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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 85

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de setiembre de 2007 354191 Convocan a Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Ayacucho - 2008 ORDENANZA REGIONAL Nº 013 -2007-GRA/CR Ayacucho, 31 de mayo del 2007EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho en Sesión Extraordinaria de fecha 11 de mayo del 2007, trató el tema relacionado al proceso de Programación y Gestión del Presupuesto Participativo Regional 2008 del Gobierno Regional de Ayacucho; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y e fi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico , social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográ fi ca, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres con igualdad de oportunidades; Que, la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, es la encargada de facilitar la realización del proceso presupuestario a nivel Subnacional, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF; Que, para garantizar la articulación del proceso del Presupuesto Participativo en los niveles Distrital, Provincial y Regional en el ámbito de la Región Ayacucho, es congruente iniciar con oportunidad las acciones pertinentes del proceso antes mencionado; Que, en tal virtud es imperativo formular, programar y aprobar el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2008 del Gobierno Regional Ayacucho, como una herramienta de gestión que permita una asignación racional, efi ciente y transparente de los recursos públicos, en aplicación de la normatividad Nacional, dentro del marco del ejercicio de la autonomía política Regional. Para lograrlo, es necesario: a) Fortalecer la articulación del Presupuesto Participativo con el Plan de Desarrollo Regional Concertado, el Plan Estratégico Institucional, b) Promover la participación de la ciudadanía como lo establece el Plan Regional de Participación Ciudadana, en la programación del presupuesto de inversiones, así como la efectiva vigilancia en la ejecución del presupuesto de inversiones, a través de Comités de Vigilancia y Control ciudadano; c) A fi rmar el rol de los Consejos de Coordinación Regional (CCR) como espacios formuladores del Presupuesto Participativo y establecer la naturaleza vinculante de los acuerdos concertados; d) Garantizar la participación ciudadana individual y organizada; e) Promover la Vigilancia Ciudadana y una rendición de Cuentas transparentes, que re fl eje los avances en el desarrollo regional; e) Reforzar la articulación de procesos del nivel Regional y Local; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los acuerdos de Consejo Regional; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y su modi fi catoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968, el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- CONVOCAR al Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Ayacucho – 2008. Articulo Segundo.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo del año fi scal 2008, que constituye el documento de orientación técnica y política para el proceso en la jurisdicción del Gobierno Regional de Ayacucho, así como el cronograma respectivo, cuyo texto en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- PUBLÍQUESE la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los 31 días del mes de mayo del año dos mil siete. JUSTO C. RODRIGUEZ VERA Consejero DelegadoConsejo Regional de Ayacucho POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 31 días del mes de mayo del año dos mil siete. ERNESTO MOLINA CHAVEZ Presidente 112530-5 GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Cancelan autorización definitiva para generación hidroeléctrica otorgada a la Empresa Minas de Cercapuquio S.A. titular de la Central Hidroeléctrica Chongos Alto RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 032 - 2007-GRJUNIN/DREM Huancayo, 14 de setiembre de 2007 . VISTO: El Informe N° 019-2007-DREM-J/DTE de fecha 13 de julio de 2007, presentado por la Dirección Técnica de Electricidad y el informe N° 012-2007-OL-DREM-JUNÍN de fecha 16 de julio de 2007, presentado por la Ofi cina Legal de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín, quienes demandan la cancelación de la Autorización De fi nitiva para Generación Hidroeléctrica otorgada a la Empresa Minas de Cercapuquio S.A.; titular de la Central Hidroeléctrica Chongos Alto (Eduardo Talleri), por incumplimiento del Artículo 58° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones especí fi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, asumir las funciones en materia de Energía, que especí fi camente resulta: Conducir, ejecutar, supervisar y cooperar en programas