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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (25/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de octubre de 2007 356016 Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesionaria LUZ DEL SUR debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la gerencia de Proyectos de Plantas Externas de telefónica del Perú S.A. dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo 3°.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la empresa ARQSOL S.A.C.; y a la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, para su conocimiento y fi nes. Artículo 4º.- DISPONER, que quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, la obligación del propietario de cancelar los défi cit de aportes reglamentarios, que serán redimidos en dinero antes de la Recepción de Obras y en consecuencia queda como garantía el lote único materia de la presente Resolución. Artículo 5º.- DETERMINAR, que si se modifi ca la propuesta de Habilitación Urbana de Lote Único se deberá considerar las tres zonifi caciones con las que se encuentra afecto el terreno, de conformidad a lo establecido en la Resolución Nº 127-92-MLM-SMDU. Artículo 6º.- DISPONER, que las edifi caciones que en virtud de la referida autorización se construyan, no podrán ser ocupadas sin contar con el Certifi cado de Finalización de Obras. Artículo 7º.- OFICIAR, la presente Resolución a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA, Instituto Metropolitano de Planifi cación, EMILIMA y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes, acorde a sus competencias. Artículo 8º.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la propietaria del predio objeto de Habilitación Urbana, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados a partir de la notifi cación de la presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE SubgerenteSubgerencia de Planeamiento y Habilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 122725-1 MUNICIPALIDAD DE ANCON Establecen beneficio de condonación de reajustes e intereses moratorios del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Administrativas Previas a la ejecución coactiva y la regularización de licencias de construcción y de funcionamiento ORDENANZA Nº 121-2007-MDA Ancón, 6 de octubre del 2007 VISTO:El pleno del Concejo Distrital de Ancón, ha dado lo siguiente:ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO DE CONDONACIÓN DE REAJUSTES, INTERESES MORATORIOS DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES, MULTAS ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA EJECUCIÓN COACTIVA Y LA REGULARIZACIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN Y DE FUNCIONAMIENTO Artículo Primero.- Otorgar el Benefi cio de Regularización Tributaria a favor de todos los contribuyentes de la jurisdicción del distrito de Ancón, condonándose los intereses moratorios, reajustes y multas por concepto del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales generados hasta el presente año, pudiendo optar por el fraccionamiento de pago según el siguiente cuadro: Monto de la Deuda Cuota InicialMáximo de CuotasMínimo del valor de la cuota mensual S/. 1.00 a S/. 500.00 S/. 100.00 Ocho S/. 50.00 S/. 501.00 a más 20% del total de la deuda Ocho S/. 50.00 Con el incumplimiento del pago fraccionado, se perderá el benefi cio tributario y el monto cancelado será considerado como pago a cuenta del adeudo total. Artículo Segundo.- Establecer la condonación de las deudas por concepto de arbitrios anteriores al 2005, siempre y cuando el contribuyente cancele mediante único pago y dentro del período de vigencia de la presente Ordenanza, su adeudo por concepto de arbitrios, por los períodos correspondientes a los años 2005, 2006 y 2007. Artículo Tercero.- Establecer la condonación de las multas por concepto de carecer de Licencia de Funcionamiento, Licencia de Construcción y Declaratoria de Fábrica que se encuentre en cualquier instancia administrativa previa a la ejecución coactiva con la condición de que en el plazo de la amnistía tributaria formalicen sus establecimientos comerciales, así como las construcciones, reconstrucciones, conservaciones, refacciones, demoliciones o modifi caciones de inmuebles respectivamente. Artículo Cuarto.- Establézcase de manera obligatoria la declaración jurada de Autoavalúo masiva de todos y cada uno de los predios ubicados dentro de la jurisdicción del distrito de Ancón. Artículo Quinto.- Establecer que los presentes benefi cios tienen alcance a todos los contribuyentes que se encuentren en cualquier instancia administrativa, previa a la ejecución coactiva y el plazo de vigencia del presente benefi cio será hasta el 31 de octubre del 2007. Artículo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Ofi cina de Rentas, Gerencia de Desarrollo Urbano y Ofi cina de Administración. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO LEONARDO POZO GARCÍA Alcalde 123426-1 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Aclaran la Res. Nº 080-2007- GODU-MDCH, sobre aprobación de conformidad de habilitación urbana de terreno RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 233-2007-GODU-MDCH Chorrillos, 12 de octubre de 2007