Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2007 (28/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

356215

Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR/RC, el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Primero.- INSTITUCIONALIZAR el Comite Regional de Seguridad Ciudadana de MORDAZA (CORESEC), el cual estara integrado por: - El Presidente del Gobierno Regional. - La autoridad politica de mayor nivel de la region (Gobernador) - El Jefe Policial de mayor graduacion de la region - La autoridad educativa de mas alto nivel - La autoridad de salud o su representante - Un representante del Poder Judicial, designado por el Presidente de la Corte Superior de la Jurisdiccion. - Un representante del Ministerio Publico, designado por el Fiscal Superior Decano de la Jurisdiccion. - El Defensor del Pueblo o el que hiciere sus veces. - Tres Alcaldes de las provincias con mayor numero de electores Segundo.- El Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA constituye la MORDAZA autoridad del CORESEC y preside el Comite Regional de Seguridad Ciudadana. Tercero.- El Comite Regional de Seguridad Ciudadana es el encargado de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, asi como de ejecutar los mismos dentro de su jurisdiccion, en el MORDAZA de la politica nacional disenado por el CONASEC. Cuarto.- El Presidente del Comite Regional de Seguridad Ciudadana designara al Secretario Tecnico del Comite Regional de Seguridad Ciudadana. Quinto.- Son funciones de la Secretaria Tecnica del Comite Regional de Seguridad Ciudadana: 1. Ejecutar las decisiones del Comite Regional de Seguridad Ciudadana. 2. Asesorar al Presidente del Comite Regional de Seguridad Ciudadana en el planeamiento, formulacion, ejecucion y evaluacion de los planes, programas, directivas y disposiciones regionales sobre seguridad ciudadana. 3. Recabar, centralizar y remitir informacion relevante sobre seguridad ciudadana del area de su responsabilidad, de conformidad con las disposiciones que la Secretaria Tecnica del CONASEC senale sobre el particular. 4. Mantener estrecha coordinacion con la Secretaria Tecnica del CONASEC y Secretaria Tecnica de los Comites Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, asi como con la Secretaria Tecnica de los Comites Regionales Colindantes, propiciando estudios integrales sobre la problematica de seguridad ciudadana. 5. Organizar y coordinar las reuniones del Consejo Regional de Seguridad ciudadana; asi como otras reuniones de interes local, conforme a lo normado en el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. 6. Llevar el libro de actas donde se registren las sesiones del Comite Regional, debiendo dejar MORDAZA, ademas de otros aspectos formales, lo siguiente: - La asistencia o inasistencia de los miembros del Comite. - Los asuntos sobre seguridad ciudadana discutidos. - Las abstenciones u omisiones en las respectivas votaciones del Comite. - Los acuerdos. - Los aspectos que el Presidente y los miembros del Comite consideren pertinentes. 7. Las demas que MORDAZA necesarios para el cumplimiento de sus fines. Sexto.- SOLICITAR a la Comision de Reorganizacion y Reestructuracion del Gobierno Regional de MORDAZA incluir la Secretaria Tecnica del Comite Regional de Seguridad Ciudadana como oficina administrativa

dependiente de la Oficina de Defensa Nacional del Gobierno Regional. Setimo.- El proyecto que cubra los gastos que irrogue el funcionamiento de tal Comite se coordinara con la Direccion Regional de Defensa Nacional, responsable de conducir el proyecto "capacidad de resolucion para la prevencion y atencion de desastres" que para el ano 2008 contara con un presupuesto de S/. 150 000, y sea fuente que atienda los gastos correspondientes; toda vez que en gastos corrientes no se cuenta con el soporte economico respectivo. En base a ello debera dicha Direccion Regional elaborar el perfil correspondiente. Octavo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del primero de enero del ano 2008. Noveno.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA ejecute las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Decimo.- COMUNIQUESE al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los cinco dias del mes de octubre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA SALIRROSAS Presidente Regional 124962-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de interes regional y necesidad publica y prioritaria para el desarrollo de la region el aprovechamiento de la Cana Brava
ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2007-GRL-CR MORDAZA MORDAZA, 12 de octubre de 2007 El Presidente del Gobierno Regional de Loreto; POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria Descentralizada de fecha 12 de octubre de 2007, aprobo por Unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, en concordancia con los articulos 189º y 197º de la Constitucion Politica del Estado, el articulo la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion-, en sus articulos 8º y 9º precisa que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; autonomia sujeta a la Constitucion y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas. Que corresponde al Gobierno Regional de MORDAZA, como parte del Estado, el promover la inversion privada como fuente generadora de empleo y desarrollo regional, concordante con lo senalado en los articulos 59º y 60º de la Constitucion Politica del Estado; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 28059 "Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada "concordante con el articulo 38º del Decreto Supremo Nº 015-2004-

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