Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2007 (27/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de setiembre de 2007

y en el Articulo 8º senala que, los Sectores participan en las acciones de Defensa Civil, ejecutando obras de prevencion, obras por peligro inminente, acciones y obras de emergencia y rehabilitacion, asi como ejecutando obras de reconstruccion, de acuerdo al ambito de su competencia, cuya ejecucion debe ser realizada en periodos de normalidad con financiamiento de sus propios presupuestos; Que, en el MORDAZA de implementacion de las Estrategias 2 y 3 del Plan Regional de Prevencion y Atencion de Desastres aprobado con Ordenanza Nº 034-2006-GRA/ CR, el Gobierno Regional, Gobiernos Locales y Sectores impulsan actividades de prevencion y reduccion de desastres; Que, en el ambito de la Region MORDAZA, la presencia de fenomenos de origen natural y tecnologico recurrentes, ocasionan situaciones de emergencia y desastres en desmedro de la economia, la propiedad, la salud y MORDAZA de la poblacion, que requieren una adecuada y efectiva gestion de desastres tanto en la prevencion como en la respuesta, rehabilitacion y reconstruccion; Que, considerando que el costo de prevenir es siempre mas bajo que reconstruir o rehabilitar y que las acciones de prevencion son las de mayor costo-beneficio de todas las medidas de reduccion de desastres; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968, el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros, ha dado la siguiente Ordenanza Regional; Articulo Primero.- DISPONER, que el Gobierno Regional, Gobiernos Locales (Provinciales y Distritales) y Sectores prioricen de manera obligatoria, proyectos preventivos que permitan superar o mitigar posibles eventos naturales o de otra indole, en los programas anuales de inversion, dentro del Plan de Desarrollo Concertado, correspondiente a su jurisdiccion. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Defensa Civil, en su condicion de Secretaria Tecnica del SIREDECI, asesorar y monitorear su cumplimiento, dando cuenta a la Presidencia del Gobierno Regional y al Consejo Regional. Articulo Tercero.- Publicar la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 31 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA C. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 31 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 112530-3

El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 7 de MORDAZA del 2007, trato el tema relacionado a la Semana de Vacunacion en las Americas; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 334-2007/ MINSA emitido por el Ministerio de Salud, oficializa la Semana de Vacunacion en las Americas a nivel nacional del 23 al 30 de MORDAZA de 2007, fijandose como fecha central el dia 23 de MORDAZA de 2007; Que, el literal b) del inciso 2) del articulo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece como competencia compartida del Gobierno Regional la Salud Publica; asimismo los literales c) y d) del articulo 49º del cuerpo legal acotado, establecen que es funcion especifica de los Gobiernos Regionales en materia de salud, coordinar las acciones de salud integral en el ambito regional; promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promocion y prevencion de la salud; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968, el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros y la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- DAR cumplimiento a la Resolucion Ministerial Nº 334-2007/MINSA, disponiendo que las actividades de vacunacion iniciadas en el MORDAZA de la "Semana de Vacunacion en las Americas", continue hasta el 31 de MORDAZA del 2007, debiendo efectuarse el seguimiento sanitario respectivo por parte de la Direccion Regional de Salud. Articulo Segundo.- DISPONER que la vacunacion para el control de la Fiebre Amarilla iniciada en el MORDAZA de la "Semana de Vacunacion en las Americas", continue hasta el 31 de MORDAZA del 2007. Articulo Tercero.- EXHORTAR a la Direccion Regional de Salud MORDAZA, activar puestos fijos de vacunacion en coordinacion con las autoridades locales. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Regional al Ministerio de Salud, Direccion Regional de Salud ­ MORDAZA y a las instancias locales correspondientes. Articulo Quinto.- Publicar la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 31 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA C. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 31 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 112530-4

Establecen disposiciones para vacunacion contra la Fiebre Amarilla
ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2007-GRA/CR MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2007 EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL

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