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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (01/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 85

377339 siguientes aspectos generales de la facturación que deben cumplir las Concesionarias: Ítem Descripción 1Incluir en los recibos de electricidad para efectos de la aplicación de la normativa del sector eléctrico, sólo conceptos propios de la prestación del servicio público de electricidad. 2 Aplicar correctamente las modalidades de facturación. 3Indicar correctamente en los recibos de electricidad los montos del descuento o recargo aplicados para el Fondo de Compensación Social Eléctrica, en los casos que corresponda. 4Validez y consistencia de la información contenida en el recibo de electricidad. 5Aplicar correctamente las compensaciones por interrupciones, según la LCE, al mes siguiente de ocurrida la interrupción. 6Aplicar en la facturación de los recibos de electricidad, un período de consumo mensual de acuerdo a lo establecido en las normas vigentes. 7Aplicar en la facturación de los recibos de electricidad, el período establecido en las normas vigentes, entre las fechas de emisión y vencimiento. 8Aplicar facturación a promedio, sin exceder el plazo máximo y de acuerdo a los casos establecidos en la norma vigente. 9Aplicar el promedio y la liquidación de consumos de facturación semestral, de acuerdo a lo establecido en la normativa. 10Aplicar correctamente los impuestos establecidos en la normativa vigente (IGV y otros). 11Aplicar correctamente, en los casos pertinentes, los intereses establecidos en la normativa vigente. IV. TÍTULO CUARTO INDICADORES DE LA GESTIÓN COMERCIAL PARA LA SUPERVISIÓN DE COBRANZA 4.1 DTA: Desviación del tiempo de atención Para determinar este indicador, se evalúa el tiempo de espera que demanda a los usuarios efectuar el pago de sus recibos de electricidad, en los días de mayor afl uencia de público en el centro de atención determinado por el Organismo, desde que inician la cola hasta que culminan sus pagos. Esta desviación se mide respecto al tiempo de atención estándar (15 minutos). DTA = [(TAC – TAE) /TAE) ] X 100 Donde: TAC = Tiempo de atención de la Concesionaria, determinado por el promedio aritmético de todos los registros que superen el TAE. TAE = Tiempo de atención estándar (15 minutos) El indicador DTA será evaluado en los Centros de Atención, propios o encargados a terceros, donde la Concesionaria ofrece el servicio de cobranza de recibos. Los datos para el cálculo del indicador serán determinados en visitas inopinadas, mediante la medición de los tiempos de atención. Dicha medición será realizada por un Notario Público o por un representante de OSINERGMIN. 4.2 AGC: Aspectos generales de la cobranza Para la determinación de este indicador, a través de inspecciones inopinadas, se evaluará, los siguientes aspectos en los que la Concesionaria no debe incurrir: Ítem Descripción 1Generar sobrecostos por la cobranza de recibos, en cualquier canal o medio de cobranza que la concesionaria ponga a disposición de los usuarios o por la gestión de la morosidad o de fi nanciamiento. 2Celebrar convenios de fi nanciamiento de deuda, que no contengan el importe total, el número de cuotas y su importe, la tasa de interés aplicada (la que debe ser concordante con lo establecido en el Artículo 176º del RLCE) o que incluyan términos y procedimientos contrarios a la normativa (por adeudar un solo mes, corte del servicio y/o retiro de la conexión). 3Mantener pagos duplicados por más de 5 días hábiles, sin haber comunicado al usuario las modalidades de devolución (de inmediato en efectivo o deducirlo en la siguiente facturación con los respectivos intereses).Ítem Descripción 4Mantener localidades, donde se brinda el servicio, sin medios de cobranza para el usuario. 5Generar intereses por el no registro oportuno del pago efectuado por el usuario. TÍTULO QUINTO INDICADORES DE LA GESTIÓN PARA LA SUPERVISIÓN DE LA ATENCIÓN AL USUARIO 5.1 AGA: Aspectos generales de la atención al usuario Para la determinación de este indicador, a través de inspecciones inopinadas se evaluará los siguientes aspectos que deberá cumplir la Concesionaria: Ítem Descripción 1Recibir y registrar los reclamos comerciales, entregando el código respectivo al usuario, en todas las modalidades establecidas en la normativa vigente. 2Recibir y registrar las solicitudes de nueva conexión o modi fi cación de la existente o de cambio de opción tarifaria, en todas las modalidades establecidas en la normativa vigente. 3Recibir y registrar pedidos y solicitudes diversas (solicitud de corte temporal, reubicación de postes, cambio de nombre, etc.). 4Atender los cambios de opción tarifaria, en los plazos establecidos en la normativa vigente, sin incluir costos no previstos en la normativa. 5Mantener operativo y accesible para el usuario el sistema de atención de denuncias y reclamos, vía telefónica u otro medio, de acuerdo a la normativa vigente; debiendo ser auditable por OSINERGMIN los registros generados. 6 Cumplimiento de los horarios de atención al público. 7Contar con la infraestructura mínima necesaria en sus locales, tal como sillas o bancos para la atención de reclamos y nuevas conexiones, SS.HH., ventilación e iluminación adecuadas. En la determinación de este indicador se utilizarán fi lmaciones, grabaciones de voz, información proporcionada por los usuarios o información documentaria que llegue a OSINERGMIN, así como muestras de pedidos o solicitudes requeridas in situ por el supervisor. 5.2 DMP: Desviación del monto de los presupuestos de conexiones Indica el grado de desviación de los montos presupuestados y facturados (pago al contado o con facilidades) para la atención de nuevos suministros y la modifi cación de suministros existentes, respecto de los cargos máximos establecidos en la normativa legal vigente. DMP = [( ™MPC / ™MPO) - 1] X 100 Donde: MPC = Monto de todos los conceptos facturados por la Concesionaria, en el presupuesto por conexión. MPO = Monto calculado por OSINERGMIN, en base a la normativa vigente. La muestra, solicitada y recabada por OSINERGMIN, se determinará a partir de la información requerida en el cuadro Nº 5. 5.3 DPAT:Desviación de los plazos de atención de un nuevo suministro o modi cación del existente Se aplica a los incumplimientos de los plazos establecidos en la normativa vigente: DPAT = ( N´ / N ) X (1 + D´ / D) Donde: N’= Número de casos con plazos excedidos en la entrega del presupuesto y en la instalación de la conexión, durante la atención de un nuevo suministro o modifi cación del existente. N = Número total de casos de la muestra evaluada. D’ = ™ de los días en exceso, de los casos detectados con desviación.El Peruano Lima, viernes 1 de agosto de 2008 PROYECTO Descargado desde www.elperuano.com.pe