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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de setiembre de 2007 354186 aplicable, debiendo expresar en la resolución que se expida la etapa a la que se retrotraerá el proceso de selección; Estando a lo dispuesto por el CONSUCODE y por el artículo 57 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM; y, los literales v) y w) del artículo 7 del Estatuto de la SUNARP, aprobado mediante Resolución Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar la NULIDAD de o fi cio del proceso de selección correspondiente al Concurso Público Nº 002-2007-SUNARP, Contratación del servicio de transmisión de datos e Internet en la Red SUNARP, retrotrayéndose el proceso de selección hasta la etapa de absolución de consultas y observaciones, etapa en la cual el Comité Especial deberá subsanar las observaciones formales advertidas por el CONSUCODE, según consta en el O fi cio Nº 1740-2007/DOP/STEC. Artículo Segundo.- Disponer que la Secretaría General de la Sede Central de la SUNARP, noti fi que la presente resolución: 1) al Comité Especial encargado de la ejecución del referido proceso de selección; 2) remita copia fedateada de la presente resolución a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Sede Central de la SUNARP, con la fi nalidad que publique inmediatamente la presente resolución en el SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese en el SEACE y en el Diario O fi cial El Peruano. MARÍA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendenta Nacionalde los Registros Públicos 113311-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS Aprueban Reglamentos de Organización y Funciones de las Direcciones de Red de Salud de Bagua, Chachapoyas, Utcubamba y Condorcanqui ORDENANZA REGIONAL Nº 185 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO;El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de agosto del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, es atribución del Consejo Regional normar la organización del Gobierno Regional, de conformidad a lo previsto en el Art. 15º, Inc. “a” de la Ley Nº 27867 que señala: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”, concordante con el Art. 38º del mismo cuerpo normativo, que señala: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; en consecuencia corresponde al Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, entre otros; de las Dependencias de su jurisdicción administrativa; Que, las Redes de Salud de Bagua, Chachapoyas, Utcubamba y Condorcanqui, han presentado ante el Consejo Regional sus respectivos Proyectos de Reglamento de Organización y Funciones-ROF, para su aprobación; los mismos que han sido evaluados con la intervención de las instancias competentes de la Sede Regional, determinando haber sido actualizados tomando en cuenta los lineamientos establecidos en las normas vigentes de carácter general, que regulan las funciones de los órganos estructurados de las entidades públicas, como la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleado Público, Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM y el D.S. Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF; del mismo modo, en su formulación a tomado en cuenta los parámetros regulados en la Directiva Nº 007-2006--MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional” y otras normas específicas del Sector; Que, considerando que el indicado documento de gestión cumple con los requisitos que exigen las normas, conforme lo determinan los Informes de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica y de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática de la Gerencia Regional de Planeamiento y presupuesto y el Dictamen de la Comisión Ordinaria del Consejo Regional, es procedente su aprobación mediante el Acto Administrativo correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 014, mediante Acuerdos Nº 175 y Nº 177-2007 de fecha 16 de agosto del 2007, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º y Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modi fi catoria Nº 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se emite la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR los Reglamentos de Organización y funciones (ROF) de las Direcciones de Red de Salud de Bagua, Chachapoyas, Utcubamba y Condorcanqui, que en 32 folios, 20 folios, 21 folios y 20 folios, respectivamente, forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 22 días de agosto del 2007. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente Gobierno Regionalde Amazonas 112535-1 Aprueban Texto Único de Procedi- mientos Administrativos de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional Amazonas ORDENANZA REGIONAL Nº 186 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS