Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2007 (28/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de octubre de 2007

PCM, dispone que el objeto de la Ley es establecer el MORDAZA normativo para que el Estado, en sus tres niveles de gobierno, promueva la inversion de manera descentralizada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de cada region, alianza estrategica entre los gobiernos regionales, locales, la inversion privada y la sociedad civil". Que, el articulo 51º de la Ley Nº 27867 " Ley Organica de Gobiernos Regionales" senala como funciones especificas de los Gobiernos Regionales en materia agraria, e) Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdiccion y q) Otorgar permisos, autorizaciones, y concesiones forestales, en area al interior de la region, asi como ejercer labores de promocion y fiscalizacion en estricto cumplimiento de la politica forestal nacional; las funciones senaladas se encuentran enmarcadas en el Decreto Supremo Nº 011-2007-AG, por la que se aprueba la transferencia de facultades que corresponden a las funciones especificas de los indicados literales e) y q) de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales por parte del INRENA a los Gobiernos Regionales, habiendo adecuado el Gobierno Regional de MORDAZA sus instrumentos institucionales de gestion a fin de ejercer las funciones transferidas, mediante las Ordenanzas Regionales Nº 006-2007-GRLCR y Nº 007-2007-GRL-CR del 11 de MORDAZA del 2007; y, Que, el Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2005", que considera las funciones de los literales e) y q) del articulo 51º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, el ex - Consejo Nacional de Descentralizacion, mediante Resolucion de Gerencia Nº 026-2006-CND/ GTA, acredita y certifica que el Gobierno Regional de MORDAZA, cumplio con los requisitos generales para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales incluidas en el Plan Anual de Transferencias del ano 2005. Que, el Decreto Supremo Nº 011-2007-AG, dado por el Gobierno Nacional, aprobo la transferencia de las facultades que corresponden a las funciones especificas de los literales e) y q) del articulo 51º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, por parte del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA a los que suscriban el Acta de Entrega y Recepcion, que sera efectivizada por el Ministerio de Agricultura en el MORDAZA del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2005, siendo asi que la transferencia de funciones si bien han sido efectuadas, no han sido efectivizadas; Que, la Ordenanza Regional Nº 006-2007-GRLCR, de fecha 11 de MORDAZA de 2007, crea el Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales y Fauna MORDAZA de MORDAZA, que tiene como objetivo proponer politicas, estrategias y normas a nivel regional sobre el aprovechamiento sostenible de recursos forestales y de fauna MORDAZA con participacion de los actores involucrados y controlar y supervisar la aplicacion de las normas y estrategias en concordancia con las Politicas Nacionales, cuyos lineamientos se encuentran previstos en los articulos 66º, 67º, 68º y 69º de la Constitucion Politica del Estado; Que, la Ordenanza Regional Nº 007-2007-GRL-CR de fecha 11 de MORDAZA de 2007, incorpora las directivas y normas complementarias aprobadas por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, entre las que incluye la Resolucion Jefatural Nº 259-2002-INRENA, "Aprobar el Formato de Contrato de Concesion para Manejo y Aprovechamiento de Productos del Bosque Diferentes a la Madera" y otros referidos a las funciones especificas sectoriales de los literales e) y q) del Articulo 51º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales como documentos de gestion del Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales y Fauna MORDAZA de Loreto. Que, la Cana Brava constituye una especie amazonica MORDAZA de la Region MORDAZA y del Peru; recurso natural que se desarrolla en areas de cauces, riberas y fajas marginales de los MORDAZA, arroyos, MORDAZA, lagunas

y vasos de almacenamiento, y constituyen un medio natural que contribuyen en las labores de prevencion, tendentes a evitar posibles desbordes ocasionados por el incremento del nivel de las aguas, especialmente de los MORDAZA de la region Loreto; empero, su utilizacion racional como materia prima para bio combustible resultaria beneficioso; Que la demanda internacional de bio combustibles es cada mayor, pues las ventajas resultantes como reemplazante progresivos a los combustibles fosiles son evidentes, produciendose lo que se denomina aire limpio, y su utilizacion es de primera prioridad conforme a los terminos del protocolo de Kyoto del que Peru es parte; Que, ante la creciente demanda de materia prima para la obtencion de Biocombustible en los mercados internacionales, es necesario establecer las condiciones para la inversion publica y la promocion de la inversion privada, permitiendo a su vez el desarrollo sostenible e integral de la region MORDAZA, buscando los mecanismos adecuados para que no se altere el ecosistema; Que, acorde con lo previsto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867: "Ley Organica de Gobiernos Regionales", las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno regional y Reglamentan materias de su competencia. De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 37º inc. a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA emite la siguiente; ORDENANZA: Articulo Unico.- Declarese de interes regional, de necesidad publica y prioritaria para el desarrollo integral y sostenido de la Region MORDAZA, el aprovechamiento de la Cana Brava (Gynerium Sagittatum), para promover el desarrollo sostenible y socioeconomico de la region y contribuir al manejo de sus recursos hidricos. POR TANTO: De conformidad con el articulo 21º inciso o) y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28926, 28961, 28968 y 29053 concordante con el inciso o) del articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Loreto. Registrese, publiquese y cumplase. YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente 124934-1

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANTA
Dejan sin efecto Convenio de Cooperacion celebrado entre la Municipalidad y la Central de Empresas de Transporte MORDAZA de MORDAZA y Callao
ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-2007-CMPC Canta, 23 de agosto de 2007

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