Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (11/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de setiembre de 2007 353062 VISTOS: Los O fi cios Nº 2300, 2335, 2357 y 2502- 2007/GPDR/RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral y el Informe Nº 1060-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Sistema Automatizado de Identi fi cación Dactilar – AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologación Monodactilar Nº 1556, 1592, 1554, 1565, 1575, 1585, 1404, 1534, 1515, 1473, 1600, 1583, 1576, 1564, 1538, 1624, 1598, 1599, 1625 y 1290/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos; siendo dichas inscripciones las siguientes: Nº de Informe AFIS o Pericia Nº Inscripción Res. de Cancelación Nombre y Apellido 1° 44434138 Benito Chiricente Quintinari 0659 2° 44653533 107-2007/SGDI Benito Chiricente Mahuanca 1° 80570379 Eloy Jerí Mendoza 1023 2° 43253240 169-2007/SGDI Chemo Eloy Jerí Mendoza 1° 80065499 Delia Cabia Fabián 1619 2° 41354038 209-2007/SGDI Gabi Delia Cabia Fabián 1° 80537496 Linder Raúl Maynas 1358 2° 44452322 234-2007/SGDI Linder Raúl Maynas Campos 1° 01527641 Esteban Zenón Apaza Ccallo 1356 2° 80689814 234-2007/SGDI Ismael Eduardo Apaza Ccallo 1° 27258724 Elver Gonzales Díaz 1379 2° 45524306 235-2007/SGDI José Padelmo Gonzales Díaz 1° 18080122 Guido Carlos Verde Vera 1091 2° 43555001 237-2007/SGDI Guido Carlos Aredo Hamada 1° 80688773 Simión Baltazar Trinidad 1581 2° 44431254 244-2007/SGDI Simón Baltazar Trenidad 1° 23270123 Dionisio Ancalle Ramos 1610 2° 80080827 209-2007/SGDI Carlos Ancalle Ramos 1° 23367955 Victoria Taipe Machuca 1073 2° 44756741 232-2007/SGDI Cipriana Pérez Escobar 1° 80071639 Feliciana Ramos Quispe 1372 2° 80263969 234-2007/SGDI Feliciana Quispe Mercado 1° 40095709 Norma Yanet Gil Siches 1375 2° 40844173 235-2007/SGDI Norma Yanet Chinen Arévalo 1° 23937706 Juan Aliri Quispe 2013 2° 40053664 277-2007/SGDI Miguel Wilder Aliri Apaza 1° 29647504 Shirley Yesenia Salas Enoki 2010 2° 44173992 277-2007/SGDI Yesenia Enoki López 1° 80687790 Nilton Silvio Luna Rosales 1366 2° 41536305 234-2007/SGDI Nicéforo Larianco Candelario 1° 05307215 Loyda Salas De Huaninche 1370 2° 80535580 234-2007/SGDI Rosa Vásquez Salas 1° 40562403 Víctor Ramón Aguirre La Torre 1384 2° 41566091 235-2007/SGDI Arturo Ramón Rentería Reyes 1° 09679181 Tomás Jesús Galdós Gómez 1383 2° 42059113 235-2007/SGDI Takeshi Jesús Nakamura Caffo 1° 24287169 Jovita Lima Subelete 1376 2° 80184790 235-2007/SGDI Jobita Lima Zubileta 1° 16801573 Nekander Elis García Estela 0707 2° 42619621 112-2007/SGDI Juan Ugarte Salazar Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron de fi nitivamente la segunda inscripción, del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la primera inscripción, se presume que habrían cometido el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipi fi cado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y en atención al Informe de Gerencia de Asesoría Jurídica;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, contra los ciudadanos mencionados, en el primer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 105707-4 MINISTERIO PUBLICO Declaran fundada denuncia interpuesta contra Juez del Segundo Juzgado Mixto de Cutervo por presuntos delitos de prevaricato y abuso de autoridad RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1039-2007-MP-FN Lima, 7 de septiembre del 2007VISTO:El O fi cio Nº 124-2007-MP-ODCI-LAMBAYEQUE, remitido por la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Lambayeque, elevando el Expediente Nº 30-2006-MP-ODCI-LAMBAYEQUE, que contiene la investigación seguida contra el doctor Luis Miguel Delgado Castro, en su actuación como Juez del Segundo Juzgado Mixto de Cutervo, a mérito de la denuncia formulada por Patricia del Carmen Velasco Sáenz, Procuradora Pública Ad Hoc para los procesos judiciales relacionados con los Casinos de Juego y Máquinas Tragamonedas, por presuntos delitos de Prevaricato, Abuso de Autoridad y Omisión de Actos Funcionales; en la cual ha recaído el Informe Nº 03-2007-ODCI-MP-LAMBAYEQUE, con opinión de declarar fundada la denuncia por los ilícitos de Prevaricato y Abuso de Autoridad; y, CONSIDERANDO: Que se cuestiona al magistrado denunciado a raíz de su actuación en el proceso de Amparo Nº 043-2005, promovido por la empresa Estrella de la Suerte S.A.C. y otros, contra el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y otros; en ese sentido, se le atribuye haber favorecido a las empresas demandantes para que puedan continuar explotando de manera informal la actividad de juegos de casino y máquinas tragamonedas, al denegar en forma ilegal y abusiva el acceso a la doble instancia a la Procuradora Pública hoy denunciante, tras haber declarado fundada una controvertida demanda; Que del estudio y análisis de actuados, aparecen indicios razonables y su fi cientes que hacen presumir que el doctor Delgado Castro habría incurrido en la comisión de delitos de Prevaricato y Abuso de Autoridad, previstos y sancionados en los artículos 418º y 376º del Código Penal, con motivo de su participación en el proceso de Amparo -Expediente Nº 043-2005- seguido por las empresas Estrella de la Suerte S.A.C., Inversiones Bambamarca S.A.C, Juegos y Diversiones Las Tullpas S.A.C. e Inversiones Balora S.A.C, contra la Municipalidad Provincial de Cutervo, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Viceministro de Turismo y el Director Nacional de Turismo, esto es, al emitir la Resolución Nº 18, de fecha 20.01.06 (fs. 63), declarando fundada la nulidad deducida por una de las empresas