Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2007 (26/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

356065

SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida, a partir del 21 SET. 2007, la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA ­ Cusco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 124649-1

correspondientes por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion contra los presuntos responsables comprendidos en el informe del visto, remitiendosele para tal efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 124649-2

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Distrital de Brena
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 358-2007-CG MORDAZA, 24 de octubre de 2007 VISTO, el Informe Especial Nº 180-2007-CG/ ORLC, resultante del examen especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Brena, periodo enero 2003 ­ junio 2006; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Operativo de la Oficina Regional de Control MORDAZA - Callao, la Contraloria General de la Republica dispuso la realizacion de un examen especial en la Municipalidad Distrital de Brena, con el objetivo de determinar la correcta administracion de los recursos de la entidad, verificando si la ejecucion de los gastos por diferentes rubros y MORDAZA de financiamiento, ha sido efectuada de acuerdo con las disposiciones presupuestales establecidas, las normas de austeridad y los objetivos de la entidad; Que, se ha evidenciado que funcionarios de la Municipalidad otorgaron indebidamente la conformidad por el servicio de barrido de calles de los periodos 2003 y 2004, sin que se hayan cumplido en su integridad los compromisos establecidos expresamente en los contratos respectivos, afectando los intereses economicos de la entidad en montos que se derivan de los siguientes procesos de seleccion: i) AMC Nº 02-2003-CE/MDB, en el cual se produjo un pago en exceso de S/. 43 200,30; ii) AMC Nº 05-2003-CE/MDB, en el cual se produjo un pago en exceso de S/. 35 949,90; y iii) CP Nº 01-2004-CE/MDB, en el cual se produjo un pago en exceso de S/. 22 959,60; lo cual hace un monto total de S/. 102 109,80 que debe ser resarcido conforme a lo establecido en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control disponer el inicio de las acciones legales pertinentes, por parte del Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el informe del visto; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica para que, en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito de negociacion incompatible con el cargo en agravio de PERUPETRO S.A.
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 360-2007-CG MORDAZA, 24 de octubre de 2007 VISTO; el Informe Especial Nº 181-2007-CG/SP, resultante del Examen Especial practicado a la empresa PERUPETRO S.A., por el periodo comprendido entre enero 1994 ­ MORDAZA 2005, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso una accion de control en la empresa PERUPETRO S.A. relacionada con la ejecucion del Contrato de Operaciones de Exploracion y Explotacion por Hidrocarburos en el Zocalo Continental en el Lote Z-2B, suscrito entre PETROPERU S.A. y una empresa peruana; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que con fecha 31.May.2000, se designo como Presidente del Directorio de PERUPETRO S.A. a una persona que acepto y ejercio dicho cargo a pesar que habia actuado como representante de la empresa con la que se habia suscrito el contrato MORDAZA citado, y con la que PERUPETRO S.A. sostenia una controversia por discrepancias de orden contractual, evidenciandose su participacion en la toma de decisiones que PERUPETRO S.A. adopto en varias ocasiones, en torno a la controversia MORDAZA referida, en favor de la empresa contraria; hechos que constituyen indicios que hacen presumir la comision del delito de Negociacion Incompatible con el Cargo, previsto y penado por el articulo 397º del Codigo Penal, vigente en el momento de ocurridos los hechos, (actualmente dicho ilicito penal se encuentra tipificado en el articulo 399º del Codigo Penal); Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables

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