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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de octubre de 2007 356013 y registral de los terrenos revertidos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 078-2006-EF. c) El expediente contendrá la siguiente documentación: • Resolución administrativa que disponga la incorporación al dominio del Estado y/o la cancelación de los asientos de dominio extendidos a nombre de terceros, de los terrenos que en su condición de eriazos fueron revertidos al dominio del Estado, conforme a las Leyes Especiales Nºs. 11061, 14197, 17716, 18460, 19462, 19955 y demás disposiciones conexas y complementarias. • De ser el caso, la partida registral donde se encuentre inscrito el domino del Estado o del benefi ciario con el acto de disposición. • Partida registral del tercero afectado con la formalización de la reversión. • Memoria descriptiva del inmueble revertido indicando la ubicación, el área el perímetro, los linderos, las medidas perimétricas y zonifi cación. • Plano Perimétrico-Ubicación del predio revertido a escala apropiada, indicando el área, los linderos, los ángulos y las medidas perimétricas. • Fotografías a colores del predio materia de reversión. • Certifi cado catastral emitido por SUNARP.• Notifi cación y/o publicación.• Informe Técnico Legal de la SBN.• Plano de Diagnóstico de superposiciones.• Otros documentos técnicos y legales que sean necesarios. VI. Disposiciones Específi cas Del Procedimiento a) Determinada la procedencia, la JAR dispondrá la publicación simultánea de un aviso en el diario ofi cial El Peruano y en uno de mayor circulación en el territorio nacional, indicando, entre otros, el inicio del procedimiento, la ubicación y características del predio. Adicionalmente, deberá incluirse esta información en la página Web de la SBN, la cual estará disponible a lo largo del procedimiento. b) Tratándose de predios revertidos que cuenten con partida registral abierta, la JAR deberá remitir el ofi cio respectivo a la Ofi cina de los Registros Públicos de la zona donde se ubique el inmueble, solicitando la anotación preventiva del inicio del procedimiento. c) Las personas con interés legítimo podrán presentar oposición dentro de los 15 días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación, adjuntando los medios probatorios pertinentes que sustenten su derecho. d) La oposición será resuelta en la Resolución Final que emita la JAR. De ser declarada fundada se dará por concluido el procedimiento y se solicitará el levantamiento de la anotación preventiva. e) En el supuesto que no se hubiese formulado oposición o que la misma haya sido desestimada por la JAR en la Resolución Final, se declarará la cancelación de la partida registral a nombre de terceros y la conclusión del procedimiento, debiéndose notifi car este acto administrativo al titular registral de la partida que es materia de cierre, de conformidad con la normatividad vigente. f) El proceso impugnatorio de la Resolución Final emitida por la JAR se regirá por las disposiciones establecidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 123638-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen conformidad de resolución emitida por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho que aprueba regularización de habilitación urbana de terreno RESOLUCIÓN Nº 235-2007- MML-GDU-SPHU Lima, 11 de julio de 2007LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codifi cado N° 73784-2007, mediante el cual la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, solicita la Conformidad de la Resolución Gerencial Nº 0063-2007-MDSJL-GDU de fecha 03 de julio del 2007, promovida por la empresa INMOBILIARIA CARVINI S.A.; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Gerencial Nº 0120-2006- GDU-MSJL (fs. 98 al 102) de fecha 23 de noviembre de 2006 emitida por la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, se resuelve Declarar Procedente la solicitud presentada, en consecuencia Aprobar el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana para Uso Residencial, con zonifi cación R-4 del predio de 29,100.00 m², correspondiente al Lote ubicado en el Segundo Sector de la Unidad “D” de la Urbanización Las Flores del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al Plano Nº 007-2006-HU-JGTC/ GDU/MSJL de fecha 28 de junio 2006; Que, con Resolución Nº 018-2007-GDU-SPHU (fs. 117 y 118) de fecha 15 de enero de 2007, emitida por esta Corporación se resuelve No Ratifi car la Resolución Gerencial Nº 0120-2006-GDU-MSJL del 23 de noviembre de 2006 emitida por la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, por incumplir los planes urbanos respecto a la zonifi cación indicada en el Certifi cado de Zonifi cación y Vías N° 234-2006- MML-GDU-SPHU de fecha 6 de julio de 2006, por cuanto no se ha considerado la zonifi cación I2- Industria Liviana con la cual también se encuentra califi cado el terreno, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza N° 256-MML; a la vía denominada Avenida Santa Rosa califi cada como vía Colectora de sección C-318 de 36.00 ml., por cuanto no se está respetando los módulos correspondientes a pista principal, separador central y berma lateral establecidos en la Ordenanza N° 341-MML; y, a los aportes reglamentarios, por cuanto no se ha considerado la zonifi cación I2- Industria Liviana; Que, mediante Resolución Gerencial Nº 00049-2007- MDSJL-GDU (fs. 156 al 161) de fecha 2 de mayo de 2007, emitida por la Municipalidad Distrital de San Juan Lurigancho, se resuelve Declarar Procedente la solicitud presentada, en consecuencia Aprobar el Proyecto de Regularización de la Habilitación Urbana denominada Urbanización “Los Ángeles” para Uso Residencial de Densidad Media – R4, del terreno de 29,100.00 m², correspondiente al Lote ubicado en el Segundo Sector de la Unidad “D” de la Urbanización Las Flores del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al Plano aprobado Nº 004-2007-SGHU-GDU/MSJL de fecha 20 de abril del 2007; Que, con Resolución Nº 173-2007-GDU-SPHU (fs. 176 al 178) de fecha 31 de mayo de 2007 emitida por esta Corporación se resuelve Establecer La No Conformidad de la Resolución Gerencial Nº 00049-2007-MDSJL de fecha 02 de mayo de 2007 emitida por la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, por incumplir los planes urbanos