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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (26/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de octubre de 2007 356061 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de delito de falsedad ideológica a que se refiere informe resultante de Examen Especial efectuado al “Proceso de selección para la contratación del servicio de supervisión de los estudios y obras de la Concesión del Eje Vial Amazonas Norte - IIRSA NORTE” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 355-2007-CG Lima, 23 de octubre de 2007VISTO; el Informe Especial Nº 178-2007-CG/OEA, resultante del Examen Especial efectuado al “Proceso de selección para la contratación del servicio de supervisión de los estudios y obras de la Concesión del Eje Vial Amazonas Norte – IIRSA NORTE”; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República a través de los Ofi cios Nº 1722 y 1723-2006-CG/DC de 22.SET.2006 dispuso una acción de control al Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC y al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN, con relación a la realización del Proceso de selección para la contratación del servicio de supervisión de los estudios y obras de la Concesión del Eje Vial Amazonas Norte – IIRSA NORTE; Que, como resultado de la acción de control practicada la Comisión Auditora ha determinado que el ex Director General de Caminos y Ferrocarriles del MTC, emitió en Nov.2004 un Certifi cado de Servicios a la empresa consultora encargada de la elaboración del Expediente Técnico del Estudio Defi nitivo de Ingeniería de Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Rodríguez de Mendoza – Chachapoyas, cuya solicitud no siguió el trámite establecido por la Entidad, ni se comprobó que el consultor hubiere cumplido a conformidad con los servicios materia del contrato y que no quedara pendiente ninguna otra obligación, determinándose que dicho Expediente Técnico no ha sido aprobado, no se ha dado conformidad a la conclusión del contrato y que de acuerdo a la última valorización presentada, existe un saldo pendiente de valorizar correspondiente a la aprobación del Estudio; no obstante ello, a través del señalado Certifi cado se afi rma una situación que no corresponde a la realmente desarrollada y prestada, documento que posteriormente fue empleado para acreditar experiencia por parte del consultor, en el proceso de selección de la Empresa Supervisora de los Estudios y Obras de la Concesión Vial IIRSA Amazonas Norte, afectando dicho proceso basado en la veracidad de los documentos y el trato justo e igualitario a los postores; hechos que constituyen indicios razonables de la comisión del delito de Falsedad Ideológica previsto y penado en el artículo 428º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Ente Técnico Rector, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre presunción de ilícito penal; correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra el presunto responsable comprendido en el Informe de Visto, y; De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra el presunto responsable comprendido en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 123879-2 Designan sociedades de auditoría para realizar auditorías a los estados financieros y otros aspectos de diversas entidades RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 356-2007-CG Lima, 23 de octubre de 2007Visto, el Informe Nº 04-2007-CG/CE-SOA de la Comisión Especial de Designación de Sociedades de Auditoría, constituida mediante Resolución de Contraloría Nº 315-2007-CG de 25.Set.2007, encargada de la evaluación y califi cación de las propuestas presentadas en el Concurso Público de Méritos Nº 04-2007-CG, para la Designación de Auditorías Externas; CONSIDERANDO:Que, en ejercicio de sus atribuciones, la Contraloría General de la República, mediante publicaciones en el Diario Ofi cial El Peruano los días 14 y 15.Set.2007, respectivamente, convocó al Concurso Público de Méritos Nº 04-2007-CG, a fi n de designar Sociedades de Auditoría para auditar los estados fi nancieros, la gestión y examen especial a la información presupuestal, correspondiente a ciento veinte y siete (127) entidades en forma individual y veinte y cuatro (24) entidades reunidas en ocho (08) grupos; habiéndose adquirido ciento ochenta y nueve (189) bases para ciento cinco (105) entidades públicas, no adquiriéndose bases para cuarenta y seis (46); Que, en la recepción y apertura de propuestas técnicas, participaron sesenta y un (61) postores, de los cuales cincuenta y siete (57) fueron Sociedades de Auditoría en forma individual y cuatro (04) Sociedades de Auditoría en forma asociada; habiéndose aceptado ciento sesenta y tres (163) propuestas técnicas y económicas (sobres “A” y “B”) para la ejecución de auditorías externas a cien (100) entidades públicas, precisando que para cinco (05) entidades no se presentaron postores, no obstante haber adquirido bases; Que, de la evaluación y califi cación efectuada a las ciento sesenta y tres (163) propuestas aceptadas, se han declarado ganadoras a cincuenta y cinco (55) de ellas para igual número de entidades en forma individual, correspondientes a treinta y cinco (35) Sociedades de Auditoría en forma individual y dos (02) Sociedades de Auditoría en forma asociada; Que, conforme al documento de visto, se ha declarado desierto el Concurso Público de Méritos por primera vez, respecto de cuarenta y cuatro (44) entidades en forma individual y tres (03) grupos de entidades; por segunda vez, respecto de veinticuatro (24) entidades en forma individual y cuatro (04) grupos de entidades y por tercera vez, respecto de cuatro (04) entidades en forma individual y un (01) grupo de entidades; Que, estando a lo dispuesto por el artículo 20º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y el Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 063-2007-CG; y, En uso de la facultad derivada de los artículos 20º y 32º, de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar las Sociedades de Auditoría para realizar las auditorías a los estados