Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2007 (19/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de octubre de 2007

Alcaldia la nueva "Lista de Precios cuya Prestacion no es Exclusiva de la Municipalidad Provincial del Callao"; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DEROGA LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 000022 DEL 31 DE MARZO DEL 2007, QUE APRUEBA EL TARIFARIO DENOMINADO "LISTA DE PRECIOS CUYA PRESTACION NO ES EXCLUSIVA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO" Articulo 1º.- Derogase la Ordenanza Municipal N° 000022 del 31 de marzo del 2007, que aprueba el Tarifario Denominado "Lista de Precios cuya Prestacion no es Exclusiva de la Municipalidad Provincial del Callao". Articulo 2º.- Autorizase al senor MORDAZA a emitir las normas legales que perfeccionen los alcances de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- La presente Ordenanza vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 121365-1 entrara en

Aprueban Ordenanza de regularizacion y simplificacion de procedimientos para las edificaciones en asentamientos humanos y/o urbanizaciones populares que cuenten con titulacion
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000049 Callao, 29 de setiembre de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 29 de setiembre de 2007; aprobo la siguiente: Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194 establece que las municipalidades como organos del gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en el articulo 79º referido a la organizacion del espacio fisico y uso del suelo, en el punto 1 inciso 1.4 establece que corresponde a las municipalidades provinciales aprobar la regularizacion respecto del otorgamiento de licencias y las labores de control y fiscalizacion de las municipalidades distritales en las materias, reguladas por los planes MORDAZA mencionados, de acuerdo con las normas tecnicas de la materia conforme precisa el numeral 1.4.1, sobre el otorgamiento de licencias de construccion, remodelacion o demolicion; Que, la Ley de Regularizacion de Edificaciones del Procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun Nº 27157 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2006MTC; asi como el Reglamento Nacional de Edificaciones resultan inaplicables en los asentamientos humanos y/o urbanizaciones populares de la jurisdiccion de la Municipalidad Provincial del Callao por cuanto, dichas

normas no han tenido en consideracion los problemas economicos y sociales que atraviesan tales sectores, impidiendoles formalizar su situacion ante la Corporacion MORDAZA y ante la Superintendencia Nacional de Registros Publicos del Callao, sea regularizando las construcciones ejecutadas o iniciando el tramite de licencia de obra en sus diversas modalidades; Que, con el fin de encausar dentro de la legalidad este gran sector de la Provincia Constitucional del Callao, es necesario dictar una MORDAZA de caracter excepcional que sea flexible en cuanto a los requisitos y procedimientos; Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores, es necesario dictar una MORDAZA de caracter excepcional que posibilite una mayor flexibilidad en los requisitos y procedimientos a seguir por los propietarios de los predios ubicados en los asentamientos humanos y/o urbanizaciones populares, que conlleve a una rebaja o eliminacion de los costos que demanden los diferentes tramites que conlleven la regularizacion de edificaciones; asi como para obras nuevas, a fin que puedan ingresar a la formalizacion gradual de las edificaciones, estimulando de esta manera que los predios informales se conviertan en activos susceptibles de multiples transacciones mercantiles capitalizando los bienes del administrado, permitiendo su ingreso al MORDAZA laboral formal y puedan acceder a ser beneficiarios de los bonos del Programa de Techo Propio Mi Hogar, en aires, independizados o similares; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2000Vivienda, se aprobo un procedimiento simplificado de Declaratoria de Fabrica e Independizacion para la construccion de nuevas unidades inmobiliarias en aires, cuyo objetivo es simplificar los procedimientos y consigna tasas preferenciales para la calificacion e inscripcion registral de las declaratorias de fabrica, independizacion y reglamentos internos, cuyas tasas serviran para la inscripcion de los actos producto de la aplicacion de la presente Ordenanza; Que, con Memorando Nº 1535-2007-MPC/GGDU, la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, opina que con el fin de encausar dentro del MORDAZA legal en los sectores populosos de la Provincia Constitucional del Callao, se elabore una MORDAZA municipal que regularice y simplifique los procedimientos para las edificaciones en asentamientos humanos y urbanizaciones populares, segun lo establecido en la Ley Nº 27157, Ley de Regulacion de Edificaciones y su Reglamento; Que, con Informe Nº 978-2007-MPC-GGAJCSGAA, de la Sub-Gerencia de Asuntos Administrativos dependiente de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion es de opinion que se elabore una ordenanza municipal que regularice y simplifique los procedimientos para las edificaciones en asentamientos humanos y urbanizaciones populares, que cuenten con titulacion, ya que se encuentran dentro del MORDAZA legal por ser competencia de las municipalidades, y aprobacion por parte del Concejo Municipal en uso de sus atribuciones establecidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA DE REGULARIZACION Y SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOS PARA LAS EDIFICACIONES EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y/O URBANIZACIONES POPULARES QUE CUENTEN CON TITULACION TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1. OBJETO DE LA ORDENANZA. Establecer un procedimiento simplificado de regularizacion de las edificaciones ejecutadas sin la respectiva licencia de obra, de acuerdo al procedimiento establecido en la presente Ordenanza; asi como la emision de licencias de obra nueva, ampliacion, acondicionamiento, modificacion y licencia de obra menor y/o demolicion, incentivando con ello la formalidad en las edificaciones para los predios destinados a vivienda o uso mixto de vivienda comercio y/o vivienda taller, con el fin de

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