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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de abril de 2008 370379 culminación de la obra; asimismo, se ha evidenciado la inexistencia de documentación sobre el destino de la diferencia del monto prestado, así como, la existencia de Comprobantes de Pago sin numeración y sin ningún tipo de documentación que sustente el gasto realizado; c) de un préstamo aprobado para tres obras, sólo se ha evidenciado desembolsos para una de las obras, desconociéndose el destino del monto restante; d)se pagó por la elaboración de documentos de gestión inexistentes; e)la venta de accesorios de un tractor, en posesión de la Municipalidad Distrital de Aucará sin existir autorización del Concejo Municipal; asimismo, se ha detectado la existencia de irregularidades en la contratación del servicio de reparación de tractor agrícola; f)rendición de cuentas por viáticos con declaraciones juradas que superan el monto establecido por la normativa, así como, otros que no han sido objeto de rendición de cuentas; g) la existencia de gastos efectuados con cargo a la cuenta del FONCOMUN sin documentos sustentatorios que acrediten el correcto destino de los fondos; Que, la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Técnica a través del Ofi cio Nº 006-2008-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR-OPA-ICA de 05.ENE.2008 a la Fi scalía Provincial Mixta de Puquio, a fi n que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión de los delitos de Abuso de Autoridad, Omisión de Funciones, Nombramiento o Aceptación Ilegal de Cargo Público y Peculado; ilícitos previstos y sancionados por los artículos 376º, 377º, 381º y 387º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del artículo 22° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 185471-5 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 135-2008-CG Lima, 8 de abril de 2008Vistos; la Hoja de Recomendación N° 011-2008- CG/GDPC de 26.MAR.2008, los Ofi cios Nºs. 725- 2007-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-E3 de 08.MAY.2007, 796-2007-DIRCOCOR PNP/DIVPACGR-E3 y 798-2007-DIRCOCOR PNP/DIVPACGR-E3 de 15.MAY.2007, respectivamente; el Atestado Nº 75-2 007-DIRCOCOR- PNP-DIVPACGR.E1 de 07.MAY.2007, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, en el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF y la Dirección General de Migraciones y Naturalización – DIGEMIN, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ofi cios Nºs. 030, 031 y 032-2006- CG/DC de 13:ENE.2006 la Contraloría General de la República designó una Comisión, con la fi nalidad de recabar información y efectuar la verifi cación en torno a la denuncia sobre presuntas irregularidades en la Licitación Pública Nº 001-2005-EF/43 convocada por el Ministerio de Economía y Finanzas, para la adquisición de 500 000 Pasaportes Andinos; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verifi cación de Denuncias Nº 001-2006-CG/CA de 03.NOV.2006, en el cual se ha evidenciado la existencia de las irregularidades siguientes: a) el Comité Especial de la Licitación Pública Nº 001-2005-EF/43 aceptó la oferta del postor ganador sin que éste cumpla con la condición de ser fabricante de las láminas de seguridad, y al ser suministrada por un tercero ha puesto en riesgo su exclusividad y seguridad ;b )en la etapa de absolución de consultas el Comité Especial modifi có las bases administrativas relacionadas con el requisito mínimo de certifi cación ISO – 9000 ;c ) no se requirió al contratista elaborar el Pasaporte Andino con la impresión de Intaglio de más de dos colores, ofrecida en su propuesta y por la cual mereció el máximo puntaje en la evaluación de su oferta técnica ; d) asimismo, la entidad aprobó, autorizó y suscribió dos (02) Addendum de ampliación de plazo contractual, por veinticinco (25) y diez (10) días, respectivamente, sin que la causal invocada haya sido debidamente sustentada y que determinó la inaplicación de penalidades ;y, e) no se realizaron los respectivos estudios donde se defi na con precisión la cantidad y las características de los bieneso servicios a adquirir; Que, la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Técnica a través del Ofi cio Nº 725-2007-DIRCOCOR PNP/DIVPACGR-E3 de 08.MAY.2007 a la Tercera Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de corrupción de Funcionarios, a fi n que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión de los delitos de Incumplimiento de Funciones, Colusión, Negociación Incompatible con el Cargo y Falsedad Genérica; ilícitos previstos y sancionados por los artículos 377º, 384º, 399º y 438º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del artículo 22° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado Descargado desde www.elperuano.com.pe