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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de agosto de 2008 377326 la aprobación del ROF, entre otros casos, para optimizar o simplifi car los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones; Que, mediante Ordenanza Nº 277-MM, del 21 de diciembre de 2007 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Mirafl ores; Que, en tal sentido la Gerencia de Planifi cación mediante Informe Nº 161-2008-GP-/MM sustenta técnicamente la necesidad de elaborar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones que optimice el uso de los recursos de la Corporación, revisando la no duplicidad de funciones entre unidades orgánicas existentes a la fecha y la simplifi cación de procedimientos para la mejor atención del vecino de Mirafl ores; Que, mediante Informe Nº 437-2008-OAJ-MM elaborado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica se considera que el reglamento propuesto del ROF ha acogido los criterios de simplicidad y fl exibilidad que permiten el cumplimiento de los fi nes de la Corporación, con mayores niveles de efi ciencia y una mejor atención a los ciudadanos, integrando las funciones afi nes y eliminando los posibles confl ictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus órganos y unidades orgánicas o con otras entidades de la Administración; En uso de las facultades conferidas en los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, adoptó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y ESTRUCTURA ORGÁNICA (ORGANIGRAMA) DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Artículo Primero.- APROBAR el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica (Organigrama) de la Municipalidad de Mirafl ores que como anexos forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Gerente Municipal, Secretaría General y Gerencia de Planifi cación el cumplimiento de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIA Y COMPLEMENTARIA Primera.- El régimen laboral al que se encuentra comprendido el personal de la Corporación es el establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 y sus normas modifi catorias y complementarias. Segunda.- El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica (Organigrama) que como anexos se mencionan en el Artículo Primero, serán publicados en su integridad en la página web de la Municipalidad, www.mirafl ores.gob.pe. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 232835-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Prorrogan Beneficio de Regularización e Incentivos a favor de contribuyentes establecido en la Ordenanza N° 392- MSB DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2008-MSB-A San Borja, 30 de julio de 2008 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN BORJAVISTO, el Informe Nº 385-2008-MSB-GAJ de fecha 17.07.2008, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando Nº 770-2008-MSB-GM de fecha 16.07.2008 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 049-2008-MSB-GR de fecha 11.07.2008 de la Gerencia de Rentas, Informe Nº 083-2008-MSB-GR-URT de fecha 03.07.2008 de la Unidad de Recaudación Tributaria y el Informe Nº 292-2008-MSB-GM-GD-UCA de fecha 01.04.2008 de la Unidad de Catastro. CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando ésta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, en uso de las facultades otorgadas en el artículo 9º de la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó la Ordenanza Nº 392-MSB, que estableció el Benefi cio de Regularización e Incentivos a favor de los contribuyentes del Distrito de San Borja, por la Regularización del Programa “Actualización Urbana”; ampliada por la Ordenanza Nº 414-MSB, mediante la cual se extiende el plazo de vigencia hasta el 31.07.2008 y faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, amplíe el plazo de vigencia del citado benefi cio. Que, a fi n de brindar facilidades a los vecinos del distrito para que cumplan con regularizar la situación actual de su predio, gocen de los benefi cios tributarios y administrativos establecidos en las precitadas Ordenanzas, resulta pertinente ampliar el plazo establecido para dicho efecto, de acuerdo a las precitadas normas. Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y acorde al Informe Nº 385-2008-MSB-GAJ, con el visto bueno de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal. SE DECRETA:Artículo Primero.- Prorrogar el Beneficio de Regularización e Incentivos a favor de los contribuyentes del distrito por la Regularización del Programa “Actualización Urbana”, establecido en la Ordenanza Nº 392-MSB y ampliado por la Ordenanza Nº 414-MSB, hasta el 31.12.2008. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Tecnologías de la Información, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Desarrollo Urbano, así como a sus Unidades dependientes, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 232973-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Prorrogan plazo de Beneficio de Regularización Tributaria y No Tributaria aprobada mediante la Ordenanza Nº 155-MDSM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2008-MDSM San Miguel, 30 de julio de 2008 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTO, el Informe Nº 085-2008-GRAT/MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Memorando Nº 512-2008-GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, las Descargado desde www.elperuano.com.pe