Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2008 (14/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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SE RESUELVE:

378079

de Agua de Mesa para la Corte Superior de Justicia de San Martin", otorgandose la buena pro al postor senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para suministrar la cantidad de 1,560 bidones de agua anuales, por un valor de S/. 6,240.00 nuevos soles y a razon de 130 bidones mensuales; Que, con fecha 22 de Diciembre del 2006, se formaliza la suscripcion del Contrato N° 022-2006 -P- CSJSM /PJ, entre el contratista senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Poder Judicial a traves del Presidente de la Corte de San MORDAZA, en cuya clausula tercera se establecen las caracteristicas del bien, numero de entregas (130 bidones de agua de mesa por mes), periodo de entrega (12 meses), forma de pago (mensual, previa MORDAZA de la Factura, Guia de Remision) y la conformidad de las entregas se debia efectuar en el area de Almacen Periferico de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, es decir en la MORDAZA de Moyobamba, MORDAZA donde se encuentra ubicada la referida Corte; Que, efectuadas las verificaciones al proveedor, este senala que por indicacion del Jefe (e) de la Oficina de Administracion Distrital, inicialmente se acordo que los 130 bidones de agua se deberian depositar en el Almacen de la Corte Superior de Justicia de Moyobamba, para luego ser remitidos a las demas sedes del Poder Judicial, posteriormente y al ser imposible remitir los bidones de agua a las demas sedes por el costo que originaria su remision, del pago mensual que el proveedor recibe por los 130 bidones de agua, se descontaria lo entregado en las sedes de Moyobamba, Soritor, MORDAZA y Nueva MORDAZA y el saldo restante seria entregado en efectivo para ser remitidos a las demas sedes del departamento, a fin de comprobar lo manifestado por el proveedor, se ubico los recibos y se evidencio la entrega de dinero en efectivo por el saldo no consumido por la cantidad de S/. 2,484.40 nuevos soles; Que, asimismo se evidencia que desde el mes de Diciembre del 2006 a MORDAZA 2007, se altero la verdad de los hechos simulandose la entrega de 937 bidones de agua a un costo de S/. 3, 748.00, firmando las correspondientes ordenes de compra y guias de internamiento por dicha cantidad y monto, pero que en la practica y conforme lo senala el propio proveedor, solo hizo la entrega de 300 bidones por un valor de S/. 1, 263.60, que correspondia a las entregas que hacia personalmente a las provincias de Moyobamba, Soritor, MORDAZA y Nueva MORDAZA, entregando la diferencia en dinero por un monto de S/. 2,484.40 para que sea administrado en el suministro de los bidones de agua faltante, por una cantidad de 637 bidones a los distritos de Saposoa, Yurimaguas, San MORDAZA de Sisa, Bellavista, Juanjui, Tarapoto, Tocache y Lamas; Que, los hechos irregulares han dado lugar a que de los 1,560 bidones de agua que debia entregar el proveedor ganador de la buena pro y por las cuales se MORDAZA la orden de compra y guia de internamiento, como si hubieran ingresado efectivamente al Almacen Periferico de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, por un valor de S/. 6,240.00 y conforme lo senala el proveedor, este solamente efectuo la entrega de 732 bidones por un importe de S/. 2,991.60 nuevos soles, habiendo devuelto a la Entidad el monto de S/. 3,248.40 nuevos soles, de los cuales S/. 2,484.40 le fueron entregados en efectivo, para ser administrado personalmente y la diferencia de S/. 764.00 fueron devueltos a la Administracion el 11 de Marzo del 2008, ocasionando con este hecho, que la entidad no cuente en forma oportuna con el total de los bidones de agua materia del contrato; Que, por lo expuesto precedentemente, se evidencia que en el presente caso, existen suficientes indicios razonables para presumir que existe responsabilidad penal, en consecuencia, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas que resulten responsables; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 12° del Decreto Ley N° 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en juicio, modificado por el Decreto Ley N° 17667 y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 137 ­ 2008-P-PJ de fecha 1° de MORDAZA del presente ano;

Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes, inicie e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en los documentos de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, la notificacion de la presente resolucion y la remision de los actuados del caso a la Procuraduria Publica del Poder Judicial para las acciones correspondientes, con conocimiento de la Oficina de Inspectoria General de este Poder del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. SUERO MORDAZA Gerente General Poder Judicial 238064-3

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Encargan el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
Corte Superior de Justicia de MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 275-2008-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 13 de agosto del 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que con fecha 14 de agosto proximo, el suscrito realizara una visita oficial a la Corte Superior de Justicia de Huaura, en su calidad de Presidente de la Comision de Implementacion del Codigo Procesal Penal, situacion que ha sido puesta en conocimiento del Superior Jerarquico. Que en atencion a ello, resulta necesario encargar el Despacho de la Presidencia de este Distrito Judicial por el mencionado dia, al Vocal Superior Titular que segun el Cuadro de Antiguedad ostenta el titulo de Vocal Decano; a efectos de no interrumpir el normal desenvolvimiento de las funciones propias de este Despacho Presidencial. Por lo expuesto y en uso de las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular, por el dia 14 del presente mes, sin dispensa de la labor jurisdiccional como Presidente de la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos Libres. Articulo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Supervision de Personal, Fiscalia de la Nacion y del magistrado designado para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 238266-1

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