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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (28/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de octubre de 2007 356218 monto de S/. 110.000.00 para ser utilizados en viviendas Provisionales para los damnifi cados del sismo del 15 de agosto del 2007. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Ofi cina de Abastecimientos, realizar las acciones correspondientes para la adquisición de los bienes mencionados en el artículo anterior, conforme a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004 PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, debiendo dar cuenta al Concejo sobre la necesidad de mayores recursos que podrían necesitarse para el apoyo a los damnifi cados. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina de Abastecimientos la publicación del presente Acuerdo en el SEACE. Artículo 4º.- Poner el presente Acuerdo en conocimiento de la Contraloría General de la República, del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE, Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso de la República y a la Dirección General de Programación Multianual del Ministerio de Economía, en el plazo establecido por la Ley Nº 29076 Artículo 5º.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUANA RASPA DE PAIN Alcaldesa 124964-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2007/MDCA Cerro Azul, 29 de septiembre del 2007EL CONCEJO DISTRITAL DE CERRO AZULVisto: en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 27 de septiembre del 2007 el Informe Nº 152-2007-GDUR/MDCA de fecha 24/08/07, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, y el Informe Nº 064-2007-OAJ/MDCA, de fecha 24/08/07, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, con relación a la ampliación de recursos para la ayuda humanitaria a los damnifi cados del distrito, ayuda que fuera aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 016-2007/MDCA de fecha 25 de agosto del 2007. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007- PCM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 16 de agosto del 2007, se declaró en estado de emergencia el departamento de Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima, como consecuencia de los fuertes sismos registrados el 15/08/2007, que produjo considerables daños con pérdidas de vida y materiales, en estas jurisdicciones; Que en el distrito de Cerro Azul, se han producido derrumbes de un número considerable de viviendas y en otros casos éstas se encuentran inhabitables, así mismo Centros Educativos han sufrido serios daños, estando expuestas las familias y los escolares a riesgos inminentes en contra de su salud y vida, por lo que se hace indispensable adoptar las acciones inmediatas destinadas a la atención de la población damnificada, y a procurar la minimización de los riesgos: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 019- 2007/MDCA de fecha 27 de septiembre se ha aprobado una ampliación del monto para ayuda a los damnificados del sismo del 15 de agosto, aprobado por Acuerdo de Concejo 016-2007 del 25 de agosto del 2007. Ampliación por el monto de S/. 110,000.00, disponiéndose las modificaciones presupuestarias, de acuerdo a las facultades previstas en la Ley Nº 29076, autorizándose el egreso y la adquisición de los bienes necesarios, haciendo un monto total de S/. 200,000.00; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 179-2007-PP-MDCA, de fecha 28/09/07, ha emitido opinión y da cuenta de la reprogramación y modifi caciones presupuestales realizadas, habiéndose emitido la Resolución de Alcaldía Nº 124-2007-MDCA, de fecha 28 de setiembre del 2007, que aprueba dichas modifi caciones; Que, debido a que las adquisiciones de los bienes en mención resultan de carácter urgente, y su monto excede la menor cuantía, es necesario utilizarse el mecanismo de la exoneración al amparo de lo previsto en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo artículo 19º señala que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia declaradas de conformidad con dicha Ley; Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su artículo 142, modificado por Decreto Supremo Nº 137-2007-EF, precisa que la situación de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten la defensa nacional, debiendo la entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres; así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta: ACORDÓ: Artículo 1º.- Declarar en SITUACIÓN DE EMERGENCIA y en consecuencia EXONERAR DEL PROCESO DE SELECCIÓN correspondiente, la adquisición de arpilleros de polietileno, aulas prefabricadas y sus techos, materiales para refacción de Centros Educativos del distrito. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Ofi cina de Abastecimientos, realizar las acciones correspondientes para la adquisición de los bienes mencionados en el artículo anterior, conforme a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Ofi cina de Abastecimientos la publicación del presente Acuerdo en el SEACE. Artículo 4º.- Poner el presente Acuerdo en conocimiento de la Contraloría General de la República, del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE, Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso de la República y a la Dirección General de Programación Multianual del Ministerio de Economía, en el plazo establecido por la Ley Nº 29076. Artículo 5º.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUANA RASPA DE PAIN Alcaldesa 124964-2