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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de abril de 2008 370378 señores María del Pilar Grados Otárola y Francis Ayleem Pittman Villareal, a los cargos de Jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Loreto y Gobierno Regional de Huancavelica, respectivamente; Que, de acuerdo a evaluación de la Hoja de Recomendación de visto, resulta necesario efectuar el traslado de la señora María del Pilar Grados Otárola y del señor Francis Ayleem Pittman Villareal, a los cargos de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, respectivamente, los cuales se encontraban vacantes; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 409- 2007-CG se dispuso el traslado de la señora Merici de los Ángeles Huertas Navarro del cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y la Vida sin Drogas – DEVIDA, al de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito; siendo posteriormente trasladada al cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, la citada profesional no asumió las funciones inherentes al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, al habérsele acreditado por razones de interés institucional como supervisora en el Órgano de Control Institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y la Vida sin Drogas – DEVIDA, para la conclusión de acciones de control que se encontraban en curso, no surtiendo efecto por dicha razón el traslado efectuado a la citada Federación; motivo por el cual se recomienda dejar sin efecto en dicho extremo la Resolución de Contraloría Nº 409-2007-CG, debiendo por tanto considerarse lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución de Contraloría Nº 062-2008-CG, como una designación de la citada profesional en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, de otro lado, en el artículo sétimo de la Resolución de Contraloría Nº 062-2008-CG, se ha señalado que los profesionales a que se refi eren sus artículos primero y quinto mantendrán su plaza de origen, teniendo derecho a percibir el diferencial remunerativo que pudiera corresponder; siendo el caso, que dicha disposición debe referirse a los profesionales citados en los artículos primero y cuarto de la citada Resolución; motivo por el cual se recomienda en la Hoja de Recomendación de visto modifi car, el artículo sétimo de la Resolución de Contraloría Nº 062-2008-CG; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modifi cada por la Ley Nº 28557, lo dispuesto en el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, modifi cado por Resoluciones de Contraloría Nºs. 014 y 047-2004-CG; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Efectuar el traslado a los Órganos de Control Institucional, a partir de la fecha, de los profesionales conforme al siguiente detalle: -María del Pilar Grados Otárola, al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador. -Francis Ayleem Pittman Villareal, al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores. Artículo Segundo.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación de los señores María del Pilar Grados Otárola y Francis Ayleem Pittman Villareal, en los cargos de Jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Loreto y Gobierno Regional de Huancavelica, respectivamente. Artículo Tercero .- En tanto se designe al nuevo Jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Loreto y Gobierno Regional de Huancavelica, los Titulares de dichas entidades deberán garantizar el normal desarrollo de las actividades del Órgano de Control Institucional, disponiendo el encargo de las funciones de la Jefatura de dicho Órgano, a un profesional que reúna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del artículo 20º Reglamento de los Órganos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Organismo Superior de Control, y que haya ingresado por concurso público, en atención al artículo 76º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867. Artículo Cuarto .- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 417-2006-CG, en el extremo que resuelve efectuar el traslado de la señora Merici de los Ángeles Huertas Navarro al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito. Artículo Quinto .- Precisar el artículo segundo de la Resolución de Contraloría Nº 062-2008-CG, en el extremo que resuelve efectuar el traslado de la señora Merici de los Ángeles Huertas Navarro al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú, debiendo ser éste en calidad de designación. Artículo Sexto .- Modifi car la Resolución de Contraloría Nº 062-2008-CG, precisando que lo previsto en su artículo sétimo se refi ere a los artículos primero y cuarto de la misma Resolución. Artículo Sétimo .- La Gerencia de Recursos Humanos y la Gerencia de Órganos de Control Institucional dispondrán y adoptarán las acciones que correspondan en el marco de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 185471-4 Autorizan a procuradora impulsar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Aucará y del Ministerio de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 134-2008-CG Lima, 8 de abril de 2008Vistos; la Hoja de Recomendación N° 010-2008-CG/ GDPC de 25 de marzo de 2008, los Ofi cios Nºs. 006-2008- DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR-OPA-ICA de 5 de enero de 2008 y 020-2008-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG de 11 de enero de 2008; el Atestado Nº 302-2 007- DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/DISREG-OPA.ICA de 18 de diciembre de 2007, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, en la Municipalidad Distrital de Aucará - Provincia de Lucanas – Puquio, Departamento de Ayacucho, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 1634-2006-CG/DC de 05.SET.2006 la Contraloría General de la República designó una Comisión, con la fi nalidad de requerir información y efectuar la verifi cación de los aspectos denunciados, sobre irregularidades en el manejo de recursos asignados a la Municipalidad Distrital de Aucará - Provincia de Lucanas – Puquio, Departamento de Ayacucho; actividad que comprendió la revisión del período comprendido entre los meses de Enero 2003 a Junio 2006; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verifi cación de Denuncias Nº 003-2007-CG/GDPC de 23.ABR.2007, en el cual se ha evidenciado la existencia de las irregularidades siguientes: a) pagos superiores a lo pactado y sin el correspondiente sustento a favor de determinada empresa por la realización de diversos servicios; b)irregular uso de préstamo otorgado a la mencionada Municipalidad para la ejecución de la obra: Culminación del Centro Cívico – Local Municipal, utilizándose una parte para la adquisición de diversos bienes que no tienen incidencia en la ejecución de la Descargado desde www.elperuano.com.pe