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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (01/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de agosto de 2008 377329 UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, le otorga a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales la potestad de crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; asimismo el artículo 194 señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 40º, segundo párrafo, señala que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la Ley e igualmente el tercer párrafo sostiene que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia y en el artículo 69, señala que son rentas municipales, inciso1) los tributos creados por ley a su favor y 2) las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su concejo municipal, los que constituyen sus ingresos propios; Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modifi cado mediante Decreto Legislativo Nº 98, en el artículo 55º, establece que es función de la administración tributaria recaudar los tributos, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la Ley; Que, el Informe Nº 135-2008-MPC-GGATR-GAT, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, dependiente de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, señala entre una serie de razones que con Informe Nº 088-2008-MPC-GGATR-GAT, se dejó constancia que según los artículos 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, norma que aprueba los lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA y que establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, la conducción del proceso de elaboración y formulación del TUPA de las entidades, estará a cargo del órgano responsable de las funciones de Planeamiento y, asimismo, el responsable de las funciones de Planeamiento es el encargado de elaborar el sustento técnico respectivo, en consecuencia, se debe solicitar el informe técnico del caso a la Gerencia general de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, el Memorando Nº 671-2008-MPC/GGPPR, del 30 de mayo de 2008, emitido por la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, señala que con relación a las observaciones formuladas en el Memorando Nº 102-2008-MPC/GGPPR, precisa que dichas observaciones han sido totalmente levantadas, subsanadas, mediante Ordenanza Municipal Nº 003-2008-MDLP, referidas a la Estructura de Costos, montos establecidos por derechos administrativos, motivación del incremento del servicio de fecha 31.01.2008; en lo que respecta a las Estructuras de Costos, éstas se han calculado tomando como referencia la Directiva Nº 001-006-0000001 del Servicio de Administración- Tributaria – SAT, publicada el 24 de junio de 2004, no siendo necesario adjuntar los anexos 1 y 2 de los formatos de sustentación técnica y legal aprobados por D.S. Nº 079-2007-PCM/SGP; igualmente, señala en su Nota 1 lo siguiente: Hasta el 31 de diciembre de 2008, los Gobiernos Locales para fi nes de la sustentación técnica de los Procedimientos Administrativos de sus TUPAS de sus Textos Únicos, podrán utilizar la metodología y formatos de costos (Anexos 1 y 2) aprobada en una norma distinta a la Directiva Nº 001-95-INAP/DTSA, que ha sido referida en el D.S. Nº 079- 2007-PCM, siempre y cuando ésta haya sido expedida con anterioridad a la publicación del señalado D.S. Nº 079-2007-PCM; los Gobiernos Locales que opten por utilizar una metodología de costos aprobada por norma distinta a la Directiva Nº 001-95-INAP/DTSA, podrán emplear para la presentación de su documentación sustentatoria los formatos de costos que establezca dicho dispositivo legal, además del Formato de Sustentación Legal y Técnica de Procedimientos Administrativos; consecuentemente, habiéndose verifi cado que han adjuntado las Estructuras de Costos observadas por la Gerencia general de Administración Tributaria y Rentas, dicha observación se ha subsanado, debiendo precisar que hay procedimientos administrativos cuyos derechos de pago están expresados en función (%) del valor de obra; por tanto, éstos no cuentan con Estructura de Costos; Que, existe el antecedente del Informe Nº 070- 2008-MPC-GGAJC-SGAA, emitido por la Subgerencia de Coordinación y Apoyo de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, el cual después de hacer una serie de observaciones, que como se reitera ya han sido subsanadas en su oportunidad, el predicho Informe Legal concluye que: “No corresponde a la Municipalidad Provincial pronunciarse sobre el fondo de la Ordenanza, la misma que le corresponde analizar a su respectivo órgano responsable”; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao; ACUERDA:1.Aprobar el Dictamen Nº 023-2008-MPC-CAM, de la Comisión de Administración, en consecuencia, aprobar la Ratifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 024-2007-MDLP del 19 de diciembre de 2007, de la Municipalidad Distrital de La Perla, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA - 2008-2009, modifi cada mediante Ordenanza Municipal Nº 003-2008-MDLP del 31 de enero de 2008, referente a la ratifi cación de los derechos administrativos, de la Municipalidad Distrital de La Perla, en consecuencia, Ratifi car las mencionadas Ordenanzas Municipales Distritales, conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 000033-2005-MPC, del 26 de octubre del 2005, norma que aprueba el Procedimiento de Ratifi cación de Ordenanzas Distritales. 2.Encargar a las Gerencias Generales de Administración Tributaria y Rentas y Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. 3.Dispensar al Acuerdo correspondiente del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Mando se comunique, registre y cumpla.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 232809-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE Aprueban Procedimiento para la Evaluación de Iniciativas Privadas en Proyectos de Inversión presentados ante la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2008-MDNCH Nuevo Chimbote, 21 de julio del 2008 VISTO: El proyecto presentado por la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano - GIDU, para que apruebe EL PROYECTO de ordenanza que regula el “Procedimiento para la Evaluación de Iniciativas Privadas en Proyectos de Inversión presentadas ante la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote”, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 33º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales pueden crear mecanismos para promover la inversión privada nacional o extranjera dirigidos a lograr el crecimiento económico local conforme a ley; En el marco de sus competencias otorgan concesiones y celebrar cualquier otra modalidad contractual, siempre que se contribuya al desarrollo sostenible local, se asegura una mayor efi ciencia social y se garantice el cumplimiento de las normas legales establecidas;Descargado desde www.elperuano.com.pe