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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de octubre de 2007 356003 los requisitos establecidos en el artículo 11º de la referida Resolución, encontrándose técnica y administrativamente capacitada para el inicio de sus operaciones; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “C” mediante Informe Nº 150-VC-2007-DEB “C”, y con las opiniones favorables del Departamento Legal, el Departamento de Evaluación de Riesgos de Operación, el Departamento de Evaluación Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones, el Departamento de Evaluación de Riesgos de Crédito y el Departamento de Supervisión de Servicios al Usuario, así como las de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Asesoría Jurídica y de Riesgos. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27º de la Ley Nº 26702 y modifi catorias, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la referida Ley General; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, el funcionamiento de “Banco Santander Perú S.A.” como una empresa bancaria, la misma que podrá realizar las operaciones señaladas en el artículo 283º de la Ley General. Artículo Segundo.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certifi cado de Autorización de Funcionamiento, el que deberá ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Ofi cial El Peruano y la segunda en uno de extensa circulación nacional, debiendo exhibirse permanentemente en la ofi cina principal de la empresa, en lugar visible al público. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 123976-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen inscripción de “Bonos de Titulización de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima - Quinta Emisión” en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTÓNOMOS Nº 32-2007-EF/94.06.2 Lima, 17 de octubre de 2007VISTOS: Los expedientes Nº 2007026996, Nº 2005005284 y el Memorándum Nº 3133-2007-EF/94.06.2 del 16 de octubre de 2007; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 301 y 314 de la Ley del Mercado de Valores, en los fi deicomisos de titulización, la sociedad titulizadora que actúa como fi duciario es la que realiza la emisión de los valores respaldados por el patrimonio fi deicometido; Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 095-2005-EF/94.11 del 13 de setiembre de 2005, se dispuso aprobar el trámite anticipado e inscribir el programa de emisión de valores denominado “Programa de Bonos de Titulización de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima” hasta por un monto en circulación de S/. 250 000 000,00 (doscientos cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles), así como el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante Resolución Directoral de Patrimonios Autónomos Nº 30-2007-EF/94.06.2 del 2 de octubre del 2007, se aprobó la renovación del trámite anticipado del “Programa de Bonos de Titulización de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima” y se dispuso el registro del segundo prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante escritos del 18 de setiembre y 11 de octubre de 2007, Scotia Sociedad Titulizadora S.A. solicitó la inscripción de los bonos de titulización denominados “Bonos de Titulización de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima – Quinta Emisión” hasta por un monto máximo de emisión de S/. 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) y el registro del complemento del prospecto marco correspondiente; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que Scotia Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley de Mercado de Valores, el Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos en lo que corresponde y con lo establecido en el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; así como en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 333 de la Ley de Mercado de Valores y por los artículos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, así como el literal d) del artículo 32 del Decreto Supremo Nº 038-2007-EF y la Resolución CONASEV Nº 034-2007-EF/94.10; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los bonos de titulización denominados “Bonos de Titulización de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima - Quinta Emisión” hasta por un monto máximo de emisión de S/. 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) y el registro del complemento del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- La oferta pública de los valores a que se refi ere el artículo 1º deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se refi ere el artículo 53 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos y, en lo que corresponda, con la establecida en los artículos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. La colocación de los valores deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (09) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, prorrogables hasta por un período igual a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 3º.- La inscripción y registro a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de CONASEV. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima, en su calidad de fi deicomitente; a Scotia Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fi duciario; a Empresa Municipal Administradora