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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (14/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de agosto de 2008 378088 los estamentos internos de la UNAT-A de forma y modo de Ley para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. FEDRICO RAUL SANCHEZ MERINO Vicepresidente AdministrativoComisión Organizadora 238280-2 Exoneran de proceso de selección la adquisición de terrenos para la implementación de centros experimentales de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS RESOLUCIÓN COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 075-2008-UNAT-A-CO Chachapoyas, 5 de agosto de 2008 VISTO:El Acuerdo Nº 147-2008-C.O. de Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora, de fecha 24 de julio 2007, aprobando la exoneración de proceso de selección en la UNAT-A, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 19º literal “e” del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que entre otros están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único, asimismo el artículo 20º de la precitada Ley señala que la mencionada exoneración deberá ser aprobada mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo para ello un informe técnico-legal previo, para posteriormente ser publicado en el diario o fi cial El Peruano, del mismo modo copia de dicha Resolución y el informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, los artículos 144º y 146º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señalan que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente; asimismo la resolución que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justi fi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; Que, asimismo los artículos 147º y 148º del precitado reglamento, indica que la citada Resolución deberá ser publicada en el diario o fi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, según corresponda, adicionalmente, deberá publicarse a través del SEACE y del mismo modo la Entidad efectuará la adquisición inmediata en forma directa, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las bases, la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente; la adquisición del bien de la exoneración, será realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto; Que, con Resolución de Comisión Presidencial Nº 011-2008-UNAT-A-CO/P, de fecha 21 de enero 2008, se aprueba el (PAAC) Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas para el Año Fiscal 2008, incluyéndose la adquisición de terrenos para Campos Experimentales del INDES-CES”; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 076-2008- UNAT-A-CO/P, de fecha 30 de abril 2008, se aprueba la exclusión del proceso de selección Adjudicación Directa Pública “Adquisición de terrenos para campos experimentales del INDES-CES” por el valor referencial de S/. 260,000.00 (doscientos sesenta mil y 00/100 nuevos soles) y la inclusión del proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva “Adquisición de terrenos para campos experimentales del INDES-CES” por el valor referencial de S/. 180,000.00 (ciento ochenta mil y 00/100 nuevos soles) en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Año Fiscal 2008 de la UNAT-A; Que, con informes Nºs. 011 y 012-2008-UNAT-A/ VPAD, de fechas 23 de junio 2008, la Vicepresidencia Administrativa, alcanza recomendaciones sobre las visitas de inspección efectuadas a los terrenos ubicados en la provincia de Bongará y Rodríguez de Mendoza, a fi n de poder efectuar instalaciones de estaciones experimentales a cargo del Instituto de Investigación para el Desarrollo Sustentable de Ceja de Selva de la UNAT-A, por la cual se determina que ambos terrenos reúnen las condiciones favorables para ser utilizados para el fi n antes citado, se tiene acceso fácil por carretera a fi rmada, tiene fuente de agua y cuentan con abastecimiento de energía eléctrica; debiéndose para el segundo terreno antes mencionado indagar en Registros Públicos su situación real; Que, mediante informes técnicos legales Nºs. 003 y 004-2008-UNAT-AMAZONAS/AL, de fechas 04 y 08 de julio 2008 respectivamente, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Legal, alcanza conclusiones por las cuales teniendo en consideración los informes técnicos emitidos por la Vicepresidencia Administrativa, en el sentido que los terrenos inspeccionados son bienes especiales en el mercado, los mismos que pueden interpretarse como que no admiten sustitutos, es opinión de esta o fi cina que es posible la compra de esté lote de terreno vía proceso exonerado, debiendo previo acuerdo de Comisión Organizadora emitirse la Resolución correspondiente; Que, con Resolución Vicepresidencial Nº 034- 2008-UNAT-A-CO/VIPAD, de fecha 12 de mayo 2008, se aprueba el expediente del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva “Adquisición de terrenos para campos experimentales del INDES-CES”, por el valor referencial de S/. 180,000.00 (ciento ochenta mil y 00/100 nuevos soles), con cargo al Grupo Genérico de Gastos 5 Inversiones, Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios; Que, mediante ofi cio Nº 298-2008-UNAT-A/INDES- CES, de fecha 04 de julio 2008, el Director Ejecutivo del INDES-CES, alcanza a Presidencia de la Comisión Organizadora, la documentación técnica y legal de los terrenos a ser adquiridos para la implementación de los Centros Experimentales del Proyecto INDES-CES, en la provincia de Rodríguez de Mendoza, distrito de San Nicolás (anexo de Shipara) de propiedad del señor Oriol Meléndez Tafur y en la provincia de Bongará, distrito de Yambrasbamba (anexo Agua Dulce) de propiedad del señor Erardo Hernández Quispe, los mismos que según los informes precitados es posible la adquisición de los terrenos vía proceso de exoneración para lo cual deberá realizarse el proceso administrativo correspondiente, mediante acuerdo de sesión de Comisión Organizadora; Que, con acuerdo del visto, la Comisión Organizadora, aprobó la exoneración del proceso de selección adjudicación directa selectiva “Adquisición de terrenos para campos experimentales del INDES-CES” dos terrenos ubicados en la provincia de Rodríguez de Mendoza, distrito de San Nicolás (anexo de Shipara) de propiedad del señor Oriol Meléndez Tafur y en la provincia de Bongará, distrito de Yambrasbamba (anexo Agua Dulce) de propiedad del señor Erardo Hernández Quispe para la implementación de los Centros Experimentales del Proyecto “Instituto de Descargado desde www.elperuano.com.pe