOMBRAMIENTO DE MAGISTRADOS SUPLENTES" de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte; la misma que consta de 02 (dos) Titulos, 12 (doce) Articulos y 02 (dos) Disposiciones Transitorias. Articulo Segundo.- El Reglamento que se contrae el articulo primero, entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- PONGASE la presente Resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la Republica, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafon, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital y de los Senores Vocales. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA PUERTAS INFANTES MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAUSA MORDAZA

REGLAMENTO DE NOMBRAMIENTO DE MAGISTRADOS SUPLENTES TITULO I DE LA FINALIDAD Y SU BASE LEGAL Articulo 1º.- El presente Reglamento regula el procedimiento de nombramiento de Magistrados Suplentes para la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. Articulo 2º.- La base legal de este reglamento es el Articulo 239º de la Ley Organica del Poder Judicial, que senala que: "En la sesion de Sala Plena donde se elige al Presidente de la Corte Superior, se nombra Vocales y Jueces Suplentes, siempre que reunan los requisitos de idoneidad que exige la ley y en numero no mayor al 30% de los titulares, para cubrir las vacantes que se produzcan. Solo asumen las funciones cuando no MORDAZA reemplazantes habiles segun lo establecido en los articulos 236º, 237º y 238º, previa designacion de la Presidencia. Los Consejos Ejecutivos Distritales o las Cortes Superiores en su caso, reglamentan la aplicacion del presente articulo...". TITULO II DEL PROCEDIMIENTO PRIMERA PARTE: DE LA SELECCION Articulo 3º.- Cada ano en los meses de octubre y noviembre se llevara a efecto el procedimiento de seleccion de Vocales y Jueces Suplentes de todas las especialidades en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte; debiendo la Comision entregar los resultados a mas tardar el treinta y uno de noviembre. Articulo 4º.- En sesion de Consejo Ejecutivo Distrital se designara una Comision Especial, la que estara Presidida por el Presidente de la Corte Superior e integrada por 02 Vocales Titulares, 01 Juez Especializado o Mixto Titular y 01 Juez de Paz Letrado Titular. Articulo 5º.- La convocatoria se MORDAZA mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano con la debida anticipacion, en una parte visible de la sede judicial y en la Pagina WEB de la Corte Superior. MORDAZA PARTE: DE LA EVALUACION Y CALIFICACION Articulo 6º.- La Comision Especial declarara apto para ser magistrado al postulante en base a los antecedentes con que pudiera contar, su perfil profesional y razonamiento logico juridico mediante una entrevista. Articulo 7º.- Los informes de la OCMA y ODICMA formaran parte de la evaluacion del postulante. Articulo 8º.- La comision especial efectuara la calificacion de los meritos con que cuente el postulante, para tal efecto se tomara en cuenta la escala de valores vigente que utiliza el Consejo Nacional de la Magistratura, en lo que fuera pertinente. Articulo 9º.- Realizado el cuadro en estricto orden de meritos, la Comision Especial MORDAZA conocer mediante la pagina WEB de la Corte a los postulantes declarados aptos y por Secretaria a los no seleccionados para que MORDAZA sus reclamaciones u observaciones dentro del plazo de tres dias habiles. TERCERA PARTE: DE LA APROBACION Articulo 10º.- La relacion de postulantes aptos sera sometido a la Sala Plena para su aprobacion. CUARTA PARTE: DE LAS IMPUGNACIONES Articulo 11º.- Las impugnaciones seran resueltas por la Comision Especial en el termino de 2 dias y las apelaciones por el Consejo Ejecutivo Distrital en igual plazo. MORDAZA PARTE: DE LA JURAMENTACION Articulo 12º.- Los Vocales y Jueces Suplentes Juramentaran como tales en acto publico en la ceremonia de apertura del ano judicial y seran designados en estricto

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