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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (25/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de octubre de 2007 356009 Aceptan donación que será destinada a apoyar a damnificados por el sismo del 15 de agosto de 2007 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 393-2007-INDECI 19 de octubre de 2007VISTOS: el Memorando Nº 5260-2007-INDECI/6.0 del 12 de octubre de 2007 y el Informe Nº 271-07/INDECI/6.2.3 del 24 de septiembre de 2007; y, CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es el órgano central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; que, en su condición de Entidad receptora de donaciones por mandato legal, canaliza las donaciones pecuniarias a través de la Cuenta Corriente aperturada en el Banco de Crédito del Perú; Que, mediante los documentos de Vistos, se informa sobre la donación efectuada por la CORPORACION PESQUERA INCA SAC - COPEINCA, ascendente a la suma de DIEZ MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 10,000.00) según el Extracto Bancario del Banco de Crédito del Perú, efectuado el 17 de agosto de 2007, la cual ha sido abonada en la cuenta DONACIONES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL del Banco de Crédito del Perú en Moneda Extranjera Cta. Cte. Nº 193-1619136-1-18, como apoyo a los damnifi cados por el sismo ocurrido el 15 de agosto de 2007; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, además señala que cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias, la referida Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia, resulta necesario expedir la Resolución de Aceptación de la citada donación; Con la visación de la Sub Jefatura, de la Ofi cina de Administración y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus modifi catorias y ampliatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos Nº 005-2003-PCM, Nº 095-2005-PCM y la Resolución Jefatural Nº 118-2007-INDECI; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la donación dineraria efectuada por la CORPORACION PESQUERA INCA SAC - COPEINCA, ascendente a la suma de DIEZ MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 10,000.00) según el Extracto Bancario del Banco de Crédito del Perú, efectuado el 17 de agosto de 2007, la cual ha sido abonada en la cuenta DONACIONES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CILVIL del Banco de Crédito del Perú en Moneda Extranjera Cta. Cte. Nº 193-1619136-1-18, como apoyo a los damnifi cados por el sismo ocurrido el 15 de agosto de 2007. Artículo 2º.- Agradecer a la CORPORACION PESQUERA INCA SAC - COPEINCA por el valioso aporte efectuado a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Artículo 3º.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario Ofi cial El Peruano y remita copia autenticada por el Fedatario a la entidad donante, a la Sub Jefatura, a la Dirección Nacional de Logística, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Administración y de Planifi cación y Presupuesto, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.CIRO MOSQUIERA LOVÓN Jefe (e) del Instituto Nacional de Defensa Civil 123384-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Norma Técnica Peruana de conductores eléctricos RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 95-2007/INDECOPI-CRT Lima, 10 de octubre de 2007CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el siguiente Comité Técnico de Normalización Permanente: Conductores eléctricos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, el Comité Técnico de Normalización citado, presentó el siguiente Proyecto de Norma Técnica Peruana (PNTP) en la fecha indicada: Conductores Eléctricos, 1 PNTP, el 2 de agosto del 2007. El Proyecto de Norma Técnica Peruana fue elaborado de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopción y sometido a Discusión Pública por un período de 30 días contados a partir del 31 de agosto del 2007. Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Norma Técnica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime