Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2007 (15/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES
I II 20 III 50 IV 100 V 200 Insubsanable

353465
MORDAZA DE FALTA MEDIDA COMPLEMENTARIA Clausura temporal Clausura definitiva, en caso de reincidencia Clausura temporal Denuncia policial Clausura definitiva Clausura temporal reincidencia Retencion del vehiculo Denuncia policial en caso de

ITEM INFRACCIONES No contar con Estudio de Impacto Ambiental, Diagnostico Ambiental Preliminar, Informe Ambiental, Declaracion de Impacto Ambiental. E-03 Almacenar basura o desechos toxicos en areas urbanas E-04 E-05 Por no Cumplir con las Recomendaciones de los Monitoreos

10 -

20 100 20 30 25 20 20 20

150 200 50 50 60 50 50 50

150 200 50 50 100 75 75 75

200 300 100 100 120 100 100 100

Insubsanable Insubsanable Insubsanable Insubsanable Insubsanable Subsanable Insubsanable Insubsanable

No realizar el tratamiento adecuado de los desechos liquidos y solidos de origen 10 E-06 Industrial o Comercial (Restaurant, Pollerias, Chifas, Panaderias, Grifos, etc.) Tener Vehiculos en estado de abandono en la via publica, Motorizados y No 10 E-07 Motorizados. Almacenar, Tratar manipular y/o Transportar sustancias toxicas y/o peligrosas 20 E-08 de forma inadecuada. Mantener inactiva la MORDAZA Extractora y/o ductos de ventilacion hacia el 10 E-09 exterior, eliminadores de olores, grasas y humos No contar con chimenea sobre el techo del local comercial, tres metros minimo 10 E-10 por encima del ultimo piso. Quemar residuos solidos en el interior de las viviendas unifamiliares o 10 multifamiliares, terrenos sin construir, locales comerciales, centros educativos E-11 y/o via publica Emitir sustancias contaminantes al Medio Ambiente por encima de los Limites 50 Maximos Permisibles E-12 E-13 Carecer de MORDAZA Extractora y/o ductos de ventilacion. 10

Clausura temporal

100

200

200

300

Insubsanable

Clausura temporal Clausura definitiva reincidencia Clausura temporal

en

caso

de

20 20 20

50 50 100

50 50 150

100 100 200

Subsanable Insubsanable Insubsanable

Emitir gases toxicos o humos por los escapes de los vehiculos, sobrepasando 10 E-14 los limites permitidos. Poner en peligro la salud publica por emanar residuos solidos, liquidos, polvos, 10 etc. E-15 Criar animales domesticos y/o de corral en zonas residenciales, lugares 10 publicos, Mercados y otros, atentando contra la salud, seguridad publica y E-16 ornato. Producir ruidos nocivos o molestos sea cual fuere el origen y lugar (altoparlantes, 10 equipo de sonido o grupo electrogeno, entre otros elementos) afectando a la E-17 comunidad. Ejercer el comercio ambulatorio utilizando altoparlantes, megafonos y otros que 10 E-18 causen ruidos molestos a la Comunidad Realizar actividades en Coliseos, Centros Deportivos, Entidades Educativas, 30 Instituciones Publicas y Privadas entre otras, generando ruidos que perturben E-19 la tranquilidad de los vecinos. Ocasionar ruidos molestos por el uso de claxon y/o bocinas por parte de los 10 E-20 conductores de vehiculos. Ocasionar ruidos molestos ejecutando instrumentos musicales, generando 10 malestar en los vecinos. E-21 Generar ruidos por la inadecuada o nula modulacion del volumen de las alarmas 10 E-22 antirrobo de las viviendas o los vehiculos (aplicable para los propietarios) Permitir el uso de Equipos, Maquinarias, entre otros, dentro de una industria, 20 o establecimiento comercial que genere ruidos y/o vibraciones que perturben E-23 al vecindario. Producir en locales comerciales ruidos que excedan los 70 decibeles en el 20 horario de 7:01 a 22:00 horas y 60 decibeles en el horario de 22:01 a 7:00 E-24 horas. Producir en zonas residenciales, ruidos que excedan los 60 decibeles en el 10 horario de 7:01 a 22:00 horas y 50 decibeles en el horario de 22:01 a 7:00 E-25 horas. Producir en zonas industriales, ruidos que excedan los 80 decibeles en el horario de 7:01 a 22:00 horas y 70 decibeles en el horario de 22:01 a 7:00 E-26 horas -

Clausura temporal Clausura definitiva reincidencia

en

caso

de

20

50

100

100

Insubsanable

Retiro del animal Clausura temporal, de ser el caso Retencion del instrumento generador del ruido Retencion del instrumento generador del ruido Suspension de la actividad Clausura definitiva del local en caso de reincidencia

20

50

100

100

Insubsanable

20 40

50 50

100 100

100 150

Insubsanable Insubsanable

20 20

50 50

50 50

-

Subsanable Subsanable Tratamiento acustico dentro de un plazo perentorio y/o retiro de los instrumentos

20 20

50

50

100

Subsanable Insubsanable Tratamiento acustico dentro de un plazo perentorio y/o clausura Clausura temporal reincidencia Clausura temporal reincidencia Clausura temporal reincidencia en caso de

20

50

50

100

Insubsanable

50

100

100

200

Insubsanable

en

caso

de

20

75

100

200

Insubsanable

en

caso

de

Producir en zonas de proteccion especial, ruidos que excedan los 50 decibeles 10 en el horario de 7:01 a 22:00 horas y 40 decibeles en el horario de 22:01 a E-27 7:00 horas. Criar animales que produzcan ruidos en forma persistente afectando la 10 E-28 tranquilidad de los vecinos. E-29 No inscribir al can de su propiedad en el Registro Municipal E-30 No contar con Licencia Municipal para la tenencia de canes. E-31 No presentar anualmente el Certificado de Salud del Can. Conducir al can en la via publica sin bozal y/o correa. E-32 Hacer ingresar canes a locales publicos, culturales o de cualquier naturaleza 10 E-33 incumpliendo el caracter de prohibido. E-34 Organizar, participar, promover y difundir peleas de canes. E-35 Adiestrar o entrenar canes para peleas. E-36 Abandonar canes potencialmente peligrosos en la via publica 100 100 100 5 5 5 10

20

50

75

100

Insubsanable

Retencion del instrumento generador del ruido Retencion del animal Retencion del animal si es reincidente Retencion del animal Retencion del can Retencion del can Retencion del can Retencion del can Retencion del can

20 20 10 10 20 20 150 150 150

50 50 50 50 50 20 200 200 200

75 75 75 75 75 75 200 200 200

100 100 100 100 100 100 -

Subsanable Subsanable Subsanable Insubsanable Insubsanable Insubsanable Insubsanable Insubsanable Insubsanable

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