TEXTO PAGINA: 76
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de agosto de 2008 377330 Que, mediante Ley Nº 28059 - Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, se establecen el marco normativo para que el Estado, en sus tres niveles de gobierno (Nacional, Regional y Local), promuevan la inversión de manera descentralizada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armónico y sostenible de cada región, en alianza estratégica entre los Gobiernos Regionales, Locales, la inversión privada y la sociedad civil; Que, en estricta aplicación de los principios rectores de las políticas y la gestión local, es necesario que la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote complemente las disposiciones contenidas en la Ley Nº 28059 y su Reglamento, prestando especial énfasis en la tramitación de las iniciativas Privadas en proyectos de inversión presentadas por particulares; Que, en ese sentido, debe formularse el marco legal, que establezca los lineamientos necesarios para recibir, evaluar y, eventualmente, aprobar las iniciativas Privadas que sean presentadas con arreglo a las disposiciones contenidas en la Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada y su Reglamento, siendo pertinente aprobar un proyecto que regule tal procedimiento: Que, asimismo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 26º del Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, para promover los proyectos de inversión privada de alcance local, es necesario constituir un Comité Especial que tenga a su cargo la tramitación de las Iniciativas Privadas que se presenten sobre proyectos de competencia del Gobierno Local: Estando a lo dispuesto por la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y con la visación de la Ofi cina de Asesoría Legal, mediante Informe Nº 289-2008-MDNCH/ OAJ, de fecha 18 de Julio del 2008, opina favorablemente al proyecto de ordenanza, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de municipalidades, la Ley Nº 28059 - Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1012 que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público Privadas para la generación de empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de Promoción de la Inversión Privada y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote. SE ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR LA ORDENANZA MUNICIPAL que contiene “EL PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION DE INICIATIVAS PRIVADAS EN PROYECTOS DE INVERSION PRESENTADOS ANTE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE. Artículo Segundo. - ESTABLECER que el COMITÉ ESPECIAL DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA se creará con carácter temporal, para llevar a cabo los procedimientos administrativos necesarios para la tramitación y evaluación de las Iniciativas Privadas que se presenten sobre proyectos de inversión de competencia de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote y que estén dirigidos a la implementación de las modalidades de participación establecidos en la Ley Nº 28059, estará integrado por tres (03) miembros que serán designados mediante Resolución de Alcaldía. El comité Especial en mención ejercerá funciones conforme a lo previsto en la presente directiva y las disposiciones contenidas en las Normas Vigentes en Materia de Promoción de la Inversión Privada a que se elude en la Ley Nº 28059 - Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada y su Reglamento. Artículo Tercero. - DISPONGASE la publicación de la presente Directiva en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote. Regístrese, publíquese y cúmplase.VALENTÍN FERNÁNDEZ BAZÁN Alcalde PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE INICIATIVAS PRIVADAS EN PROYECTOS DE INVERSIÓN PRESENTADOS ANTE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE I. OBJETOEl presente documento tiene por objeto establecer los procedimientos administrativos necesarios para la tramitación y evaluación de las Iniciativas Privadas que se presenten sobre proyectos de inversión de competencia de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote y que estén dirigidos a la implementación de las modalidades de participación establecidos en la Ley Nº 28059 - Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada. II. BASE LEGAL2.1. Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. 2.2. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. 2.3. Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada (en adelante la LEY) 2.4. Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. 2.5. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 2.6. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. 2.7. Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, Reglamento de la Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada (en adelante el REGLAMENTO) 2.8. Decreto Supremo Nº 013-2007-PCM, modifi catoria del REGLAMENTO 2.9. Decreto Supremo Nº 221-2006-EF, Reglamento de la Ley Nº 27293 2.10. Decreto Supremo Nº 036-2007-EF, que regula las Concesiones Cofi nanciadas y modifi catoria del REGLAMENTO 2.11. Decreto Legislativo Nº 1012, que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público Privadas para la generación de empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de Promoción de la Inversión Privada III. ALCANCESEl presente documento es de alcance para la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Servicios Comunales, Gerencia de Desarrollo Social y Gerencia de Cultura y Deportes; a la Ofi cina de Administración Tributaria, Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Secretaría General, Ofi cina de Asesoría Legal, Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Sistemas y demás órganos del Gobierno Local. IV. RESPONSABILIDADLa responsabilidad del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva le corresponde a los órganos citados en el Numeral III precedente. V. DISPOSICIONES GENERALES5.1. Las Iniciativas Privadas presentadas por particulares tienen carácter de peticiones de gracia, a que se refi ere el Artículo 112 de la Ley Nº 27444, en lo que sea pertinente, por tanto, el derecho del particular se agota con su sola presentación ante la autoridad competente, sin posibilidad de impugnación del pronunciamiento en sede administrativa o judicial contra cualesquiera de las decisiones del Comité Especial o Consejo Municipal, salvo lo establecido en el Artículo 15.6 del REGLAMENTO. 5.2. Salvo lo dispuesto en el Numeral 6.2.1 de la presente Directiva, el contenido de los lineamientos del proyecto de inversión que el particular presente tendrá carácter confi dencial y reservado hasta su califi cación y aprobación por parte del Consejo Municipal, bajo responsabilidad de los funcionarios involucrados. Esta disposición deberá interpretarse de modo restrictivo y no se aplica a los documentos de carácter público de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote y a aquellos documentos que señale el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Esta obligación de confi dencialidad se extiende a las entidades públicas y funcionarios públicos que por su cargo o función tomen conocimiento de la presentación y contenido de la iniciativa privada. El carácter de confi dencial y reservado de las iniciativas privadas se mantendrá hasta que éstas sean declaradas de interés. 5.3. El Comité Especial, mantendrá informado al autor de la Iniciativa Privada el estado del procedimiento administrativo, así como de toda la documentación que sea generada en torno a ella, en tanto ésta no califi que como información reservada según sea dispuesto por el Comité Especial. Descargado desde www.elperuano.com.pe