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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (02/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de agosto de 2008 377457 propiedad estatal, se encuentran contenidos en el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, haciéndose extensivas estas medidas reglamentarias a las Municipalidades en mérito a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 136-2001-EF; Que, los Decretos Supremos arriba citados son complementarios con las disposiciones del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF - Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal; Estando a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria del 2 de junio de 2008, por unanimidad; ACORDÓ:Artículo Primero.- Disponer la rectifi cación de área del predio signado como Mz. B Lote CC-01 Pampa Inalámbrica del distrito de Ilo. Artículo Segundo.- Disponer el Saneamiento Físico Legal del predio de propiedad de la Municipalidad Provincial de Ilo, cuya inscripción registral no es acorde con la realidad jurídica extra registral, que a continuación se detalla:  Mz. B Lote CC-01 Sector 5 Corredor Comercial (Agencia Municipal), ubicado en la Zona de la Pampa Inalámbrica del distrito de Ilo, con un área inscrita de 2168.70 m2 inscrito en el asiento 0001 Rubro B de la Partida Nº 11005956 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Ilo. Acto de Saneamiento: Rectifi cación de Área y Linderos. Artículo Tercero.- Autorizar al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ilo, para que en representación del Concejo de la Municipalidad Provincial de Ilo, suscriba las Resoluciones de Saneamiento Físico Legal del predio señalado en el Artículo Segundo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Promoción del Desarrollo Social y Económico a través de su componente Fortalecimiento del Saneamiento Físico Legal de los Terrenos de la Provincia de Ilo, la elaboración del Expediente Técnico Administrativo que sea necesario para su inscripción en la Ofi cina Registral de Ilo, cumpliendo con adjuntar los requisitos establecidos en el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF en lo que fuere necesario. Artículo Quinto.- Dispóngase la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro de mayor circulación de la provincia de Ilo, para los fi nes de ley. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.JORGE A. MENDOZA PÉREZ Alcalde 232838-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE Constituyen el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor en la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2008-MDNCH Nuevo Chimbote, 21 de julio del 2008VISTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 21 de julio del 2008, bajo la presencia del Dr. Valentín Fernández Bazán, con asistencia de los señores Regidores, se aprobó el Proyecto de Ordenanza presentado por la Comisión de Regidores de Promoción Social, referida a la constitución del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor en la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 4º de la Constitución precisa que la Comunidad y el Estado en sus distintos niveles protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; Que, el artículo 84º de la Ley Nº 27972 en el numeral 2.4) establece como funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de programas sociales, defensa y promoción de derechos, organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, entre otros grupos, a los adultos mayores en situación de discriminación; Que, el Artículo de la Ley Nº 28803, Ley de las personas adultas mayores, establece que las municipalidades distritales y provinciales en coordinación con la Dirección de Personas Adultas Mayores del MIMDES, deben crear los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM); Que, el tercer párrafo del artículo 6º del reglamento de la Ley Nº 28803, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 013-2006-MIMDES, prescribe que las municipalidades dispondrán de las medidas administrativas necesarias y establecerán alianzas estratégicas para la implementación progresiva de los servicios que deben brindar los CIAM, de acuerdo al Artículo 8º de la Ley antes acotado, siendo responsables de su implementación, funcionamiento, equipamiento, manejo presupuestal y sostenibilidad, con cargo a sus respectivos presupuestos; Que, en el distrito de Nuevo Chimbote existe un gran número de vecinos considerados adultos mayores que merecen una atención preferencial y especial de manera permanente, que permita mejorar su calidad de vida e integrarlos plenamente al desarrollo de nuestra comunidad; Que, es por estas consideraciones que se hace necesario, en la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, crear el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), como un espacio donde se cumpla lo antes mencionado; De conformidad con las facultades conferidas en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Consejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta la siguiente; ORDENANZA QUE CONSTITUYE EL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN AL ADULTO MAYOR (CIAM) EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE Artículo 1º.- Objeto Constitúyase el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote como unidad de gestión permanente adscrita a la Gerencia de Desarrollo Social. Artículo 2º.- Defi nición El Centro Integral de Atención del Adulto Mayor (CIAM), reúne a todas aquellas personas adultas mayores domiciliadas en el distrito de Nuevo Chimbote, que voluntariamente decidan inscribirse y participar en los programas que organice y ejecute el CIAM. Artículo 3º.- Finalidades Son fi nalidades del CIAM 1. Ser un espacio propicio para la socialización e interacción, promoviendo su participación e integración social.Descargado desde www.elperuano.com.pe