Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2008 (10/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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culminacion de la obra; asimismo, se ha evidenciado la inexistencia de documentacion sobre el destino de la diferencia del monto prestado, asi como, la existencia de Comprobantes de Pago sin numeracion y sin ningun MORDAZA de documentacion que sustente el gasto realizado; c) de un prestamo aprobado para tres obras, solo se ha evidenciado desembolsos para una de las obras, desconociendose el destino del monto restante; d) se pago por la elaboracion de documentos de gestion inexistentes; e) la venta de accesorios de un tractor, en posesion de la Municipalidad Distrital de Aucara sin existir autorizacion del Concejo Municipal; asimismo, se ha detectado la existencia de irregularidades en la contratacion del servicio de reparacion de tractor agricola; f) rendicion de cuentas por viaticos con declaraciones juradas que superan el monto establecido por la normativa, asi como, otros que no han sido objeto de rendicion de cuentas; g) la existencia de gastos efectuados con cargo a la cuenta del FONCOMUN sin documentos sustentatorios que acrediten el correcto destino de los fondos; Que, la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 006-2008-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR-OPA-ICA de 05.ENE.2008 a la Fiscalia Provincial Mixta de Puquio, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Abuso de Autoridad, Omision de Funciones, Nombramiento o Aceptacion Ilegal de Cargo Publico y Peculado; ilicitos previstos y sancionados por los articulos 376º, 377º, 381º y 387º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22° de la Ley N° 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47° de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 185471-5 RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 135-2008-CG MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2008 Vistos; la Hoja de Recomendacion N° 011-2008CG/GDPC de 26.MAR.2008, los Oficios Nºs. 7252007-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-E3 de 08.MAY.2007, 796-2007-DIRCOCOR PNP/DIVPACGR-E3 y 798-2007DIRCOCOR PNP/DIVPACGR-E3 de 15.MAY.2007,

respectivamente; el Atestado Nº 75-2007-DIRCOCORPNP-DIVPACGR.E1 de 07.MAY.2007, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en el Ministerio de Economia y Finanzas ­ MEF y la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion ­ DIGEMIN, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficios Nºs. 030, 031 y 032-2006CG/DC de 13:ENE.2006 la Contraloria General de la Republica designo una Comision, con la finalidad de recabar informacion y efectuar la verificacion en torno a la denuncia sobre presuntas irregularidades en la Licitacion Publica Nº 001-2005-EF/43 convocada por el Ministerio de Economia y Finanzas, para la adquisicion de 500 000 Pasaportes Andinos; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 001-2006CG/CA de 03.NOV.2006, en el cual se ha evidenciado la existencia de las irregularidades siguientes: a) el Comite Especial de la Licitacion Publica Nº 001-2005EF/43 acepto la oferta del postor ganador sin que este cumpla con la condicion de ser fabricante de las laminas de seguridad, y al ser suministrada por un tercero ha puesto en riesgo su exclusividad y seguridad; b) en la etapa de absolucion de consultas el Comite Especial modifico las bases administrativas relacionadas con el requisito minimo de certificacion ISO ­ 9000; c) no se requirio al contratista elaborar el Pasaporte MORDAZA con la impresion de Intaglio de mas de dos MORDAZA, ofrecida en su propuesta y por la cual merecio el MORDAZA puntaje en la evaluacion de su oferta tecnica; d) asimismo, la entidad aprobo, autorizo y suscribio dos (02) Addendum de ampliacion de plazo contractual, por veinticinco (25) y diez (10) dias, respectivamente, sin que la causal invocada MORDAZA sido debidamente sustentada y que determino la inaplicacion de penalidades; y, e) no se realizaron los respectivos estudios donde se defina con precision la cantidad y las caracteristicas de los bienes o servicios a adquirir; Que, la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 7252007-DIRCOCOR PNP/DIVPACGR-E3 de 08.MAY.2007 a la Tercera Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de corrupcion de Funcionarios, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Incumplimiento de Funciones, Colusion, Negociacion Incompatible con el Cargo y Falsedad Generica; ilicitos previstos y sancionados por los articulos 377º, 384º, 399º y 438º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22° de la Ley N° 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47° de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado

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