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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (25/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de octubre de 2007 356019 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban realización del Quinto Matrimonio Civil Comunitario DECRETO DE ALCALDÍA Nº 024 San Juan de Lurigancho, 18 de octubre de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 123-07-SG-RRCC/MDSJL, de fecha 27/09/2007, de la Sub Gerencia de Registro Civil, el Informe Nº 173-2007-SGPP-GP/MDSJL, de fecha 03/10/2007, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe Nº 292-2007-GAF/MSJL de fecha 05/10/2007, de la Gerencia de Administración; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 123-07-SG-RRCC/MDSJL de fecha 27.09.2007, la Sub Gerencia de Registro Civil señala que se tiene programado llevar a cabo el Quinto Matrimonio Civil Comunitario el día 22 de diciembre del 2007, a las 11.00 horas, en el Módulo Siglo XXI del Gran Parque Zonal Wiracocha; Que, asimismo mediante Informe Nº 173-2007-SGPP- GP/MDSJL de fecha 03.10.2007 emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, se señala que existe disponibilidad presupuestaria en la Actividad 000640 Conducción y Manejo de Registros Civiles hasta por la suma de S/. 6,825.00 (Seis Mil Ochocientos Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles) para atender los gastos para la realización del Quinto Matrimonio Civil Comunitario previsto para el día 22/12/2007; Que, mediante Informe Nº 292-2007-GAF/MDSJL, de fecha 05/10/2007, la Gerencia de Administración señala que existe disponibilidad fi nanciera para solventar la realización del quinto matrimonio civil comunitario; Que, el Artículo 252º del Código Civil vigente faculta al Alcalde dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el Artículo 248º del mismo cuerpo legal; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala en su Artículo 42º que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, es objetivo primordial de la actual gestión municipal propiciar las bases sólidas de formación de la familia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento, protección y formalización como célula básica de la sociedad en armonía con nuestro ordenamiento jurídico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vínculos de paternidad y protección a la familia que el marco jurídico exige, y que en armonía de lo consagrado por el Artículo 4º de nuestra Constitución Política, es obligación del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Por las consideraciones antes expuestas, y estando a establecido en el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y el Artículo 248º y 252º del Código Civil vigente; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la ceremonia del Quinto Matrimonio Civil Comunitario, la misma que se llevará a cabo el día sábado 22 de diciembre del 2007 a las 11:00 horas en el Módulo Siglo XXI del Gran Parque Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Próceres de la Independencia, Cuadra 15 – San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- DISPENSAR la publicación de los avisos de Ley para el Matrimonio Civil Comunitario, realizándose una única publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, indicando en forma genérica el día, la hora y el lugar donde se llevará a cabo el Matrimonio Civil Comunitario. Artículo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estarán disgregados de la siguiente manera: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en Caja del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRE NUPCIAL: Pagar en Caja del Local Central por Examen Médico la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el Quinto Matrimonio Civil Comunitario, son los que a continuación se detallan: - Acta de nacimiento de ambos contrayentes (original y copia actualizada). - Copias legalizadas de los Documentos Nacionales de Identidad de ambos novios (mostrar original con el holograma de las últimas elecciones). - Certificado Pre Nupcial (médico), expedido por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (S/. 60.00). - Expediente Matrimonial (S/. 40.00).- Certifi cado Domiciliario.- Certifi cado de Soltería.- Copias de los Documentos Nacionales de Identidad de dos (02) testigos (mostrar original con el holograma de las últimas elecciones). - El Acta de Nacimiento y Certifi cado de Soltería del Contrayente Extranjero, debe contar con la visación del Cónsul Peruano en el país de origen, así como con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores. - Se dispensará la publicación del edicto matrimonial en cualquier diario de circulación local. Artículo Quinto.- AUTORIZAR la recepción de los Expedientes Matrimoniales a partir de la expedición del presente Decreto de Alcaldía, hasta el jueves 20 de diciembre del 2007. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Secretaría General a través de la Sub Gerencia de Registro Civil, el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 123464-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prohíben celebraciones que perturben la celebración del 1 de noviembre por el día de los santos y los muertos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000009-2007-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 23 de octubre del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES