TEXTO PAGINA: 4
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de abril de 2008 370614 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registro del Estado Civil de la Comunidad de Tayuntsa ubicada en la jurisdicción territorial de la Comunidad Nativa de Chamikar RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 178-2008-JNAC/RENIEC Lima, 4 de abril de 2008VISTO: el Informe N° 0000142-2008/SGGORC/ GRC/RENIEC, de la entonces Sub Gerencia de Gestión Operativa de Registros Civiles y el Informe N° 000057-2008-GRC/RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles. CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, conforme al cual, el Sistema Registral está conformado por los órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos de inscripción, encontrándose encargadas, las Ofi cinas Registrales, del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, siendo facultad de la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, el Artículo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece que en cada Comunidad Nativa debe existir una Ofi cina de Registro de Estado Civil, disponiendo el Art. 262° del Código Civil que el matrimonio en las Comunidades Nativas, se tramita y celebra ante un Comité Especial; Que, la Ofi cina Registral que funciona en la Comunidad Nativa a que se refi eren los informes del Visto, ha formalizado expediente de regularización de Ofi cina Registral, el cual ha sido califi cado positivamente por la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, y por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar la delegación referida, a fi n de establecer la vinculación funcional respectiva; Que, con relación a la inscripción de matrimonios, la Comunidad Nativa referida no ha presentado Acta de Conformación de Comité Especial, a que se refi ere el segundo considerando, por lo que la remisión de libros para ese efecto, se efectuará una vez que se acredite la conformación acotada; y, Estando a las facultades conferidas por Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Artículo 44° de la Ley N° 26497, así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación; a la Ofi cina de Registro del Estado Civil de la Comunidad de Tayuntsa ubicada en la jurisdicción territorial de la Comunidad Nativa de Chamikar, Distrito de Nieva, Provincia de Condorcanqui, Departamento de Amazonas. Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa mencionada, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimiento y defunción, a la Ofi cina Registral, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; correspondiendo a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Artículo 4°.- La Sub Gerencia acotada, proveerá los Libros de Matrimonio a la Ofi cina Registral señalada, cuando ésta cumpla con remitir copia del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se conforme el Comité Especial, a que hace referencia el Artículo 262° del Código Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 186466-5 MINISTERIO PUBLICO Convierten fiscalía en Fiscalía Provincial Mixta del Cusco, con competencia exclusiva para conocer casos en materia civil y contencioso administrativo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 455-2008- MP-FN Lima, 10 de abril de 2008VISTO Y CONSIDERANDO: Que por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 030-2008-MP-FN-JFS, de fecha 7 de febrero del presente año, se creó con carácter permanente en el Distrito Judicial del Cusco, la Cuarta Fiscalía Provincial en lo Civil y de Familia del Cusco; Que mediante el Ofi cio N° 466-2008-MP-FSD- CUSCO, el Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial del Cusco, solicita la conversión del precitado despacho para que se avoque a conocer la carga laboral en materia contenciosa administrativa, debido que actualmente las Fiscalías Provinciales Civiles y de Familia del Cusco registran una elevada carga en dicha materia, además de la carga propia de su especialidad, siendo que con dicha medida se optimizará el servicio y la atención fi scal a la ciudadanía en las materias mencionadas; Que la Fiscal de la Nación como Titular del Ministerio Público, es responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, siendo uno de sus principales objetivos ofrecer a la sociedad un servicio fi scal efi ciente y oportuno; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público SE RESUELVE:Artículo Primero.- Convertir la Cuarta Fiscalía Provincial en lo Civil y de Familia del Cusco, creada mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 030-2008-MP-FN-JFS, en Fiscalía Provincial Mixta del Cusco, con competencia exclusiva para conocer los casos en materia civil y contencioso administrativo. Artículo Segundo.- Facultar al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial del Cusco, a fi n que adopte las medidas administrativas para la distribución de la carga procesal. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta de Fiscales Supremos, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial del Cusco, Gerencia General y Gerencia de Registro de Fiscales, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLADYS MARGOT ECHAÍZ RAMOS Fiscal de la Nación 187614-1Descargado desde www.elperuano.com.pe