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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (28/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de octubre de 2007 356201 Autorizan suscribir extensión de Contrato de la Firma de Abogados Patton Boggs LLP para que continúe brindando sus servicios con miras a lograr la aprobación, por parte del Congreso de los EE.UU., del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito con el Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1259/RE Lima, 25 de octubre de 2007VISTA: La solicitud del señor Embajador del Perú en Washington, de fecha 12 de setiembre del año 2007, mediante la cual recomienda la extensión de la vigencia del contrato con la Firma Patton Boggs LLP, por el lapso de tres meses hasta el 31 de diciembre del presente año, en similares condiciones, por una suma de US$ 150, 000.00 (Ciento Cincuenta Mil Dólares Americanos), para que continúe atendiendo labores de cabildeo ante autoridades, sociedad civil y sector privado de los Estados Unidos de América para la pronta aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial por el Congreso estadounidense; CONSIDERANDO Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global; Que, el Acuerdo de Promoción Comercial suscrito entre la República del Perú y los Estados Unidos de América el 12 de abril de 2006 y aprobado por el Congreso del Perú el 28 de junio de 2006, el cual incluye su Protocolo de Enmienda suscrito el 24 y 25 de junio de 2007, será un instrumento altamente positivo para los intereses del Perú, conveniente y necesario para impulsar el proceso de crecimiento comercial y económico de nuestro país; Que, es conveniente para el interés nacional la continuación de las gestiones orientadas a apoyar y promover la aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial entre el Perú y los Estados Unidos de América, por parte de las autoridades de este país, con miras a su pronta puesta en vigencia; Que, por Resolución Suprema No. 080-2007-RE de fecha 28 de febrero de 2007, el Embajador del Perú en Washington fue autorizado a contratar los servicios profesionales especializados en el trabajo de cabildeo ante autoridades de los poderes ejecutivo y legislativo, la sociedad civil y el sector privado de los Estados Unidos, con miras a lograr la aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial entre el Perú y ese país, por parte del Congreso de los Estados Unidos de América; Que, el artículo tercero de la mencionada Resolución Suprema No. 080-2007-RE de fecha 28 de febrero de 2007 establece que la referida contratación de servicios profesionales, incluyendo los honorarios, condiciones y gastos que se acuerden para dicha contratación, será aprobada por Resolución Ministerial del Sector Relaciones Exteriores, la cual autorizará la suscripción del contrato respectivo y que los montos adicionales por concepto de honorarios y gastos que pudieren ser requeridos para la adecuada representación del Estado, serán igualmente aprobados por Resolución Ministerial del Sector Relaciones Exteriores; Que, por Resolución Ministerial No. 0287-2007-RE de fecha 13 de marzo de 2007, el Embajador del Perú en los Estados Unidos de América fue autorizado a contratar los servicios profesionales especializados de la firma de abogados Patton Boggs LLP para el trabajo de cabildeo ante autoridades de los poderes ejecutivo y legislativo, la sociedad civil y el sector privado de los Estados Unidos de América del Acuerdo de Promoción Comercial entre el Perú y los Estados Unidos de América; Que, con fecha 30 de marzo de 2007, el Embajador del Perú en los Estados Unidos de América suscribió el contrato con la Firma de Abogados Patton Boggs LLP para el referido trabajo de cabildeo, contrato que previó su duración hasta el 31 de julio, inclusive; Que, mediante Resolución Ministerial No. 0902, de fecha 27 de julio de 2007, se aprobó la extensión de la contratación de la Firma de Abogados Patton Boggs LLP para que continúe brindando los indicados servicios profesionales especializados de cabildeo hasta el 30 de setiembre de 2007 y se autorizó al Embajador del Perú en Estados Unidos a suscribir la citada extensión de contrato, de fecha 28 de julio de 2007; Que, en atención a la importancia que el Perú asigna a la aprobación por parte del Congreso de los Estados Unidos del Acuerdo de Promoción Comercial entre el Perú y los Estados Unidos de América y en vista a la previsible extensión del citado proceso de aprobación en el Congreso estadounidense, debido a la necesidad del desarrollo de una serie de procedimientos previos a su discusión y votación por el indicado Órgano Legislativo, la Embajada del Perú en Estados Unidos, mediante documento de visto ha recomendado que se prorrogue la contratación de la Firma de Abogados Patton Boggs por tres meses, desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2007, inclusive; Que, la indicada contratación cuenta con la opinión favorable de la Alta Dirección del Ministerio de Relaciones Exteriores (Hoja de Trámite GAC No 5147, de 24 de setiembre de 2007), la Subsecretaría de Administración (Memorándum SAD No. 1691/2007, de 19 de setiembre de 2007), la Subsecretaría de Asuntos Económicos (Memorándum SAE No. 0589/2007, de 21 de setiembre de 2007) y la Dirección General de Asuntos Legales (Memorándum DGL No. 057, de 20 de setiembre de 2007); Que, la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el Memorándum PPT No. PPT658/2007 de fecha 11 de octubre del año 2007, ha puesto en conocimiento el Reporte No. 30 de fecha 4 de octubre de 2007, en el que se indica que el Pliego del Sector Relaciones Exteriores cuenta, vía Ampliación de Calendario correspondiente al mes de octubre del presente año, con recursos necesarios para atender la extensión del Contrato con la Firma Patton Boggs LLP, por la suma de S/. 469, 500.00 nuevos soles o su equivalente US$ 150, 000.00 (ciento cincuenta mil dólares americanos) para atender ese compromiso; Que, el numeral 2.3 del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala las causales de inaplicación de la ley, en cuyo inciso o) establece que las contrataciones y adquisiciones que realicen las Misiones del Servicio Exterior de la República, exclusivamente para su funcionamiento y gestión, están fuera del ámbito de aplicación de dicha ley; Que, la contratación de servicios profesionales especializados en el trabajo de cabildeo ante autoridades, la sociedad civil y el sector privado de los Estados Unidos, con miras a lograr la pronta aprobación por parte del Congreso de los Estados Unidos de América del Acuerdo de Promoción Comercial entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, está directamente relacionada con actos de gestión de la Misión Diplomática del Perú en los Estados Unidos de América. De conformidad con el Decreto Legislativo No. 560, Ley del Poder Ejecutivo; lo dispuesto en los incisos a), e) y g) del artículo 5 de la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada por Decreto Ley No. 26112; el artículo 2 numeral 3) inciso o) del Texto Único