Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2007 (27/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

354195

establece que los gobiernos locales, gozan de autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en el articulo 78 de la Ley Nº 27972, es competencia y funcion de la municipalidad velar por la salud o tranquilidad del vecindario; Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el concejo municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE PRESERVA LA TRANQUILIDAD PUBLICA Y LA SEGURIDAD CIUDADANA EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- PROHIBASE, en las vias y areas publicas del distrito de MORDAZA MORDAZA, y SANCIONESE las siguientes conductas: a) Ingerir bebidas alcoholicas. b) Consumir drogas no legales. c) Miccionar o defecar. d) Actos de naturaleza sexual renidos con la moral y buenas costumbres. Las conductas referidas en los numerales a), b) y d) del parrafo anterior incluyen la realizada en automoviles o cualquier vehiculo estacionado en las calles del distrito. Articulo Segundo.- SANCIONESE, asimismo, a la persona natural o juridica, conductora, poseedora o propietaria de establecimiento (tienda, bodega o similar), o MORDAZA habitacion que promueva el consumo callejero, bajo cualquier modalidad (a titulo gratuito u oneroso), no autorizado, de las conductas tipificadas en los incisos a) y b) del Articulo Primero (ingesta de bebidas alcoholicas y/o consumo de drogas). Articulo Tercero.- INCLUYASE en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas del Reglamento de Aplicacion de Sanciones, aprobado mediante Ordenanza Nº 228-MJM las infracciones y sanciones siguientes:
DESCRIPCION DE LA INFRACCION Ingerir bebidas alcoholicas en via o area publica del distrito. Notificacion Preventiva (dias) No procede No procede No procede Multa (Nuevos Soles) 1,300.00 500.00 1,500.00 Clausura temporal por 5 dias. Denuncia penal. Denuncia penal y Clausura temporal por 5 dias. Denuncia penal por falta o delito. Denuncia penal por falta o delito. Medida Correctiva

Articulo Setimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Policia Local el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Octavo.- DEROGASE toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 113577-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prohiben actividades de reciclaje, comercializacion, manejo o gestion informal de residuos solidos y liquidos sin autorizacion expresa en el distrito
ORDENANZA Nº 210-MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de fecha 19 de setiembre del ano 2007, los Dictamenes Nº 057-2007-CAJ/MSI de la Comision de Asuntos Juridicos, Nº 002-2007-COSM/ MSI de la Comision de Obras y Servicios Municipales y Nº 004-2007-CDG/MSI de la Comision de Seguridad Ciudadana; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la preservacion y proteccion del ambiente es una funcion de competencia municipal; Que, teniendo en cuenta la preocupacion de esta Corporacion MORDAZA respecto a la proteccion del derecho de todos los residentes del distrito a gozar de un ambiente adecuado, conforme lo consagra el Numeral 22 del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Estado, es necesario aprobar una MORDAZA que regule el tema del reciclaje de residuos solidos, mas aun teniendo en cuenta que a la fecha el incremento de los impactos negativos sobre el ambiente vienen generando perturbaciones y molestias para los vecinos de la comuna; y, En uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad y con dispensa de tramite de aprobacion del acta, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE PROHIBE GESTION INFORMAL DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.Queda terminantemente prohibido en el distrito de San MORDAZA toda actividad relacionada al reciclaje, seleccion, distribucion, segregacion, comercializacion, manejo y/o gestion

Codigo 09-944

Promover el consumo callejero 09-945 de bebidas alcoholicas en via o area publica del distrito. 09-946 Consumir drogas en la o area publica del distrito.

Promover el consumo callejero 09-947 de drogas en via o area publica del distrito. Miccionar y/o defecar en via o area publica del distrito. Realizar actos de naturaleza sexual renidos con la moral y las buenas costumbres en via o area publica del distrito.

No procede

500.00

09-948

No procede

700.00

09-949

No procede

1,300.00

Articulo Cuarto.- La reincidencia se sancionara con el doble de la multa establecida en el Articulo Tercero y clausura definitiva del establecimiento. Articulo Quinto.- La Subgerencia de Policia Administrativa de la Municipalidad, con el apoyo de la Policia Nacional del Peru verificara las infracciones establecidas en la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- OTORGUESE un plazo de veinte (20) dias calendario, a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza, para que la Gerencia de Comunicaciones y a la Subgerencia de Participacion Vecinal, organicen una intensa MORDAZA de difusion preventiva, suspendiendose sus efectos mientras dure la misma.

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